Nomas Contables Vigentes en Colombia Ley 1314 de 2014

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Nomas Contables Vigentes en Colombia Ley 1314 de 2014 por Mind Map: Nomas Contables Vigentes en Colombia Ley 1314 de 2014

1. Presidente Republica, contaduría general

2. violación de normas explicadas

3. Art.1º Objetivos de esta ley

3.1. Intervención de la economía

3.1.1. Limita la libertad económica

3.2. Expedir normas contables

3.2.1. Conforman un sistema único, homogéneo de alta calidad

3.2.1.1. Toma de decisiones económicos

3.3. Principios

3.3.1. Equidad

3.3.2. Reciprocidad

3.3.3. Conveniencia

3.4. Determinación de reglas

3.4.1. Registro electrónico de libros

4. Art.2º Ámbito de aplicación

4.1. Todas las personas se obligan a llevarla contabilidad

4.1.1. Naturales

4.1.2. Jurídicas

4.2. Deberán sujetarse a la ley

4.2.1. Hacer valer su información como prueba

5. Art.3 Normas de contabilidad a información financiera

5.1. Sistema

5.1.1. Postulados

5.1.2. Principios

5.1.3. Limitaciones

5.1.4. Normas técnicas Generales y especiales

5.2. Permite

5.2.1. Identificar

5.2.2. Clasificar

5.2.3. Reconocer

5.2.4. Analizar

5.3. Recursos económicos

5.3.1. Reconocidos

5.3.2. Revelados

5.3.3. No únicamente son forma legal

6. Art.4 Independencia y autonomía de normas tributarias frente de contabilidad y formación financiera

6.1. Decreto 2548 de 2014

6.1.1. Tendrán efecto cuando estas no regulen la materia

6.1.2. Corte constitucional, sentencia C-1018 de 2012

6.1.3. Revelaciones y conciliaciones de normas e información financiera

7. Art.5 Normas de aseguramiento de información

7.1. Sistema

7.1.1. Control de calidad de trabajos

7.1.2. Concepto y técnicas

7.1.3. Interpretaciones y guías

7.1.3.1. Regulan la calidad de personal

7.2. Normas

7.2.1. Éticas

7.2.2. Auditoria de información financiera historia

7.3. Gobierno Nac.

7.3.1. Expedirá normas de auditoria integral

8. Art. 6 Autoridades de regulación y normalización técnica

8.1. Decreto 3018 de 2011

8.1.1. Principios y normas

8.1.1.1. Ministerio de hacienda

8.1.2. Información financiera

8.1.2.1. Normalización técnica de normas contables

8.1.3. Funciones de supervisión

8.1.3.1. Art. 10 de la presente ley

9. Art.7 Criterios que deben sujetarse la regulación autorizada por esta ley

9.1. Consejo técnico

9.1.1. Verificación del proceso

9.1.2. Abierto y transparente

9.2. Elaboración

9.2.1. Texto

9.2.1.1. Observaciones durante la etapa

9.3. Gobierno Nal.

9.3.1. Garantiza practicas

9.3.1.1. Aseguramiento de información

9.3.1.2. Inf. financiera

10. Art.8 Criterios de sujetarse al consejo técnico de contaduría publica

10.1. Criterios y procedimientos

10.1.1. Cada 6 meses se revisa el procedimiento

10.1.2. Convergencia art.1 de esta ley

10.1.2.1. Colaboración de propuestas

10.1.3. Entes económicos

10.1.3.1. Tamaño

10.1.3.2. Organización jurídica

10.1.3.3. Numero de empleados

10.1.4. Publicación para discusión publica

11. Art.9 Autoridad disciplinaria

11.1. Decreto legislativo 2373 de 1956

11.1.1. Solicitar documento

11.1.2. Obtener declaraciones

11.1.3. aplicar sanciones personales

11.1.3.1. violación de normas aplicadas

12. Art.10 Autoridades de supervisión

12.1. Decreto legislativo 2373 de 1956

12.1.1. Solicitar documentos

12.1.2. Obtener declaraciones

12.1.3. Aplicar sanciones personales

12.2. especiales interpretaciones y guías

12.3. sigilación entes económicos

12.3.1. Inspección

12.3.1.1. administradores

12.3.1.2. funcionarios

12.3.1.3. profesionales

12.3.2. Expedir normas

13. Art.11 ajustes institucionales

13.1. Ley 734 de 2002

13.1.1. Manejo de conflicto de interés

13.1.2. Recursos de consejo técnico

13.1.2.1. Ministerio de comercio industria y turismo

13.1.3. Derecho

13.1.3.1. finanzas

13.1.3.2. formulación

13.1.3.3. evaluación

14. Art.12 Coordinación entre entidades publicas

14.1. Decreto 3048 de 2011

14.1.1. Competencia

14.1.1.1. entes públicos y privados

14.1.2. Garantizar las normas

14.1.2.1. homogéneas

14.1.2.2. consistentes

14.1.2.3. comparables

15. Art.13 Consejo técnico de contaduría pub.

15.1. Conservar el vigor hasta que la ley lo modifique reemplace o elimine

15.1.1. Plan de trabajo

16. Art 14. Entrada en vigencia de las normas

16.1. Plazo

16.1.1. establecer antes de un año

16.1.1.1. efectos fiscales

17. Art. 15 aplicación extensiva

17.1. Persona jurídica no comerciante

17.1.1. No contempla normas en materia de contabilidad

17.1.2. Vacíos legales en dicho régimen

18. Art. 16 transitorio

18.1. Revisor consejero técnico

18.1.1. Concordancia

18.1.2. expedición

18.1.2.1. ministerio de hacienda

19. Art. 17 vigencia y derogatorias

19.1. Rige a partir de la fecha de publicación

19.2. Deroga normas contrarias

20. Decr. 2496 diciembre 23 de 2015

20.1. Modificado por

20.1.1. Decr. .2420 de 2015

20.1.1.1. Único reglamento de normas de contabilidad

20.1.1.2. Autoridades competentes

20.1.1.2.1. Procedimiento para su expedición

20.1.1.2.2. Entidades para vigilar su cumplimiento

20.1.1.3. Expandir normas

20.1.1.3.1. Organismos de normalización técnica de normas contables

21. Decr. 2420 de diciembre 14 de 2015

21.1. Copilla y racionaliza normas de carácter reglamentario

21.1.1. Información financiera

21.1.2. Aseguramiento de información

21.2. Emisores de valores

21.2.1. RNVE

21.3. Entidades y negocios de interés publico

21.4. SMMLV

21.4.1. Subordinación de aplicación del NIIF plenas

21.4.2. Ser matriz, asociado o negocio para aplicar el NIIF

21.4.3. Realizar importaciones y exportaciones mas de 50%

21.5. Marco técnico normativo de preparaciones de información financiera

21.5.1. Entidades de valor inscrito

21.5.1.1. Registro Nacional de valores

21.5.1.2. Emisores RNVE

21.5.2. Marco regular vigente

21.5.3. Incorporación

21.5.3.1. Titulo 4 libro 1, parte 1 del presente decreto

21.6. Cronograma de aplicación

21.6.1. Periodo de preparación obligatoria

21.6.1.1. Tiempo a realizar actividades

21.6.1.2. Información sobre el desarrollo del proceso

21.6.2. Fecha de transición

21.6.2.1. Construcción del primer año de información financiera

21.6.3. Estado de situación financiera de apertura

21.6.3.1. Mediciones de normativos

21.6.3.1.1. Activos

21.6.3.1.2. Pasivos

21.6.3.1.3. Patrimonio

21.6.3.2. Estado de situación financiera

21.6.3.3. Fecha de corte

21.6.4. Periodo de transición

21.6.4.1. Aplicación del nuevo marco técnico normativo

21.6.4.2. Fecha de reporte

21.6.4.2.1. Primer estado financiero

21.7. Permanencia

21.7.1. Termino no inferior a tres años

21.7.1.1. Apartir

21.7.1.1.1. situación financiera de apertura

22. Decr. 0302 febrero 20 de 2015

22.1. Conformación del sistema único y homogéneo

22.1.1. Trasparente

22.1.2. Confiable

22.2. Pertinente

22.3. Organismo de normalización técnica

22.3.1. Art.5

22.3.1.1. Principios

22.3.1.2. guías e interpretaciones

22.3.1.3. ejecución de trabajo

22.3.1.4. normas

22.3.1.4.1. Revisión financiera histórica

22.3.1.4.2. Aseguramiento

22.4. Consejo Técnico

22.4.1. Normas de auditoria y aseguramiento

22.5. Normas

22.5.1. NIA

22.5.2. NICC

22.5.2.1. Art.1

22.5.3. NISR

22.5.3.1. IAASB