Sistema general de seguridad social en salud (SGSSS)

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Sistema general de seguridad social en salud (SGSSS) por Mind Map: Sistema general de seguridad social en salud (SGSSS)

1. El Presidente de la República podrá delegar las funciones de inspección y vigilancia del Sistema General de Seguridad Social en Salud

2. En el Ministerio de Salud, la Superintendencia Nacional de Salud y en los jefes de las entidades territoriales.

3. ORGANIZACIÓN Las Entidades Promotoras de Salud son las entidades responsables de la afiliación, y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía

4. DIRECCIÓN El Sistema General de Seguridad Social en Salud está bajo la orientación y regulación del Presidente de la República y del Ministerio de Salud

5. El Superintendente Nacional de Salud podrá celebrar convenios con las Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales de Salud para facilitar el ejercicio de sus funciones

6. componentes

6.1. sistema general de pensiones

6.1.1. tiene por objetivo garantizar el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez y la muerte; determinando por la ley 100 de 1993.

6.2. sistema general de seguridad social en salud

6.2.1. tiene por objetivo regular las prtestacion del servicio escencial de salud y crear acceso al servicio para toda la poblacion.

6.3. sistema general de riesgos laborales

6.3.1. conjunto de entidades publicas o privadas destinadas a prevenir, proteger y atender a trabajadores con enfermedades o accidentes laborales.

6.4. servicios sociales complementarios

6.4.1. es un conjunto de subsidios económicos que tiene como objetivo proteger a las personas de la tercera edad en estados de abandono

7. Fue creado en 1993 con la ley 100

8. El objeto, fundamentos y características del sistema: Los objetivos del Sistema General de Seguridad Social en Salud son regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso en toda la población al servicio en todos los niveles de atención

8.1. FUNDAMENTOS DEL SERVICIO PÚBLICO

8.1.1. Equidad.

8.1.2. Obligatoriedad

8.1.3. Protección integral.

8.1.4. Libre escogencia

8.1.5. Autonomía de instituciones.

8.1.6. Descentralización administrativa

8.1.7. Participación social.

8.1.8. Concertación.

8.1.9. Calidad.

8.2. CARACTERÍSTICAS

8.2.1. Todos los habitantes en Colombia deberán estar afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

8.2.2. El recaudo de las cotizaciones será responsabilidad del Sistema General de Seguridad Social-Fondo de Solidaridad y Garantía

8.2.3. Los afiliados al sistema elegirán libremente la Entidad Promotora de Salud, dentro de las condiciones de la presente Ley.

8.2.4. Por cada persona afiliada y beneficiaria, la Entidad Promotora de Salud recibirá una Unidad de Pago por Capitación – UPC

9. objetivo

9.1. regula el servicio publico esencial de salud y crear condiciones de acseso par atoda la poblacion del pais, en todo los niveles de atención.

10. Organización y dirección del SGSSS

11. Afiliados al sistema.

11.1. Todo colombiano participará en el servicio esencial de salud que permite el SGSSS . Unos lo harán en su condición de afiliados al régimen contributivo o subsidiado

11.2. Existirán dos tipos de afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud:

11.2.1. Los afiliados al Sistema mediante el régimen contributivo son las personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago.

11.2.2. Los afiliados al Sistema mediante el régimen subsidiado de que trata el Artículo 211 de la presente Ley son las personas sin capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización.

12. derechos fundamental de la salud

12.1. El derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo

12.2. Comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud.

12.3. El Estado deberá garantizar la existencia de servicios y tecnologías e instituciones de salud.

12.4. Los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad.

12.5. Los establecimientos, servicios y tecnologías de salud deberán estar centrados en el usuario, ser apropiados desde el punto de vista médico y técnico.