OBLIGACIONES PATRONALES

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OBLIGACIONES PATRONALES por Mind Map: OBLIGACIONES PATRONALES

1. FRACCION Xl: Presentarse en los establecimientos en estado de embriaguez o bajo la influencia de un narcotico o droga enervante

2. FRACCION lll: Exigir o aceptar dinero de los trabajadores como gratificacion porque se les admita en el trabajo o por cualquier otro motivo que se refiera a las condiciones de este.

3. FRACCION XV: Proporcionar capacitacion y adiestramiento a sus trabajadores

4. FRACCION Vl: Hacer o autorizar colectas o suscripciones en los establecimientos y lugares de trabajo.

5. FRACCION ll: Exigir que los trabajadores compren sus articulos de consumo en tienda o lugar determinado

6. FRRACION V: Intervenir en cualquier forma en ele regimen interno del sindicato

7. FRAACION l: Negarse a aceptar trabajadores por razon de edad o de su sexo

8. FRACCION lll: Proporcionar a los trabajadores los utiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecucion del trabajo

9. FRACCION VVXlll: Participar en la integracion y funcionamiento de las diversas comisiones que, por ley, deben formarse en el centro de trabajo

10. 6. Realizar las deducciones delas cuotas para la constitucion y fomento de las sociedades cooperativas y cajas de ahorro

11. FRACCION XVll: Cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene que fijen las leyes y reglamentos para prevenir los riegos profesionales

12. FRACCION Vll: Hacer propaganda politica o religiosa dentro del establecimiento

13. FRACCION XXVll: Proporcionar a las trabajadoras embarazadas la proteccion que establezcan los reglamentos

14. FRACCION X_ Portar armas en el interior de los establecimientos ubicados dentro de las poblaciones

15. FRACCION Xl: Informar al sindicato titular del contrato colectivo y los trabajadores de la categoria inmediata inferior, de los puestos de nueva creacion, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse

16. FRACCION XXlV: Permitir la inspeccion y la vigilancia que las autoridades del trabajo realicen en las instalaciones de las empresas con la intencion de cerciorarse del cumplimiento de las normas de trabajo

17. FRACCION lV: Obligar a los trabajadores, por coaccion o por cualquier otro medio, a afiliarse o retirarse del sindicato o agrupacion a que pertenezcan o que voten por determinada cancdidatura

18. FRACCION lX: Emplear el sistema de "poner en el indice" a los trabajadores que se separen o sean separados del trabajo para que no les vuelvan a dar ocupacion.

19. FRACCION ll: Pagar los salarios e indeminizaciones

20. PROHIBICIONES DE LOS PATRONES:

21. FRACCION Vl: Guardar respeto a los trabajadores, absteniendose de maltratos

22. QUEDA PROHIBIDO A LOS PATRONES:

23. E) Intervenir en la vida sindical de sus trabajadores

24. A) Maltratar a los trabajadores de palabra u otra

25. G) Ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores de los derecho que otroga las leyes

26. H) Hacer propapaganda politica o regligiosa dentro del establecimiento

27. I) Portar armas en el interior de los establecimientos ubicados dentro de las poblaciones.

28. F) Hacer o autorizar colectas o suscripciones en los establecimientos y lugares de trabajo

29. I) Portar armas en el interior de los establecimientos ubicados dentro de las poblaciones.

30. D) Exigir o aceptar dinero de los trabajadores como gratificacion porque se ele admita en el trabajo o por cualquier otro motivo que se refier a las condiciones de este.

31. C) Exigir que os trabajadores compren sus articulos de consumo en tienda o lugar determinado

32. B) Rechazar trabajadores por razon de su edad o de su sexo

33. Relaciones Laborales Se conoce como relaciones laborales al vínculo que se establece entre dos o más personas en el ámbito laboral o del trabajo. Las relaciones laborales son aquellas que se generan entre aquel que ofrece su fuerza de trabajo (ya sea física o mental) y aquel que ofrece el capital o los medios de producción para que la primer persona realice la tarea (un ejemplo de esto sería el empleado de una oficina y el dueño o jefe que le otorga el espacio laboral más todos los recursos necesarios para llevar a cabo la tarea

34. Una de las características más distintivas de las relaciones laborales es que suelen ser desequilibradas en el sentido de que siempre en ellas hay alguien que tiene el poder de comenzarlas o terminarlas según su conveniencia, y esa persona es la que contrata al empleado o que le brinda los medios de producción para que pueda trabajar. En muchos casos, las relaciones laborales se vuelven problemáticas cuando el empleador utiliza ese poder a su favor de manera exagerada para llevar a cabo prácticas de maltrato o abuso laboral.

35. OBLIGACIONES DE HACER POR PARTE DEL PATRON:

36. 1. Expedir cada 15 dias, por solicitud de los trabajadores, una constancia escrita de numero de dias trabajados y salario percibido:

37. 5.Hacer las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas ordinarias

38. OBLIGACIÓN DE DAR POR PARTE DEL PATRONAL: 1. Pagar los salarios e indeminizaciones 2. Proporcionar oportunamente a los trabajadores los utiles, instrumentos y materiales necesarios, de buena calidad y en buen estado, para la ejecución del trabajo y repararlos en cuanto dejen de ser eficientes, siempre y cuando los trabajadores no se hayan comprometido a usar herramientas propias 3. Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y utiles de trabajo pertenecientes al trabajador 4. Proporcionar a los trabajadores el numero suficiente de asientos o sillas, en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajos analogos y en los establecimientos industriales,o practicos, en centros nacionales o extranjeros, de uno de sus trabajadores o de uno de los hijos de estos 5.Proporcionar a sus trabajadores los medicamentos profilácticos que determine la autoridad sanitaria en los lugares donde existan enfermedades tropicales, o endemicas, o cuando exista peligro de epidemia

39. 3. Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoria inmediata anterior los puestos de nueva creacion, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoria inmediata anterior los puestos de nueva creacion, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse

40. 4.Fijar y difundir la disposicion conducente de los reglamentos de higiene y seguridad en el lugar visible de los establecimientos y lugares donde se presta el trabajo Fijar y difundir la disposicion conducente de los reglamentos de higiene y seguridad en el lugar visible de los establecimientos y lugares donde se presta el trabajo

41. 2.Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del termino de tres dias, una constacia escrita relativa a sus servicios

42. JORNADAS LABORALES La jornada de trabajo es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo por el cual ha sido contratado. Se contabiliza por el número de horas que el empleado ha de desempeñar para desarrollar su actividad laboral dentro del período de tiempo de que se trate: días, semanas o años. En el horario se determina el tiempo exacto en que cada día el trabajador ha de prestar su servicio, respetando la duración de la jornada establecida. Se puede distinguir dos tipos de jornada: jornada ordinaria y jornadas especiales.

43. Jornada ordinaria ¿A quiénes afecta? Este tipo de jornada afecta a todos los trabajadores por cuenta ajena, cualquiera que sea su nacionalidad. Están excluidos aquellos trabajadores cuya relación laboral se regula por normas legales específicas: funcionarios públicos, trabajadores del comercio y espectáculos públicos, etc. Duración legal de la jornada La duración de la jornada de trabajo es pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de 40 horas semanales de trabajo efectivo. Si bien, pueden establecerse duraciones distintas a la jornada semanal de modo que unas semanas se trabajen más horas y otras menos. En el cómputo anual no se puede sobrepasar el máximo legal de horas o inferior al pactado. Esta distribución irregular del tiempo tiene que ser acordada por convenio colectivo o mediante contrato. Jornada semanal La duración semanal del trabajo no puede superar nunca las 40 horas semanales. Jornada diaria No puede superar las 9 horas, salvo que por convenio colectivo o contrato se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario. Pero, siempre, se ha de respetar el descanso mínimo entre jornadas. Los menores de 18 años no pueden realizar más de 8 horas diarias de trabajo efectivo. Trabajo nocturno Es aquel que se realiza entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. Trabajador nocturno Se denomina así al empleado que realiza normalmente en período nocturno más de tres horas de su jornada diaria de trabajo, o si realiza durante la noche un tercio de su jornada de trabajo anual.

44. Antonio De Jesus Moreno Hernandez