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Alegatos de apertura por Mind Map: Alegatos de apertura

1. Los alegatos de apertura son la primera oportunidad que tiene el abogado para presentar su teoría del caso ante el juez

2. 1. Presentar un tema Donde el tema significa un enunciado que debe englobar el hecho y la pretensión

3. Elemento fáctico: se refiere a la narración persuasiva de los hechos. Elemento probatorio: involucra los medios de prueba que serán presentados en el caso para demostrar los hechos. Elemento jurídico: es el marco legal, jurisprudencial y doctrinal que le da soporte a la teoría del caso.

4. El primer acercamiento que los jueces tendrán para conocer el asunto, por lo cual debe ser atinado, concreto y no pre-dispositivo. Una regla es que en el alegato de apertura nunca se debe argumentar, ello en razón de que la prueba no se ha desahogado, por lo cual no hay sustento para hablar de lo que dirán terceras personas.

5. 2. Narración de los hechos Implica que se exponga lo fáctico de nuestra teoría del caso ante el Tribunal Oral

6. 3. Planteamiento jurídico Una vez que se expresa lo fáctico Se le dice al Tribunal que esos hechos se encuadran en un fundamento jurídico-penal, por lo cual se pretende su juzgamiento

7. UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TLAXCALA LICENCIATURA EN DERECHO FACILITADOR DE CONOCIMIENTO: DR. GILBERTO PINEDA MARTINEZ UNIDAD DE APRENDIZAJE: PRACTICA PENAL FORENSE URIEL FLORES FERNANDEZ TERMINAL: SEGURIDAD PUBLICA SEMESTRE: 9º GRUPO UNICO

8. La introducción de los alegatos de apertura es muy importante a nivel estratégico, ya que esta debe ser usada para impactar a los presentes, inspirar emociones o atenuar las consecuencias del hecho

9. tículo 394. Alegatos de apertura Una vez abierto el debate, el juzgador que presida la audiencia de juicio concederá la palabra al Ministerio Público para que exponga de manera concreta y oral la acusación y una descripción sumaria de las pruebas que utilizará para demostrarla. Acto seguido se concederá la palabra al Asesor jurídico de la víctima u ofendido, si lo hubiere, para los mismos efectos. Posteriormente se ofrecerá la palabra al Defensor, quien podrá expresar lo que al interés del imputado convenga en forma concreta y oral.

10. Aspectos prácticos Claridad en cuanto a la relación de hechos con la norma aplicada No formular conclusiones Un breve argumento de 5 minutos Cuidadoso con los detalles específicos No argumentar opiniones personales Noexagerar las pruebas aportadas