DERECHO FINANCIERO

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
DERECHO FINANCIERO por Mind Map: DERECHO FINANCIERO

1. • Fases de la actividad financiera del Estado tres fases o etapas fundamentales llamadas así: a) Recaudación u obtención de Recursos b) Gestión o Administración de los Recursos c) Erogación o Gasto.

1.1. a) En Guatemala la Función de Recaudación es realizada fundamentalmente por la Superintendencia de Administración Tributaria y en algunos casos por las municipalidades especialmente en el caso del Impuesto Único Sobre Inmuebles. Tradicionalmente el Estado ha obtenido sus recursos a través de tres fuentes principales siendo estas las siguientes: 1. La imposición de tributos. 2. La explotación de su propio patrimonio 3. Por medio de crédito publico, interno o externo.

1.2. b. Gestión o Administración de los Recursos: En el campo de la actividad financiera del Estado, la administración de los recursos consiste en la programación, distribución y manejo de los fondos públicos

1.3. c) Erogación o Gasto: Es la fase de la actividad financiera del Estado en la cual se emplean los recursos que se han recaudado y cuya erogación o gasto ha sido previamente planificado. Se basa en la ley anual Ley de Ingresos y Egresos del Estado pues como se expresó en esta se regulan las cantidades dinerarias con las que las entidades de administración pública contaran para su funcionamiento e inversión.

2. El Derecho Financiero es la rama del Derecho Público que regula la actividad financiera del Estado y de los entes públicos. Para Pugliese “ el Derecho financiero es aquella disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que regulan la recaudación, gestión y gasto de los medios económicos necesarios al Estado y a los demás entes públicos para desarrollar sus actividades; y el estudio de las relaciones entre los poderes y los órganos del Estado;

3. Ramas del derecho financiero

3.1. Derecho tributario. Centrado en el área de los impuestos y la recaudación de tributos estatales, así como su exoneración y las políticas arancelarias. Derecho patrimonial público. Centrado en el área de, como su nombre lo indica, la gestión del patrimonio del Estado, es decir, la administración de los bienes públicos, que están en propiedad de todos. Derecho monetario. Centrado en las normas que regulan la emisión monetaria y el manejo del crédito público. Derecho presupuestario. Centrado en el modo en que el Estado planifica, constituye y administra su presupuesto. Derecho tributario. Centrado en el área de los impuestos y la recaudación de tributos estatales, así como su exoneración y las políticas arancelarias.<o:p></o:p> Derecho patrimonial público. Centrado en el área de, como su nombre lo indica, la gestión del patrimonio del Estado, es decir, la administración de los bienes públicos, que están en propiedad de todos.<o:p></o:p> Derecho monetario. Centrado en las normas que regulan la emisión monetaria y el manejo del crédito público.<o:p></o:p> Derecho presupuestario. Centrado en el modo en que el Estado planifica, constituye y administra su presupuesto.<o:p></o:p>

4. • La actividad financiera del Estado.

5. el Estado para administrar el patrimonio, para determinar y recaudar los tributos, para conservar, destinar o invertir las sumas ingresadas, y se distingue de todas las demás actividades en que no constituye un fin de si misma, o sea que no atiende directamente a la satisfacción de una necesidad y la colectividad, sino que cumple una función de fundamental importancia.