DEMANDA Debe cumplir con los requisitos del arts. 61, 106, 107 CPCYM ACOMPAÑÁNDOSE EL TÍTULO que ...

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DEMANDA Debe cumplir con los requisitos del arts. 61, 106, 107 CPCYM ACOMPAÑÁNDOSE EL TÍTULO que puede ser: a) testimonio de Escritura Pública b) Confesión judicial prestada judicialmente, así como la confesión ficta cuando hubiere principio de prueba escrito. c) Documento privado suscritos por el obligado o por su representante y reconocido ante juez competente y los documentos privados con legalización notarial d) Los testimonio de las actas de protocolación de protestos de documentos mercantiles y bancarios o los propios documentos si no fueren legalmente necesario el protesto. e) Acta notarial en la que conste el saldo que existiere en contra del deudor de acuerdo con los libros de contabilidad. f) Pólizas de seguro, de ahorro, fianza y títulos de capitalización. g) Toda clase de documentos que por disposición especial tengan fuerza ejecutiva. 327 CPCYM por Mind Map: DEMANDA Debe cumplir con los requisitos del arts. 61, 106, 107 CPCYM ACOMPAÑÁNDOSE EL TÍTULO que puede ser: a)	testimonio de Escritura Pública b)	Confesión judicial prestada judicialmente, así como la confesión ficta cuando hubiere principio de prueba escrito. c)	Documento privado suscritos por el obligado o por su representante y reconocido ante juez competente  y los documentos privados con legalización notarial d)	Los testimonio de las actas de protocolación de protestos de documentos mercantiles y bancarios o los propios documentos si no fueren legalmente necesario el protesto. e)	Acta notarial  en la que conste el saldo que existiere en contra del deudor de acuerdo con los libros de contabilidad. f)	Pólizas de seguro, de ahorro, fianza y títulos de capitalización. g)	Toda clase de documentos que por disposición especial tengan fuerza ejecutiva. 327 CPCYM

1. CALIFICACIÓN DEL TITULO Y MANDAMIENTO El juez calificará el título y si los considerase suficiente, despachará mandamiento de ejecución ordenamiento, requerimiento y embargo en su caso. 5 días de audiencia al ejecutado 329

2. ACTITUD DEL DEMANDADO Si el ejecutado se opusiere deberá razonar su oposición y si tuviere excepciones deberá deducirlas todas en su escrito de oposición. 331

3. SI NO HAY OPOSICIÓN

4. SI HAY OPOSICIÓN audiencia por 2 días 331

5. PRUEBA Se mandara a recibir prueba por 10 días comunes 331

6. Resolver a: a) Sobre la Oposición b) Sobre las excepciones planteadas c) Si procede hacer trance y pago de los bienes embargados y con su producto pago al acreedor 332

7. Si se hubieren embargado bienes procede a la tasación, salvo las partes se pongan de acuerdo en el precio. Cuando fueren inmuebles puede servir de base el monto de la deuda o el valor de la matrícula fiscal, a elección del deudor. 315

8. REMATE El día y hora señalado para el remate, se declara fincado en el mejor postor o al ejecutante a falta de postores. 315

9. LIQUIDACION Practicado el remate se hace liquidación de la deuda con intereses y costas librando orden a cargo del subastador. 319

10. ESCRITURACIÓN Llenados los requisitos, el juez señala 3 días al ejecutado para que otorgue la escritura traslativa de dominio y en caso de rebeldía el juez la otorga de oficio. Previo escriturar el deudor aún puede rescatar el bien en venta. 324

11. ENTREGA DE BIENES Otorgada la escritura el juez procede a dar posesión de los bienes al adjudicatario, finado un plazo no mayor de 10 días bajo apercibimiento de decretar el lanzamiento o el secuestro del bien. 326