1. Ahora, según el Artículo 10 de la NIC 27, no se exige la consolidación de estados financieros de controlantes si y solo si se cumplen los siguientes requisitos:
1.1. la controladora es a su vez subsidiaria de otra controladora y los otros accionistas han sido informados acerca de ello y no ha habido objeción.
1.2. la controladora no tienen acciones ni títulos en el mercado público de valores,
1.3. la controladora no está ni tiene intenciones de ir a las entidades reguladora con miras a emitir instrumentos financieros en el mercado público, y
1.4. la controladora última (la matriz de todo el grupo) presenta estados financieros consolidados disponibles al público.
2. Desde el marco conceptual de las NIIF, la consolidación ha de basarse en el principio de la entidad y en la hipótesis contable del devengo.
3. Existen dos métodos de consolidación: el método de integración global y el método de integración proporcional:
3.1. Método de integración global:
3.1.1. Se entiende por método de integración global aquel en el que se incorporan a los estados financieros de la matriz o controlantes, la totalidad de los activos, pasivos, patrimonio y resultados de las sociedades subordinadas, previa eliminación en la matriz o controlante, de la inversión efectuada por ella en el patrimonio de la subordinada y también de las operaciones y saldos recíprocos existentes a la fecha de corte de los estados financieros consolidados. Este es el método utilizado en la ejercicio sobre consolidación desarrollado al final del presente documento.
3.2. Método de integración proporcional:
3.2.1. Se entiende por método de integración proporcional aquel en el que se incorporan a los estados financieros de la matriz o controlantes, el porcentaje de participación de cada uno de los participantes en el capital o en las decisiones, previa eliminación en la matriz o controlante, de la inversión efectuada por ella en el patrimonio de la subordinada y también de las operaciones y saldos recíprocos existentes a la fecha de corte de los estados financieros consolidados.
4. Proceso contable de la consolidación:
4.1. Los pasos previos al proceso de consolidación en hojas de trabajo comprenden:
4.1.1. 1- Análisis de los estados financieros individuales de las compañías a consolidar
4.1.2. 2- Reconocimiento de valor razonable en los activos netos adquiridos
4.1.3. 3- Identificar los efectos de las operaciones reciprocas
5. La consolidación es una técnica contable correlativa del método de registro de la participación patrimonial, pues mientras en la participación patrimonial la controladora reconoce su participación en el capital contable de las subsidiarias o asociadas, en la consolidación, reconoce su intervención en los activos y pasivos.
6. Los entes no consolidados deberán ser objeto de revelación.
6.1. Estos son empresas subordinadas que:
6.1.1. Su control por parte del ente matriz haya sido impedido o evitado de alguna manera
6.1.2. Tal control sea ejercido temporalmente