Reglamento de los servicios de Seguridad privada

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Reglamento de los servicios de Seguridad privada por Mind Map: Reglamento de los servicios de Seguridad privada

1. 2.8 CAPACITACIÓN

1.1. Art 23. Los prestadores de Servicio estarán obligados a Capacitar a los elementos.

1.2. Dicha capacitación pondran Hacerla en las instituciones Educativas de la secretaria, en Las academias estatales, en los Centros de capacitacion Privados o por personas Autorizadas, en los terminos Que establece los ordenamientos.

1.3. La capacitacion que se imparta Será acorde a las modalidades En que se autorice el servicio, y Tendrá como fin que los Elementos se conduzcan bajo Los principios de legalidad, Eficiencia, profesionalismo y Honradez de conformidad con Los lineamientos que señala la Ley.

2. 2.7 REGISTRO NACIONAL DE EMPRESA Y PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA LOCALES Y FEDERALES.

2.1. Art 15. El registro nacional de Empresas de seguridad privada Constituye un sistema de Conducta y acopio de Información que se integrara Con bancos de datos de las Personas fisicas y morales Autorizadas para la Representación de servicio; de Su personal directivo, tecnico, Administrativo y elementos; del Equipo y, en su caso, los datos De la asignación del armamento Utilizado, asi como los servicios Y la cobertura de los mismos.

2.1.1. Dicha información incluye lo Siguiente:

2.1.1.1. I. Denominación o nombre del Prestador del servicio II. Autorización, revalidación o Modificación de ambas o del Acto administrativo equivalente Que se haya expedido, que esté En trámite y los que se hayan Negado, suspendido o cancelado

2.1.1.2. III. Opiniones sobre las consulta De los prestadores de servicio, Respecto de l justificación para Que sus elementos puedan Portar armas de fuego en el Desempeño del servicio, Otorgadas, en trámite, y Negadas o canceladas

2.1.1.3. IV. personal directivo, Administrativo y elementos, con Que cuentan los prestadores De servicio para la dirección, Administración y operación de Los servicios de seguridad Privada, en que para su plena Identificación y localización, Deberá incluir los siguientes Datos:

2.1.1.3.1. A) nombre B) sexo C) lugar y fecha de nacimiento D) domicilio E) nacionalidad F) en caso de mexicanos por Naturalizacion, asentar los dato De ma carta de naturalización Respectiva expedida por la Autoridad competente.

2.1.1.3.2. G) huellas decatilares H) fotografia tamaño infantil I ) escolaridad J ) antecedentes laborales, Incluida su trayectoria en Servicios de seguridad pública Y privada

2.1.1.3.3. K) altas, bajas, cambios de Adscripción, de actividad o Rango, incluidas las razones qu Los motivaron. L) estimulos y otros reconocimi- Entos otorgados. M) sanciones administrativas Aplicadas

2.1.1.4. V. La descripción de cada Unidad de equipo y del Armamento asignado a los Elementos al amparo de una Licencia particular colectiva de Portación de armas de fuego en La presentación de los servicios De seguridad privada, con el Que cuentan los prestadores De servicio, conforme a la Clasificación siguiente:

2.1.1.4.1. 1. Por cada perro utilizado en El servicio. 2. Por cada arma de fuego Asignada a los elementos al Amparo de la licencia Correspondiente. 3. Por cada uniforme, Conformado por:

2.1.1.4.2. A) gorra o casco de protección B) pantalón C) camisa, camisola y corbata

3. Art 24. La dirección podrá Concertar acuerdos con los Prestadores dem servicio para La instrumentación y Modificación a sus planes y Programas de capacitación y Adiestramiento.

3.1. Asimismo, podrá concertar con Los prestadores del servicio, Con las instituciones educativas De ma secretaria y con las Entidades federativas, a través De las instancias de coordinación que señala la ley.

3.2. La instrumentacion de los plane Y programas de capacitación Y adiestramiento para su Homologación.

3.3. Los prestadores del servicio sólo asignarán a los servicios Aquellos elementos que hayan Acreditado la capacitacion y Adiestramiento, apropiado a la Modalidad del servicio que Desempeñenm