gestión pública
por juanita guadalupe
1. NOMBRE DE LOS TIPOS DE PETICION
1.1. Quejas, reclamos, manifiestos, petición de información y consulta
2. ANTE QUIEN SE EJERCE EL DERECHO DE PETICION A TRVES DE QUE?
2.1. Los particulares que presten un servicio público o desarrollen funciones públicas
3. SE PUEDE DESISTIR DEL DERECHO DE PETICION
3.1. Si se puede desistir del derecho de petición en forma escrita.
4. VULNERACION DE DERCHO DE PETICION
4.1. La persona afectada puede ejercer la acción de tutela para solicitar a un juez la protección inmediata del derecho
5. ¿QUE ES NEGATIVA O AFIRMATIVA FICTIVA?
5.1. Afirmativa ficta. La que se contempla en algunos países en cuanto a legislación de caracter administrativo por el que quien expide la petición, si no se contestan en el plazo que la ley indica se considerara aceptada
5.1.1. La negativa ficta nos indica todo lo contrario
5.1.2. Las autoridades que protegen tanto la positiva como la negativa ficta son aquellos funcionarios que pertenecen a la Suprema Corte de Justicia de la Nación
6. • Negativa ficta
6.1. ¿QUÉ ES LA NEGATIVA FICTA? La negativa ficta es un tipo de resolución ficticia que primeramente se instituyó en materia fiscal y posteriormente comenzó a surgir en diferentes legislaciones.
7. Autoridades que protegen el derecho de petición: Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República
8. • Función pública: La función pública es la actividad realizada en cabeza de personas naturales en nombre del Estado cuyo fin esta encaminado al logro de los fines esenciales del mismo estado.
9. • Persona Moral: Como persona moral o jurídica se designa, en derecho, toda aquella entidad de existencia jurídica, que está constituida por grupos u organizaciones de personas, y que es reconocida como instancia unitaria con capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones
10. • La personalidad jurídica: La personalidad jurídica no es más que la atribución por el ordenamiento jurídico de derechos y obligaciones a sujetos diversos de los seres humanos, son el producto abstracto del derecho que permite a comunidades jurídicamente organizadas cumplir los objetivos trazados por sus miembros
11. ¿QUE ES EL DERECHO PETICION?
11.1. Derecho constitucionalmente reconocido a todas las personas para formular solicitudes respetuosas ante entidades públicas o privadas y obtener de ellas respuesta en los términos establecidos
12. ¿QUIENES EJERCEN EL DERECHO?
12.1. Toda persona individual o jurídica, grupo, organización o asociación puede ejercer tal derecho ante las autoridades competentes
13. CLASES DE DERECHO DE PETICION!!!
13.1. Dependiendo del número de firmantes puede ser
13.1.1. En interés general
13.1.2. En interés particular
13.1.3. De información
14. El termino para responder a las demás peticiones es de 15 días hábiles a partir del día siguiente de su recibo
14.1. De información: 10 días, si no responde hay un silencio, por tanto se tienen 3 días más para entregar el documento solicitado de lo contrario
14.1.1. El funcionario será sancionado con la perdida de empleo