Mecanismos y organismos de exigibilidad de derechos laborales

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Mecanismos y organismos de exigibilidad de derechos laborales por Mind Map: Mecanismos y organismos de exigibilidad de derechos laborales

1. Convenios dela OIT y los derechos de la mujer

1.1. Convenio sobre igualdad de remuneración (1951)

1.1.1. Derecho a recibir el mismo salario al realizar un trabajo del mismo valor

1.2. Convenio sbre trabajadoras y trabajadores con responsabilidad familiares (1981)

1.2.1. Derecho a protección especial y a la no discriminación

1.3. Convenio sobre la discriminación en el empleo y ocupación (1958)

1.3.1. Nadie debe ser discriminado por su raza, color, sexo, ideas políticas, creencias religiosas, condición social.

2. Tratados internaiconales

2.1. Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga el objeto de despreciar el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer

2.2. CEDAW

2.2.1. Los estados deben tomar las medidas adecuadas para eliminar la violencia contra la mujer y asegurar igualdad de derechs entre hombres y mujeres.

2.2.1.1. Derecho al trabajo, a las mismas oportunidades de empleo, a poder elegir libremente su profecion y empleo; derecho al asenso y la prfesionalizacion; derecho a la igual remuneracion por igual tarea; derecho a la seguridad social (desempleo, jubilacion, enfermedad, o cualquier sea la incapacidad), y a la proteccion de la salud y la seguridad en el trabajo

2.2.2. Los estados deben tomar medidas para impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio maternidad.

2.2.2.1. Prohibir el despido por embarazo por maternidad, asegurar la licencia por estas mismas causas, con sueldo pago, alentar los servicios sociales de apoyo destinado al cuidado del niño o niña; prestar protección especial en caso de embarazo si el trabajo a realizar puede llegar a ser perjudicial.

2.3. Consenso de Quito

2.3.1. Los estados deben asumir el cuidado y el bienestar de la poblacion

2.4. Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales

2.4.1. Los estados en parte deben reconocer y garantizar el derecho del trabajo.

3. Leyes de los derechos del trabajador

3.1. C.N (1983)-Articulo 14 y 16

3.1.1. Todos los habitantes del país tienen los mismos derechos

3.2. C.N (1949)-Capitulo III, Articulo 37

3.2.1. Derecho a las retribuciones, capacitacion, salud, seguridad individual y familiar

3.3. C.N.C (1957)-Articulo 14 bis

3.3.1. Derecho a la igualdad: jornada, vacaciones, retribuciones y salario digno; a la protección y la libre expresión de organizaciones sindicales

3.4. Constitucion (1994)

3.4.1. Reconoce los derechos de las mujeres, refiriéndose a la igualdad en el empleo (Art. 11). Igualdad de oportunidades y trato, asegurando que dichos derechos no sean vulnerados

4. Antecedentes internacionales de promocion de igualdad entre hombres y mujeres

4.1. 5º Conferencia mundial de población (El cairo, 1994)

4.1.1. Aliento e incrementar la capacidad de las mujeres para obtener ingresos fuera de las ocupaciones tradicionales, favoreciendo su autonomía económica y la eliminación de la discriminación laboral

4.2. 4º Conferencia mundial sobre la mujer (Pekin, 1995)

4.2.1. Se elaboró la plataforma de acción de Pekín que es el documento más completo producido con relación a los derechos de las mujeres.

4.3. La organización internacional del trabajo (OIT)

4.3.1. Promueve normas para que hombres y mujeres tengan igualdad de oportunidades laborales de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana

4.3.2. Hasta el año 2006, la IT habia adoptado 186 convenios. Luego de la cumbre social 1995, el consejo de administración decidió que ocho serian los convenios fundamentales de la OIT.

5. Leyes de regulación de las relaciones laborales

5.1. LCT-Ley Nº20.744

5.1.1. Principios fundamentales del contrato de trabajo (Art. 9)

5.1.1.1. en caso de duda aplicarse la norma legal mas favorable para el trabajador la trabajadora

5.1.2. Principio de interpretación y aplicación de la ley (Art. 11)

5.1.2.1. Cuando un problema no se pueda resolver mediante las normas legales, se decidirá apelando a la equidad y la buena fe

5.1.3. Principios de irrenunciabilidad a los derechos laborales (Art. 12)

5.1.3.1. No se pueden realizar acuerdos en donde el trabajador renuncie voluntariamente a sus derechos, para beneficio propio

5.1.4. Principios de continuidad de la relacion laboral (Art. 10)

5.1.4.1. En caso de algún problema, este se debe resolver aún continuando con el contrato

5.1.5. Principio de igualdad de trato (Art. 81)

5.1.5.1. El empleador no puede realizar encuestas sobre las opiniones políticas, religiosas o sindicales con aquellos con los que tiene tuvo alguna relación laboral.

5.1.6. Principio de prohibición de hacer discriminaciones (Art. 17)

5.1.6.1. Se prohíbe discriminación alguna por razones de sexo, religión, estad civil, raza, sexo, nacionalidad, edad, ideas religiosas y políticas, aspecto físico discapacidad

5.1.7. Reconocimiento de la plena capacidad de la mujer (Art. 172)

5.1.8. Reconocimiento de la promoción profesional y la formación en el trabajo

5.1.9. Igualdad de remuneración (Art. 172)

5.1.9.1. Entre mano de obra masculina y femenina

5.1.10. Prohibición de encargar la ejecución de trabajos a domicilio (Art. 175)

5.1.10.1. Con el fin de evitar violaciones a las horas limitadas de trabajo.

5.1.11. Prohibición de ocupar a mujeres en trabajos penosos, peligrosos insalubres. (Art. 176)

5.1.12. Proteccion a la maternidad (Art. 177 a 179)

5.1.12.1. Articulo177- La mujer tiene derecho a mantener su empleo y a recibir la remuneración correspondiente a los meses de licencia.

5.1.12.2. Articulo 178- En caso de despido corresponde una indemnización equivalente a un año de remuneraciones

5.1.12.3. Articulo 179- Durante un año, la mujer tiene derecho a 2 descansos de media hora para amamantar; en los establecimientos con mas de 50 trabajadoras mayores de 18 años, debe habilitarse una sala de maternidad y guardería para niños de hasta 2 años

5.1.13. Licencia por accidentes y enfermedades inculpables no relacionados con la actividad laboral (Art.208)

5.1.13.1. El trabajador tiene el derecho de recibir una remuneración de 3 meses si tiene una antigüedad menos a 5 años, y de 6 meses si es mayor; si este estuviese a cargo de su familia el periodo se extiende a 6 y 12 meses respectivamente.

5.1.14. Prohibicion de despido por causa del matrimonio (Arts. 180 a 182)

5.1.15. Licencia por paternidad (Art.158)

5.1.15.1. Corresponden 2 días hábiles de licencia de corrido

5.2. Ley Nº 26.485

5.2.1. La violencia ala mujer es aquella que obstaculiza el acceso, contratación, acenso, estabilidad permanencia del empleo, exigiendo información del estado civil, edad, maternidad, apariencia física la regularización por igual tarea. Tanto en ámbitos públicos como privados

5.3. Regula las relaciones individuales del trabajo en el sector privado, estableciendo un piso básico de derechos

6. Políticas estatales en contra de la violencia de la mujer

6.1. Ministerio de trabajo, empleo y seguridad social de la nación

6.1.1. Desarrolla programas para alentar a las empresas a eliminar la violencia a la mujer y promover la igualdad de derechos, oportunidades y trato en el trabajo, respetando el acceso al puesto de trabajo (tanto en la convocatoria y la selección), la carrera profesional, la permanencia en el puesto de trabajo y el derecho a una igual remuneración por igual tarea o función.

6.1.2. Promueve la prevención del acoso sexual contra las mujeres en el trabajo

6.1.3. Promueve políticas de inclusión laboral de mujeres que padecen violencia

6.1.4. Promueve el respeto de los derechos laborales de las mujeres que padecen violencia, en particular cuando deban ausentarse de su puesto de trabajo.