1. Presidente Republica, contaduría general
2. violación de normas explicadas
3. Art.1º Objetivos de esta ley
3.1. Intervención de la economía
3.1.1. Limita la libertad económica
3.2. Expedir normas contables
3.2.1. Conforman un sistema único, homogéneo de alta calidad
3.2.1.1. Toma de decisiones económicos
3.3. Principios
3.3.1. Equidad
3.3.2. Reciprocidad
3.3.3. Conveniencia
3.4. Determinación de reglas
3.4.1. Registro electrónico de libros
4. Art.2º Ámbito de aplicación
4.1. Todas las personas se obligan a llevarla contabilidad
4.1.1. Naturales
4.1.2. Jurídicas
4.2. Deberán sujetarse a la ley
4.2.1. Hacer valer su información como prueba
5. Art.3 Normas de contabilidad a información financiera
5.1. Sistema
5.1.1. Postulados
5.1.2. Principios
5.1.3. Limitaciones
5.1.4. Normas técnicas Generales y especiales
5.2. Permite
5.2.1. Identificar
5.2.2. Clasificar
5.2.3. Reconocer
5.2.4. Analizar
5.3. Recursos económicos
5.3.1. Reconocidos
5.3.2. Revelados
5.3.3. No únicamente son forma legal
6. Art.4 Independencia y autonomía de normas tributarias frente de contabilidad y formación financiera
6.1. Decreto 2548 de 2014
6.1.1. Tendrán efecto cuando estas no regulen la materia
6.1.2. Corte constitucional, sentencia C-1018 de 2012
6.1.3. Revelaciones y conciliaciones de normas e información financiera
7. Art.5 Normas de aseguramiento de información
7.1. Sistema
7.1.1. Control de calidad de trabajos
7.1.2. Concepto y técnicas
7.1.3. Interpretaciones y guías
7.1.3.1. Regulan la calidad de personal
7.2. Normas
7.2.1. Éticas
7.2.2. Auditoria de información financiera historia
7.3. Gobierno Nac.
7.3.1. Expedirá normas de auditoria integral
8. Art. 6 Autoridades de regulación y normalización técnica
8.1. Decreto 3018 de 2011
8.1.1. Principios y normas
8.1.1.1. Ministerio de hacienda
8.1.2. Información financiera
8.1.2.1. Normalización técnica de normas contables
8.1.3. Funciones de supervisión
8.1.3.1. Art. 10 de la presente ley
9. Art.7 Criterios que deben sujetarse la regulación autorizada por esta ley
9.1. Consejo técnico
9.1.1. Verificación del proceso
9.1.2. Abierto y transparente
9.2. Elaboración
9.2.1. Texto
9.2.1.1. Observaciones durante la etapa
9.3. Gobierno Nal.
9.3.1. Garantiza practicas
9.3.1.1. Aseguramiento de información
9.3.1.2. Inf. financiera
10. Art.8 Criterios de sujetarse al consejo técnico de contaduría publica
10.1. Criterios y procedimientos
10.1.1. Cada 6 meses se revisa el procedimiento
10.1.2. Convergencia art.1 de esta ley
10.1.2.1. Colaboración de propuestas
10.1.3. Entes económicos
10.1.3.1. Tamaño
10.1.3.2. Organización jurídica
10.1.3.3. Numero de empleados
10.1.4. Publicación para discusión publica
11. Art.9 Autoridad disciplinaria
11.1. Decreto legislativo 2373 de 1956
11.1.1. Solicitar documento
11.1.2. Obtener declaraciones
11.1.3. aplicar sanciones personales
11.1.3.1. violación de normas aplicadas
12. Art.10 Autoridades de supervisión
12.1. Decreto legislativo 2373 de 1956
12.1.1. Solicitar documentos
12.1.2. Obtener declaraciones
12.1.3. Aplicar sanciones personales
12.2. especiales interpretaciones y guías
12.3. sigilación entes económicos
12.3.1. Inspección
12.3.1.1. administradores
12.3.1.2. funcionarios
12.3.1.3. profesionales
12.3.2. Expedir normas
13. Art.11 ajustes institucionales
13.1. Ley 734 de 2002
13.1.1. Manejo de conflicto de interés
13.1.2. Recursos de consejo técnico
13.1.2.1. Ministerio de comercio industria y turismo
13.1.3. Derecho
13.1.3.1. finanzas
13.1.3.2. formulación
13.1.3.3. evaluación
14. Art.12 Coordinación entre entidades publicas
14.1. Decreto 3048 de 2011
14.1.1. Competencia
14.1.1.1. entes públicos y privados
14.1.2. Garantizar las normas
14.1.2.1. homogéneas
14.1.2.2. consistentes
14.1.2.3. comparables
15. Art.13 Consejo técnico de contaduría pub.
15.1. Conservar el vigor hasta que la ley lo modifique reemplace o elimine
15.1.1. Plan de trabajo
16. Art 14. Entrada en vigencia de las normas
16.1. Plazo
16.1.1. establecer antes de un año
16.1.1.1. efectos fiscales
17. Art. 15 aplicación extensiva
17.1. Persona jurídica no comerciante
17.1.1. No contempla normas en materia de contabilidad
17.1.2. Vacíos legales en dicho régimen
18. Art. 16 transitorio
18.1. Revisor consejero técnico
18.1.1. Concordancia
18.1.2. expedición
18.1.2.1. ministerio de hacienda
19. Art. 17 vigencia y derogatorias
19.1. Rige a partir de la fecha de publicación
19.2. Deroga normas contrarias
20. Decr. 2496 diciembre 23 de 2015
20.1. Modificado por
20.1.1. Decr. .2420 de 2015
20.1.1.1. Único reglamento de normas de contabilidad
20.1.1.2. Autoridades competentes
20.1.1.2.1. Procedimiento para su expedición
20.1.1.2.2. Entidades para vigilar su cumplimiento
20.1.1.3. Expandir normas
20.1.1.3.1. Organismos de normalización técnica de normas contables
21. Decr. 2420 de diciembre 14 de 2015
21.1. Copilla y racionaliza normas de carácter reglamentario
21.1.1. Información financiera
21.1.2. Aseguramiento de información
21.2. Emisores de valores
21.2.1. RNVE
21.3. Entidades y negocios de interés publico
21.4. SMMLV
21.4.1. Subordinación de aplicación del NIIF plenas
21.4.2. Ser matriz, asociado o negocio para aplicar el NIIF
21.4.3. Realizar importaciones y exportaciones mas de 50%
21.5. Marco técnico normativo de preparaciones de información financiera
21.5.1. Entidades de valor inscrito
21.5.1.1. Registro Nacional de valores
21.5.1.2. Emisores RNVE
21.5.2. Marco regular vigente
21.5.3. Incorporación
21.5.3.1. Titulo 4 libro 1, parte 1 del presente decreto
21.6. Cronograma de aplicación
21.6.1. Periodo de preparación obligatoria
21.6.1.1. Tiempo a realizar actividades
21.6.1.2. Información sobre el desarrollo del proceso
21.6.2. Fecha de transición
21.6.2.1. Construcción del primer año de información financiera
21.6.3. Estado de situación financiera de apertura
21.6.3.1. Mediciones de normativos
21.6.3.1.1. Activos
21.6.3.1.2. Pasivos
21.6.3.1.3. Patrimonio
21.6.3.2. Estado de situación financiera
21.6.3.3. Fecha de corte
21.6.4. Periodo de transición
21.6.4.1. Aplicación del nuevo marco técnico normativo
21.6.4.2. Fecha de reporte
21.6.4.2.1. Primer estado financiero
21.7. Permanencia
21.7.1. Termino no inferior a tres años
21.7.1.1. Apartir
21.7.1.1.1. situación financiera de apertura
22. Decr. 0302 febrero 20 de 2015
22.1. Conformación del sistema único y homogéneo
22.1.1. Trasparente
22.1.2. Confiable
22.2. Pertinente
22.3. Organismo de normalización técnica
22.3.1. Art.5
22.3.1.1. Principios
22.3.1.2. guías e interpretaciones
22.3.1.3. ejecución de trabajo
22.3.1.4. normas
22.3.1.4.1. Revisión financiera histórica
22.3.1.4.2. Aseguramiento
22.4. Consejo Técnico
22.4.1. Normas de auditoria y aseguramiento
22.5. Normas
22.5.1. NIA
22.5.2. NICC
22.5.2.1. Art.1
22.5.3. NISR
22.5.3.1. IAASB