Mi teoría del caso

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Mi teoría del caso por Mind Map: Mi teoría del caso

1. Hechos

1.1. 1. En la ciudad de Espinal-Tolima vive el señor Silva Villalva y su familia. El señor Villalva luego de haber tenido durante una semana dolores de cabeza, decidió ir a consultar a un médico.

1.2. 2. Fue revisado en diversas oportunidades sin encontrar el motivo de sus molestias, por lo que se le pidió realizar una serie de exámenes.

1.3. 3. Un día después de haberlos realizado, y antes de que estuviesen sus resultados, don Renato perdió el conocimiento mientras trabajaba y tuvo que ser hospitalizado de emergencia.

1.4. 4. Los resultados de sus exámenes estuvieron listos mientras estaba en el hospital: sus riñones no funcionaban correctamente.

1.5. 5. Su esposa comenzó a presentar los mismos síntomas pocos días después. La razón era la misma.

1.6. 6. Desde ese momento en adelante ambos deberían realizarse diálisis periódicas pues sus riñones habían dejado de funcionar.

1.7. 7. Dudando de que se tratara de una coincidencia, comenzaron a investigar.

1.8. 8. Nadie en su familia había presentado problemas similares, por lo que descartaron el factor genético. Debía ser una cuestión ambiental.

1.9. 9. Los resultados de exámenes posteriores confirmaron esta teoría: ambos tenían un contenido anormal de mercurio en la sangre.

1.10. 10. Se enteraron de que uno de sus vecinos había tenido también el mismo problema.

1.11. 11. Tenían en común que comían verduras que cosechaban de sus propios huertos y que regaban con agua del río que pasaba por sus propiedades.

1.12. 12. Tomaron muestras del agua y tenía un contenido tóxico de mercurio. Tomaron muestras también de sus verduras: el resultado fue el mismo.

1.13. 13. Diez kilómetros río arriba encontraron una fábrica (Química USO-MUNDIAL) que había comenzado a funcionar seis meses antes y que producía cloro soso.

1.14. 14. En la producción de este químico se usa mercurio como conductor eléctrico. Esta era la única fábrica que se encontraba río arriba.

1.15. 15. Desde la otra orilla del río, pudieron observar que desde la empresa salían dos ductos que botaban líquidos al río.

1.16. 16. En las semanas que siguieron, aparecieron más personas con problemas al riñón en las comunidades que daban al río.

2. Preposiciones fácticas

2.1. PF1: Química USO -MUNDIAL produce cloro soso.

2.2. PF2: Para producir cloro soso se utiliza mercurio.

2.3. PF3: El mercurio es perjudicial para el medio ambiente y la salud humana.

2.4. PF4: La producción de la fábrica genera desechos.

2.5. PF5: Los desechos de la fábrica son arrojados al río.

2.6. PF6: El agua del río es utilizada para cultivos y consumo de las personas.

2.7. PF7: Las personas se están enfermando.

2.8. PF8: Acuden al médico y exámenes arrojan presencia de mercurio en la sangre.

2.9. PF9: Se analizan muestras de agua del rio los cuales presentan contenido tóxico de mercurio.

2.10. PF10: Así el agua contaminada del río afecta la salud de las personas.

2.11. PF11: La fábrica es la responsable por la afectación en la salud de las personas.

3. Problema jurídico

3.1. ¿Es responsable la Fábrica Química USO-MUNDIAL por los daños causados en la salud del señor Silva Villalva y su familia y demás personas de las comunidades aledañas al río y de daños al medio ambiente producto de la contaminación del río por el arrojo de desechos con contenido tóxico de mercurio que produce esta fábrica?

4. Normas Controlantes o Teoría Legal

4.1. Constitución Política de Colombia

4.1.1. Artículos 2

4.1.1.1. Estado social de derecho donde se garantizan los derechos de las personas

4.1.2. Artículos 79

4.1.2.1. Derecho a un medio ambiente sano

4.1.3. Artículos 88

4.1.3.1. Las acciones populares para la protección de derechos colectivos

4.2. Código Civil

4.2.1. Art 2341, 2342 y 2343

4.2.1.1. El que ha inferido un daño a otro es obligado a indemnizarlo.

4.3. Código Penal

4.3.1. Art 331 y 332

4.3.1.1. Daño a los recursos naturales y la contaminación ambiental

4.4. Ley 472 de 1998

4.4.1. Art 46 y 47

4.4.1.1. Procedencias de las acciones de grupo para obtener el reconocimiento y pago de la indemnización de los perjuicios y daños causados.

4.5. Ley 99 de 1993.

4.5.1. Ley del medio ambiente.

4.6. Jurisprudencia

4.6.1. Sentencia C-431 del 2000

4.6.1.1. Defensa del medio ambiente y la salud de las personas

4.6.2. Sentencia T-622 de 2016

4.6.2.1. Reconocimiento al Río Atrato como ente sujeto de derechos

4.7. Normatividad internacional

4.7.1. Declaración de Estocolmo (1972)

4.7.1.1. Derecho a conservar un ambiente natural saludable

4.7.2. La Carta Mundial de la Naturaleza (1982)

4.7.2.1. El respeto por la naturaleza y así construir un mundo mejor

4.7.3. La Declaración de Río de Janeiro (1992)

4.7.3.1. Desarrollo sostenible

5. Pruebas

5.1. Documentales

5.1.1. • Copia de la historia clínica en físico y medio magnético del señor y señora Villalba.

5.1.2. • Registro civil del Señor y la Señora Villalba.

5.1.3. • Fotocopias de las cedulas del Señor y la Señora Villalba.

5.1.4. • Facturas de pagos médicos, medicamentos, transporte y acompañamiento.

5.1.5. • Certificado de existencia y representación de la Fábrica Química USO-MUNDIAL.

5.1.6. • Resultados de laboratorio de las muestras de agua

5.1.7. • Informe emitido por CORTOLIMA

5.1.8. • Fotografías y vídeos de drenajes de la fábrica.

5.2. Prueba pericial

5.2.1. Médico especialista Juan Acevedo.

5.2.1.1. Demuestra el daño causado en la salud de las personas

5.2.2. Víctor Barona biólogo y ambientalista.

5.2.2.1. Demuestra el daño ambiental

5.3. Testimonios

5.3.1. Personas aledañas al río

5.3.1.1. José Olivera C.C. 1074594231

5.3.1.2. Paula Lugo C.C. 1789564561

5.3.2. Representantes de CAR CORTOLIMA

5.3.3. Doctor Juan Pérez C.C. 11549789 médico que trato a la familia Villalba

5.3.4. Biólogo Mateo Salazar C.C. 80456987

5.3.4.1. Quien realizo análisis de las muestras de agua

5.3.5. Wilmer Herrera C.C. 11526358

5.3.5.1. Ex-supervisor de producción de la fábrica

5.4. Interrogatorio de partes

5.4.1. Representantes legales de la fábrica Química USO-MUNDIAL gerente Luis Pinto

6. Teoría

6.1. La operación irresponsable y el mal manejo de residuos en las actividades de la fábrica son los causantes del daño ambiental y la afectación grave en la salud de las personas.