EL ATRASO Art. 898

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EL ATRASO Art. 898 por Mind Map: EL ATRASO Art. 898

1. DECISIÓN Art 903 c.c.

1.1. El juez oirá los informes de las partes y si es conforme. -La duración de la liquidación, que no exceda de doce meses. -La obligación del deudor de hacer constar haber pagado dentro de dicho plazo a todos sus acreedores o haber celebrado con ellos convenio o arreglo. Las medidas conservatorias y las precauciones que juzgan necesarias para la integridad del patrimonio del deudor. Los acreedores que deben componer la comisión que vigilar la administración y liquidación del patrimonio del deudor.

2. PROCEDIMIENTO

2.1. Se presenta EL PETITORIO ante el juez, y esta sera analizada junto a los recaudos exigidos.

2.2. Si los datos están correctos, el juez elabora medidas de vigilancia y designaciones al síndico y tres de los principales acreedores art. 900 cc

2.3. Se realiza una reunión con el juez con el síndico y los acreedores por separado para establecer el modo de liquidación y la junta de Vigilancia Art. 902 CC

3. BENEFICIOS

3.1. Suspenderá toda ejecución contra

3.2. Podrá el deudor celebrar con sus acreedores cualquier otro arreglo o convenio

4. DEFINICIÓN

4.1. Es una figura jurídica típicamente mercantil mediante el cual el Legislador concede un privilegio o beneficio de retardar sus pagos al comerciante que por razones excusables no haya podido cumplir con sus compromisos mercantiles inmediatos

5. REQUISITOS ART 898 Y 899

5.1. 1) Que el activo se mayor al pasivo

5.2. 2)Petitorio

5.3. 3) Libros Contables

5.4. 4) balance comercial

5.5. 5) Inventario

5.6. 6) Lista de Deudores

5.7. 7) Monto de c / u de las acreencias

5.8. 8) tres opiniones favorables a la medida por sus acreedores