DERECHOS HUMANOS

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DERECHOS HUMANOS por Mind Map: DERECHOS HUMANOS

1. INHERENTES AL SER HUMANO, SIN DISTINCIÓN ALGUNA.

1.1. GENERACIONES

1.1.1. PRIMERA

1.1.1.1. INDIVIDUALES, CIVILES Y POLÍTICOS

1.1.1.1.1. VIDA

1.1.1.1.2. INTEGRIDAD FISICA

1.1.1.1.3. DIGNIDAD

1.1.1.1.4. LIBERTAD

1.1.1.1.5. IGUALDAD

1.1.1.2. ART. 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

1.1.1.2.1. la señora María está embarazada, da a luz el día 22 de Junio, ese bebé que nació ha sido identificado como un barón y por ser humano tiene derechos inherentes a si mismo, si hubiera nacido una niña, esos derechos no cambian, porque la igualdad que existe entre todos al nacer.

1.1.1.3. ART. 2. Todas las personas somos iguales sea cual sea nuestro origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición.

1.1.1.3.1. La señora Rosa que es de la comunidad Wayúu lleva a su hijo que esta muy enfermo a urgencias en la clínica más cercana, al llegar el vigilante le puntualiza que en esa clínica no puede atender al niño por ser de la comunidad wayúu que para eso hay otros hospitales.

1.1.1.4. ART.3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a su seguridad personal.

1.1.1.4.1. El señor José es propietario de una tienda y es víctima de un secuestro, le exigen que su familia debe entregar la cantidad de 3.000.000 de pesos para dejarlo ir a su casa.

1.1.1.5. ART. 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre

1.1.1.5.1. Lucia es una joven de un pueblo buscando oportunidades y decide irse a la ciudad y empieza trabajando en una casa en servicio para el hogar, después del tercer mes la jefa le dice que no le puede pagar por su trabajo el cuarto mes porque se encuentra en una situación económica difícil, y así pasaron 9 meses en los cuales lucia no recibió su sueldo.

1.1.1.6. ART. 5.Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes

1.1.1.6.1. el señor Andres cumple una condena por acceso carnal a una niña de 9 años, en la cárcel es sometido por parte de los otros presos a múltiples violaciones, porque ellos dicen que tiene que sufrir lo que la niña sufrió.

1.1.1.7. ART. 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales

1.1.1.7.1. Un grupo al margen de la ley desaparece a un líder comunal sin dar ningún rastro de su persona, lo hacen con el fin de arrebatarle su vida

1.1.1.8. ART. 7. Todos somos iguales ante la ley y tenemos, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.

1.1.1.8.1. un señor que ha vivido toda su vida en la indigencia sufrió un hurto y pudo identificar a la persona que cometió el delito, se dirigió hacia la estación de policía a poner la respetiva denuncia a lo que el teniente le responde que en su caso no se puede hacer nada porque él es una persona que vive en la calle y se expuso a que lo hurtaran. Independientemente de su modo de vida el señor Carlos tiene derecho a acudir a las autoridades cuando siente que se le ha vulnerado un derecho.

1.1.1.9. ART. 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

1.1.1.9.1. Marta torres en calidad de apoderada interpone una acción constitucional de Habeas Corpus. Puesto que el señor Carlos Quiroga fue aprehendido el 9 de septiembre de 2019, habiendo transcurrido 5 días no se le había resuelto la situación jurídica. Solicita que se le otorgue la libertad, puesto que no existen pruebas para que este deba permanecer recluido.

1.1.1.10. ART. 17. 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

1.1.1.10.1. Jesús, quien es campesino y tenía unas tierras cultivadas en la Sierra Nevada de Santa Marta, sin embargo, a finales del 2019, Jesús fue despojado de las tierras por unos grupos armados al margen de la ley, por lo cual Jesús quedó sin vivienda y víctima del desplazamiento forzado. A mediados del 2020 Jesús inició un proceso judicial para efectos de que le sean restituidas sus tierras.

1.1.1.11. ART. 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

1.1.1.11.1. Carlos Pérez ha cometido el delito de acceso carnal violento en menor de 14 años. Durante su audiencia, el señor Carlos Pérez quiso anunciar unas palabras antes de que el juez dictara sentencia, pero este no se lo permitió. Carlos sabe que a pesar de ser culpable, se le debía reconocer el derecho de ser escuchado, razón por la cual decide acudir a su abogado que se encuentra inconforme con dicha actuación, teniendo en cuenta que su derecho le fue vulnerado.

1.1.1.12. ART. 11. 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

1.1.1.12.1. Camila presenta una denuncia en contra de Roberto, afirmando que este la accedió carnalmente. Roberto no será culpable de dicho delito hasta que el juez no emita sentencia declarando su culpabilidad en base a los materiales probatorios que confirmen el hecho delictivo.

1.1.1.12.2. El 13 de octubre de 2010, Carlos presenta una denuncia en contra de José, por el delito de uso de documento falso, que este cometió el 20 de agosto de 1998. A pesar de que según el código penal José si haya incurrido en dicho delito, el juez no podrá declararlo culpable, a causa de que la ley 599, que emitió dicho delito fue expedida en el año 2000, es decir tiempo después de que se haya cometido el hecho

1.1.1.13. ART. 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

1.1.1.13.1. María gusta de Juan y siente odio por Ana, porque Ana es la novia de Juan. María intentando vengarse, ingresa a la vivienda de Ana cuando ella no se encuentra, insertando pruebas que hagan parecer que Ana estuvo con otro hombre mientras Juan no estaba, asimismo le dice a Juan y a sus amigos que Ana es una prostituta, afirmando que ella vio que otro hombre salía de su casa cuando Juan no estaba. Ana decide acudir a las autoridades para denunciar que María no solo ingreso arbitrariamente a su domicilio, sino que atacó su honra y solicita que se protejan sus derechos.

1.1.1.14. ART. 13. 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

1.1.1.14.1. Juana tiene 18 años, vive en Colombia con sus padres, y les comenta que viajará a Canadá, a casa de su tía para trabajar y salir adelante por sí misma. Los padres de Juana le prohíben rotundamente que se vaya a otro país, amenazándola constantemente de que si no desiste de su idea la encerraran en el sótano para que jamás cumpla lo dicho. Juana acude a la ley para que se le respeten sus derechos y tomen medidas para que sus padres eviten cometer un error.

1.1.1.15. ART. 14. 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

1.1.1.15.1. Carlos está siendo buscado por unos asesinos, a causa de un mal entendido que hubo con la esposa de uno de ellos. Carlos decide viajar a otro país con su esposa e hijos, en el transcurso de dicho viaje inmigración le solicita una razón válida para que se le permita el ingreso al país, Carlos expone su situación acogiéndose al derecho que le otorga el art 14 de la DDHH.

1.1.1.16. ART. 16. 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

1.1.1.16.1. Mary solicitó a un reconocido cura de una iglesia en Canadá, que la casara a ella y a su comprometido. El cura manifestó que por el momento no se estaban celebrando bodas en su iglesia y asimismo le recomendó que fuera en busca de otro cura para que le cumpliera dicha solicitud. Sin embargo, algunas semanas más tarde, Mary escucho que una compañera de su trabajo, que es blanca, en los últimos días celebro su boda en la iglesia del padre a quien Mary le hizo la solicitud. Mary fue discriminada por el Cura, si este no quiso casarla a él y su prometido por ser negra.

1.1.1.17. ART. 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

1.1.1.17.1. Carlos Iván era un fiel creyente y de la doctrina evangélica y asistía a la iglesia Pentecostal Unida de Colombia. Un día el pastor de la iglesia al ver a Carlos perjudicado por la falta de trabajo, le ofrece trabajar en su empresa de confecciones de jean. Al año de estar trabajando en la empresa, Carlos dejó de congregarse en la iglesia pentecostal y comenzó a ir a la iglesia católica, por estas razones, el pastor decidió despedir a Carlos no argumentando una justa causa. Carlos Iván decidió acudir a asesorías de un abogado especialista en la materia e iniciaron un proceso respectivamente.

1.1.1.18. ART. 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

1.1.1.18.1. el alcalde de Riohacha está tomando medidas que benefician a los ciudadanos comunes y perjudica a los indígenas wayuu que viven en el municipio pero dicha comunidad puede acudir a los organismos pertinentes para evitar la interferencia personal o del Estado en el resto de artículos de la Declaración ya que, también no puede ejercer esos derechos que contravengan los propósitos de las Naciones Unidas.

1.1.2. ART. 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión

1.1.2.1. ART. 21. 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

1.1.2.1.1. Jesús David, quien tiene discapacidad en su brazo izquierdo, no tiene movilidad, decide optar por el cargo público de asesor del alcalde, pese a que cumple con todas las condiciones académicas e intelectuales, se le niega la opción de optar por el cargo público ya que supuestamente tiene una imposibilidad física. Jesús David decide demandar a la administración por la violación de su derecho.

1.1.2.2. Efrén Peña es un estudiante de derecho de la Universidad Sergio Arboleda. Dado las situaciones que se presentan judicialmente contra el ex presidente Álvaro Uribe Vélez, Efrén decide hacer una reunión con algunos compañeros de la Universidad para protestar en favor del ex presidente, sin embargo, la Universidad al ver esta situación, le comunica a Efrén que no puede seguir actuando ni incitando a los estudiantes a marchar. Efrén, presentó un proceso en contra de la universidad, alegando que esa prohibición atenta contra el derecho de libertad de opinión y de expresión.

1.1.3. SEGUNDA

1.1.3.1. económicos, sociales y culturales.

1.1.3.1.1. CALIDAD DE VIDA

1.1.3.1.2. TRABAJO

1.1.3.1.3. EDUCACIÓN

1.1.3.1.4. SALUD

1.1.3.2. ART. 20. 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

1.1.3.2.1. Jesús David Jiménez Cerezo hace parte de una sociedad que tiene como razón social la compra y venta de artículos electrónicos. Un día Jesús decide dejar la sociedad porque tiene otros proyectos, sin embargo, el socio mayoritario le dice que no puede dejar la sociedad y en caso de hacerlo, no se liquidarán sus acciones. Jesús decide acudir a un abogado y este decide iniciar un proceso ante la Superintendencia de Sociedades.

1.1.3.3. ART. 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

1.1.3.3.1. Gladys es trabajadora de la empresa Los Mochos SAS. Gladys lleva cotizado 1300 semanas y en la actualidad tiene 57, cumple con todos los requisitos establecidos por la ley para acceder a una pensión, sin embargo, Colpensiones no da respuesta a la solicitud, por lo que Gladys es asesorada por un abogado y deciden presentar una demanda en contra de la empresa prestadora del servicio.

1.1.3.4. ART. 24. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

1.1.3.4.1. Jose cotes abogado civilista, tiene un contrato a termino fijo en la defensoría del pueblo, su contrato esta regulado por el código laboral colombiano, y éste establece que por su calidad él tiene derecho al descanso laboral y es el tiempo libre que debes tener durante la ejecución de su contrato de trabajo. De igual forma tendrá derecho a sus vacaciones, que es el descanso remunerado al que tienes derecho cuando se es un trabajador. En la ley se contemplan 15 días hábiles por cada año de trabajo

1.1.3.5. ART. 25. 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

1.1.3.5.1. Luis Bruges empleado del cerrejón tiene derecho a la dotación en su trabajo para que de esa forma pueda llevar a cabo las tareas encomendadas. Por otro lado tendrá derecho a su seguridad social el cual es un sistema que cubre eventualidades como la de alteración a la salud, incapacidad laboral, desempleo, vejez y muerte, para cuya protección se establecieron los sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y de Subsidio Familiar.

1.1.3.5.2. la interventora maría ariza esta en estado de embarazo, por su situación ella debe retirarse de la obra donde trabaja, pero aun asi no puede ser despedida, tiene su derecho a licencia de maternidad y la entidad deben adecuar espacios para su lactancia. Esto se encuentra apoyado por el articulo 43 de la carta magna que textualmente dice " Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada".

1.1.3.6. ART. 27. 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora

1.1.3.6.1. Alberto Epieyu integrante de la comunidad wayuu y estudiante de ingeniería eléctrica, desea participar en un concurso de ciencias en su universidad, pero ha recibido críticas por su condición indígena, pero tiene el derecho a que se le reconozca en ese contexto respetándole ese lazo que lo une con la comunidad a la que pertenece pero al mismo tiempo especialmente en la sociedades pluriculturales modernas en las que convivimos conjuntamente grupos de ciudadanos de las más variadas tendencias y características este derecho debe proteger la expresión autónoma de estas diversas formas de expresión, protegiéndolas de la integración cultural, no debe olvidarse que de la identidad cultural se desprende también el derecho a ser diferente y el respeto mutuo de una cultura por otra.

1.1.4. TERCERA

1.1.4.1. colectivos, de la solidaridad o emergentes.

1.1.4.1.1. ART. 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

1.1.4.1.2. ART. 29. 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

1.1.5. CUARTA

1.1.5.1. Desarrollo tecnológico

1.1.5.1.1. ART. 15. 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

2. GRACE OSPINO JESUS JIMENEZ ADRIANA MENDOZA IVAN BRUGUES