CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

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CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL por Mind Map: CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

1. Principios

1.1. Devengado: los flujos se registra cuando se crea o extingue un valor económico.

1.2. Asociación contable presupuestaria: los flujos de débito y crédito de las cuentas tendrán asociación a un concepto del clasificador presupuestario.

1.3. Medición económica: serán registrados las obligaciones, derechos, patrimonio y variaciones en la moneda de curso legal.

1.4. Hechos económico: son operaciones que hace la entidad, como compra o venta

1.5. Igualdad contable: serán registrados los hechos económicos, aplicando el método de la Partida Doble.

1.6. Realización: las variaciones del patrimonio serán reconocidas cuando los hechos económicos cumplan con la ley.

2. Normas

2.1. Reconocimiento de hechos económicos: se reconocen las transacciones si, se reconoce un activo y pasivo en el balance general, se reconoce un ingreso y gasto en el estado de resultados

2.2. Agrupación de los hechos económicos: los hechos económicos se identifican con: (A) apertura; (F) financiero; (J) ajuste; (C) cierre.

2.3. Inventarios: son activos conocidos como materiales consumibles durante el curso ordinario de las operaciones.

2.4. Inversiones financieras: son acuerdos contractuales que dan lugar a un activo financiero de la entidad.

2.5. Propiedad, planta y equipo: bienes destinados a las actividades de administración, servicios y producción.

2.6. Bienes biológicos: son activos vivos destinados a la venta o conversión en productos agrícolas.

2.7. Bienes inmuebles: es un activo con o sin valor monetario y sin apariencia física.

2.8. Propiedades de inversión: son propiedades de inversión que se dispone para obtener renta o plusvalía.

2.9. Deterioro de bienes: es la contabilización del deterioro del valor de los bienes de propiedad, planta y equipo, incluidos los activos biológicos.

2.10. Inversiones en proyectos: son criterios para identificar y acumular los costos y liquidación de inversiones en proyectos.

2.11. Cuentas de dudosa recuperación: son criterios para aplicar las provisiones en carteras de dudosa recuperación.

2.12. Financiamiento público: son criterios para registrar desembolsos y amortización de la deuda pública.

2.13. Contratación de créditos: son criterios para reconocer los desembolsos de créditos y obligaciones por amortización del capital.

2.14. Colocación y descuentos en bonos: son criterios de registro contable de financiamiento obtenido de negociación de bonos y otros títulos y valores.

2.15. Colocación y certificados de tesorería: son criterios para registrar el financiamiento obtenido de certificados de tesorería.

2.16. Pérdida de recursos públicos: son criterios para la disminución patrimonial, por pérdida de fondos y bienes.

2.17. Diferencial cambiario: regular el diferencial cambiario generado de la cuenta "Activos operacionales y deuda flotante."

2.18. Corrección monetaria: se emite solo en períodos donde su aplicación sea necesaria.

2.19. Concesión de servicios: es un contrato entre entidad pública y un tercero (entidad privada), que revista la calidad del concesionario.

2.20. Compensación de saldos: es liquidar los saldos deudores y acreedores.

2.21. Cierre de cuentas: son criterios de observación para el cierre de cuentas.

2.22. Registro de contribuciones: se aplica para; pagos sin contraprestaciones, títulos valores y pago de intereses.

2.23. Documentación, formularios y registros contables: son criterios de observar el diseño y mantenimiento del registro contable y su contabilización.

2.24. Cuentas de orden: son cuentas destinadas a registrar el movimiento de ítems, cuando no afectan los balances.

2.25. Catálogo general de cuentas contables: esta norma regula el catálogo de cuentas y su obligatoriedad.

2.26. Catálogo de bienes e inventarios: esta norma regula el catálogo de bienes y su nivel de obligatoriedad.

2.27. Presentación de estados financieros: son criterios para presentar la información financiera con propósito general de Entidades del Sector Público.

2.28. Requisitos de los informes: son criterios de observar la preparación de informes destinados al Ministerio de Finanzas.

2.29. Modelos de informes: se muestran los formatos de los estados financieros.

2.30. Consolidación de información financiera: el Ministerio de Finanzas consolida y presenta la información financiera del Sector Público.

2.31. Presentación de informes consolidados: los informes son presentados conforme lo establece el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

2.32. Normativa de conciliación bancaria: la conciliación asegura la consistencia entre el saldo de las cuentas.

3. Catálogo general de cuentas

3.1. El catálogo de cuentas está estructurado en términos de conformar una base de datos, ordenada de acuerdo a la naturaleza de los activos, pasivos y patrimonio, identificando los recursos de propiedad o dominio del Estado, las obligaciones directas y la participación patrimonial.

4. Asientos tipo

4.1. Elementos que se deben tener en consideración:

4.1.1. Principios de Contabilidad Gubernamental

4.1.2. Método Contable de la partida doble

4.1.3. Aplicación de la lógica de integración patrimonial presupuestaria

4.1.4. Efectos que en contabilidad produce la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos

4.1.5. Flujos reales y monetarios

4.1.6. Flujos monetarios por fuentes y usos de fondo

4.1.7. Normas Técnicas de Contabilidad Gubernamental (NTCG)

5. Proceso contable

5.1. Se lo denomina como ciclo contable, porque la información presentada debe seguir una serie de pasos o secuencia.

5.1.1. En el sector público el proceso contable inicia el 1 de enero y termina el 31 de diciembre.

5.1.2. Desde la apertura de libros para registrar los hechos económicos hasta la preparación de los estados financieros y su respectivo análisis e interpretación.

6. Diseño de los Estados Financieros

6.1. Balance de comprobación: presenta información del 1 enero hasta la fecha de corte, en 8 columnas.

6.2. Balance de resultados: será preparado con los sados de las cuentas de ingresos y gastos.

6.3. Estado de situación financiera: será preparado con los saldos de las cuentas del nivel 2.

6.4. Estado de flujo del efectivo: se analiza el uso de los fondos de los flujos de créditos y los flujos de débito.

6.5. Estado de ejecución presupuestaria: será preparado con los datos del devengado del Balance de Comprobación.

6.6. Cédulas presupuestarias: serán preparadas con las sumatorias parciales a los diversos niveles de agregación del Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos.

6.7. Notas aclaratorias: en los estados financieros es requisito incorporar notas aclaratorias respecto de situaciones cuantitativas y cualitativas.

6.8. Presentación de informes consolidados: serán presentados conforme lo establece el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.