LEY 872 DE 2003 (DICIEMBRE 30)
por Mariia Fernanda
1. DECRETA:
2. Derogado por el art. 276, Ley 1450 de 2011
2.1. PARÁGRAFO 1 Y 2.
3. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
4. Apoyo estatal.
5. Creación del sistema de gestión de la calidad
6. Certificación de calidad.
7. ARTÍCULO 9º.
8. ARTÍCULO 8º
9. Facilitar y ajustar
10. ARTÍCULO 7º
11. ARTÍCULO 6º.
11.1. Normalización de calidad en la gestión.
12. Registrar
13. Controlar
14. Detectar
15. ARTÍCULO 5º.
16. Requisitos para su implementación.
17. ARTÍCULO 4º
18. ARTÍCULO 2º.
18.1. Entidades y agentes obligados.
18.2. PARÁGRAFO 1º
18.2.1. Responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad
18.3. PARÁGRAFO 2º.
18.3.1. Las Asambleas y Concejos podrán disponer la obligatoriedad del desarrollo del Sistema de Gestión de la Calidad
18.4. PARÁGRAFO TRANSITORIO.
18.4.1. Contarán con un término máximo de cuatro (4) años a partir de la expedición de la reglamentación contemplada en el artículo 6 de la presente ley