1. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación
2. articulo 7
3. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de personalidad jurídica.
4. articulo 6
5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6. articulo 5
7. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
8. articulo 4
9. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
10. articulo 3
11. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
12. articulo 22
13. todas la personas los derechos y libertades proclamados en esta declaración sin distinción alguna de raza, color, sexo, doma, religión, opinión política o cualquier otro ídolo.
14. articulo 21
15. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los