1. Artículo 1
1.1. Prestación de servicios de atención médica
2. Artículo 2
2.1. La ley o La secretaría
2.1.1. Ley General de Salud y de la Secretaría de Salud, respectivamente.
3. Artículo 3
3.1. Aplicación de este reglamento
3.1.1. Secretaría y gobierno de entidades federativas
4. Artículo 4
4.1. Normas Técnicas
4.1.1. Secretaría
5. Artículo 5
5.1. Evaluación de la prestación de servicios
5.1.1. Secretaría
6. Artículo 6
6.1. Programas de estudio y fomentación
6.1.1. Srecretaría
7. Artículo 7
7.1. Atención médica
7.1.1. Proteger. promover y restaurar la salud
7.2. Servicio de atención médica
7.2.1. Recursos para la prevención, curación y rehabilitación
7.3. Establecimientos para la atención médica
7.3.1. Público, social y privado, movil o fijo
7.4. Demandante
7.4.1. Solicita
7.5. Usuario
7.5.1. Requiere y obtiene
7.6. Paciente ambulatorio
7.6.1. No necesita hospitalización
7.7. Población de bajos recursos
7.7.1. Ingresos equivalentes al salario mínimo vigente en la zona económica correspondiente
8. Artículo 8
8.1. Actividades
8.1.1. Preventivas
8.1.1.1. Promoción general y específica
8.1.2. Curativas
8.1.2.1. Diagnóstico temprano y tratamiento oportuno
8.1.3. De rehabilitación
8.1.3.1. Limitar daño
9. Artículo 9
9.1. Principios éticos y científicos
10. Artículo 10
10.1. Establecimientos para la atención medica
11. Artículo 11
11.1. Reclusorios y centros de readaptación social
11.1.1. Servicio de atención médico-quirurgico
12. Artículo 12
12.1. Cualquier tipo evento
12.1.1. Unidad fija o movil de servicios médicos
13. Artículo 13
14. Artículo 14
14.1. Considerar población abierta, la población que goza de la seguridad social, la capacidad instalada del sector salud, así como las Normas Técnicas emitidas por la Secretaría.
15. Artículo 15
15.1. Instalar unidades tendientes a la autosuficiencia regional
16. Articulo 16
16.1. Escalonamiento de servicios
17. Artículo 17
17.1. Establecimientos de carácter privado
17.1.1. Prestación de servicios en casos necesarios
18. Artículo 18
18.1. Responsable con título, diploma o certificado
19. Artículo 19
19.1. Responsables
19.1.1. Establecer
19.1.2. Vigilar
19.1.3. Informar
20. Artículo 20
20.1. Responsable
20.1.1. Sitio de servicios
20.1.1.1. Horario
21. Artículo 21
21.1. Personal suficiente e idóneo
22. Artículo 22
22.1. No contratar personal no autorizado
23. Artículo 23
23.1. Personal
23.1.1. Colocar titulos, certificados o diplomas a la vista
24. Artículo 24
24.1. Responsables
24.1.1. Tener archivos actualizados
25. Artículo 25
25.1. Portar gafete de identificación
26. Artículo 26
26.1. Establecimientos
26.1.1. Recursos físicos, tecnológicos y humanso
27. Artículo 27
27.1. Sanción a quiénes no estén certificados
28. Artículo 28
28.1. Secretaría
28.1.1. Normas técnicas a personal no autorizado
29. Artículo 29
29.1. Proporcionar información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento
30. Artículo 30
30.1. Resumen clínico sobre el diagnóstico, evolución, tratamiento y pronóstico del padecimiento que ameritó el internamiento.
31. Artículo 31
31.1. Desarrollo y promoción de programas de educación para la salud
32. Artículo 32
32.1. Conservar expedientes clínicos
32.1.1. 5 años
33. Artículo 33
33.1. Establecimientos aplicarán vacunas
34. Artículo 34
34.1. Anotar las vacunas en la cartilla nacional de vacunación
34.1.1. Dar cupón
35. Artículo 35
35.1. Enfermedad infecto-contagiosa
35.1.1. Referir al servicio correspondiente
36. Artículo 36
36.1. No laborar si presenta alguna enfermedad
37. Artículo 37
37.1. Documentación del establecimiento
38. Artículo 38
38.1. Ajustarse a Cuadros Básicos de Insumos del Sector Salud
38.1.1. Consejo de Salubridad General
39. Artículo 39
39.1. Distribución y comercialización, y fijará los precios máximos de venta al público de los medicamentos e insumos.
39.1.1. Secretaría de Comercio y Fomento Industrial
40. Artículo 40
40.1. Cuotas de recuperación ajustadas a la ley
41. Artículo 41
41.1. Tarifas ajustadas
42. Artículo 42
42.1. Tarifas colocadas en lugares visibles
43. Artículo 43
43.1. Elaboración de estadísticas de la salud que señale la Secretaría
44. Artículo 44
44.1. No prestar servicios a establecimientos
44.1.1. Cuando no tengan la documentación que los acredite como profesionales de la medicina