JUICIO ORAL MERCANTIL

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JUICIO ORAL MERCANTIL por Mind Map: JUICIO ORAL MERCANTIL

1. La calificación sobre la admisibilidad de las pruebas.

1.1. Cuales se admiten, es decir cuales tienen relación con el litigio, pertinencia de prueba: elementos aportados para demostrar a la parte demanda los hechos que se plasmaron en la demanda.

1.1.1. a citación para audiencia de juicio.

2. La fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos.

2.1. La fijación de acuerdos probatorios.

2.1.1. Las partes convienen en un tipo de prueba, porque aceptan el resultado que se puede dar con esa prueba.

3. Determinar cuáles son los hechos, que es lo que pretende cada una de las partes acreditar.

3.1. La conciliación y/o mediación de las partes por conducto del juez.

3.1.1. Tener un arreglo entre las partes, a propuesta de las partes, o con la intervención del juez y orientándolos con la guía del juez.

4. La depuración del procedimiento

5. Si la nulidad del emplazamiento se promueve hasta antes de la audiencia preliminar, se hará de manera escrita, con vista a la contraria por el término de tres días y se citará para audiencia especial, en la que se desahogarán las pruebas que en su caso se hayan admitido, y se dictará la sentencia correspondiente.

6. Se interpondrá ante el juez, expresándose con claridad y precisión la causa en que se funde, quien remitirá de inmediato testimonio de las actuaciones respectivas al Tribunal Superior para su resolución.

7. Las partes podrán solicitar al juez, de manera verbal en las audiencias, que subsane las irregularidades que se llegaren a presentar.

8. La nulidad de una actuación deberá reclamarse en la audiencia subsecuente, bajo pena de quedar validada de pleno derecho.

9. La recusación del juez será admisible hasta antes de la calificación sobre la admisibilidad de las pruebas en la audiencia preliminar.

10. AUDENCIA PRELIMIANAR

11. Admitida la demanda, el juez ordenará emplazar al demandado corriéndole traslado para que dentro del plazo de 9 días entregue su contestación.

11.1. El emplazamiento se entenderá con el interesado, su representante, mandatario o procurador, entregando cédula de notificación.

11.1.1. El demandado, podrá proponer la reconvención. Si se admite por el juez, ésta se notificará personalmente a la parte actora para que la conteste en un plazo de 9 días.

11.1.1.1. Del escrito de contestación a la reconvención, se dará vista a la parte contraria por el término de 3 días para que desahogue la vista.

12. Se tramitarán en este juicio todas las contiendas mercantiles sin limitación de cuantía.

13. Contra las resoluciones pronunciadas en el juicio oral mercantil no procederá recurso ordinario alguno.

14. FIJACIÓN DE LITIS

14.1. El escrito de demanda, deberá de cumplir con los requisitos del artículo 1390 BIS 11 del Coco.

14.1.1. Si la demanda fuere obscura o irregular, o no cumpliera con alguno de los requisitos que señala el artículo anterior. El actor deberá cumplir con la prevención que haga el juez, en un plazo máximo de 3 días.

14.1.1.1. En los escritos de demanda, contestación, reconvención, contestación a la reconvención y desahogo de vista de éstas, las partes ofrecerán sus pruebas

15. AUDENCIA DE JUICIO

15.1. Abierta la audiencia se procederá al desahogo de las pruebas que se encuentren debidamente preparadas en el orden que el juez estime pertinente.

15.1.1. Al efecto, contará con las más amplias facultades como rector del procedimiento; dejando de recibir las que no se encuentren preparadas y haciendo efectivo el apercibimiento realizado al oferente;

15.1.1.1. por lo que la audiencia no se suspenderá ni diferirá en ningún caso por falta de preparación o desahogo de las pruebas admitidas, salvo en aquellos casos expresamente determinados en este Título, por caso fortuito o de fuerza mayor.

15.1.1.1.1. En la audiencia sólo se concederá el uso de la palabra, por una vez, a cada una de las partes para formular sus alegatos.

16. El juez expondrá oralmente y de forma breve, los fundamentos de hecho y de derecho que motivaron su sentencia y leerá únicamente los puntos resolutivos.