PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL Y LA SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA

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PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL Y LA SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA por Mind Map: PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL Y LA SEGURIDAD SOCIAL EN  COLOMBIA

1. Ningún Estado puede pretender que las personas desconfíen de la efectividad de las normas jurídicas a la hora de exigir sus derechos

1.1. Es indispensable que el Estado respalde la confianza de ciudadanos en el derecho y en las instituciones

2. figura del contrato realidad

2.1. subordinación

2.2. prestación personal del servicio y remuneración los que determinan su existencia

3. Principio de Primacía de la Realidad

3.1. consiste en hacer prevalecer las condiciones reales de trabajo sobre las condiciones formalmente pactadas por los sujetos laborales, develando la realidad oculta tras las formas

3.2. hace triunfar la relación de trabajo sobre las apariencias que hayan querido ocultar

3.2.1. Y esta primacía puede imponerse tanto frente a particulares como al Estado mismo

4. Principio de Irrenunciabilidad a Mínimos Laborales

4.1. El principio de irrenunciabilidad de los beneficios laborales se apoya en el mejoramiento constante de los niveles de vida y en la dignificación del trabajador

4.1.1. se concreta en los siguientes aspectos

4.1.1.1. Definiendo como mínimos irrenunciables: Los derechos fundamentales del trabajo consagrados en los artículos 25, 53, 39, 48 y 123

4.1.1.1.1. Por otra parte, todos los derechos y prerrogativas consagradas en las leyes laborales, y además, los establecidos convencionalmente entre las partes

4.1.1.2. Precisando que la vigencia del principio de irrenunciabilidad es de carácter material y no meramente formal

4.1.1.3. Estableciendo que la aplicación del principio de la irrenunciabilidad atañe tanto al Estado como a los particulares.

5. Principio de Estabilidad Laboral

5.1. garantiza un medio para el sustento vital y, garantiza la trascendencia del individuo en sociedad

5.1.1. Alegar la justa causa de manera inmediata a la ocurrencia de los hechos o del momento en que conoció de los mismos

5.1.2. La jurisprudencia colombiana, ha reconocido dos dimensiones de la estabilidad

5.1.2.1. estabilidad simple

5.1.2.1.1. trabajadores con limitaciones físicas, sensoriales o psíquicas

5.1.2.2. estabilidad reforzada

5.1.2.2.1. trabajadores aforados y trabajadoras en embarazo

5.2. para dar por terminado un contrato el empleador debe cumplir con los siguientes pasos

5.2.1. Manifestar al trabajador los hechos por los cuales se da por terminado el contrato, como garantía del derecho de defensa al trabajador

5.2.2. Ceñirse a las justas causas establecidas en las fuentes del Derecho Laboral, sin lugar a analogías o a que se presenten causales distintas

6. El principio de progresividad

6.1. morigera el efecto de leyes existentes, ambiguas y confusas

7. Principio de Condiciones Dignas y Justas

7.1. hace referencia a

7.1.1. el cumplimiento por parte de los patronos públicos y privados de la normatividad que rige las relaciones laborales y de las garantías y derechos mínimos e irrenunciables de los trabajadores

7.2. Las condiciones dignas y justas de la relación laboral se aplican, por imperativo mandato constitucional

7.2.1. a todas las formas y expresiones del trabajo, y entre ellas, la oportunidad en la cancelación de los salarios y prestaciones desempeña el mismo papel

7.2.1.1. Las capacidades del individuo -aun con la diversidad existente en cuanto a las modalidades laborales, en su magnitud, alcances y niveles

7.2.1.1.1. se orientan hacia la ejecución de las labores asumidas con un propósito y por una causa primordial, que residen normalmente en la remuneración, sin perjuicio de otros móviles estimados valiosos por quien trabaja

8. Principio de Confianza Legítima

8.1. manifestación o corolario del de la seguridad jurídica

8.1.1. constituye un límite para la actividad jurídica-también la normativa- de las instituciones comunitarias, pero no impide la actividad de producción normativa

8.1.2. en materia pensional

8.1.2.1. se fundamenta en el principio general del derecho de la buena fe

8.1.2.1.1. que significa la conservación de aquellas expectativas próximas a consolidarse o que encuentran respaldo en la conducta inequívoca de la entidad encargada del Sistema Pensional

8.1.3. vincula a los servidores públicos y particulares

8.1.3.1. para obrar con la mayor diligencia y probidad

8.1.3.1.1. evitando todo daño o vulneración de los derechos fundamentales

9. Principio de Protección especial a la Maternidad

9.1. que el empleador conociere con anterioridad el embarazo de la trabajadora

9.2. En la sentencia T- 805 de 2006, la Corte sintetizó los requisitos para que una mujer despedida en estado gestante pueda solicitar la protección constitucional de su derecho haciendo uso de la tutela, así:

9.2.1. que el despido o la desvinculación de la trabajadora haya tenido lugar durante los períodos de gestación y lactancia

9.2.2. que el despido se haya producido sin el cumplimiento de los requisitos legales pertinentes, sin la autorización del Inspector del Trabajo, si se trata de trabajadora oficial o particular, o sin que exista resolución motivada del jefe del respectivo organismo, si se trata de servidora pública

9.2.3. que ese despido o desvinculación sea consecuencia directa del embarazo y no de circunstancias objetivas que lo justifiquen

9.2.4. que ese despido o desvinculación amenace el mínimo vital de la madre o del nasciturus

9.3. la Corte han establecido que la protección rige de manera proporcional al tiempo cotizado al sistema de seguridad social menor a 7 meses

9.3.1. sin interesar si el empleador cumple o no con sus obligaciones, pues compete a éste o a la EPS el reconocimiento de la licencia de maternidad

10. Principio de Igualdad de Oportunidades, o de no discriminación en el trabajo

10.1. Igualdad de Oportunidades en el ingreso mediante el concurso de méritos

10.1.1. concursos

10.1.1.1. abiertos

10.1.1.2. cerrados

10.1.1.2.1. proscritos en los cargos de carrera del estado

10.1.1.3. mixtos

10.2. Igualdad de Oportunidades en la permanencia en el empleo de los trabajadores sindicalizados

10.2.1. circunstancias de justificación en trato desigual

10.2.1.1. empírico: que se trate de casos diferentes

10.2.1.2. normativo: que exista un fin normativo que justifique racional y proporcionalmente la diferencia de trato

10.2.1.3. valorativo: que la medida adoptada sea adecuada - razonable - a la luz de los principios y valores constitucionales

10.3. Igualdad de oportunidad en el retiro de los trabajadores con diversidad funcional

10.3.1. Las acciones afirmativas surgieron históricamente con una doble finalidad

10.3.1.1. para compensar a ciertos grupos discriminados a lo largo de la historia

10.3.1.2. para nivelar las condiciones de quienes, por haber sido discriminados, se vieron impedidos de disfrutar sus derechos en las mismas condiciones que los demás

10.3.1.3. para incrementar niveles de participación

10.3.2. El alcance de la estabilidad laboral reforzada de acuerdo con la sentencia T-263 de 2009 involucra

10.3.2.1. el derecho a conservar el empleo

10.3.2.2. el derecho a conservar el empleo

10.3.2.3. a permanecer en él hasta que se configure una causal objetiva que amerite la desvinculación laboral

10.3.2.4. a que el inspector de trabajo o la autoridad que haga sus veces, autorice el despido con base en la verificación previa de dicha causal, a fin de que el mismo pueda ser considerado eficaz

11. Principio de Favorabilidad en la Interpretación y Aplicación de Normas Laborales

11.1. las diferentes interpretaciones que el juzgador encuentre lógicamente posibles y razonablemente aplicables al caso

11.1.1. escogerá, la que produzca los efectos más favorables al trabajador, o que conduzca a resultados exitosos en su causa

11.1.1.1. Inicialmente

11.1.1.1.1. la visión del principio como regla hermenéutica restringía su garantía al ámbito legal

11.1.1.2. posteriormente

11.1.1.2.1. la vinculación del principio con el derecho fundamental al debido proceso hizo viable su amparo constitucional

11.1.1.3. Lo desafortunado

11.1.1.3.1. es la negación de la autonomía del principio de la favorabilidad y el no desarrollo de la condición más beneficiosa que hoy cobra relevancia junto al principio de progresividad

12. Principio sobre Mínimo Vital

12.1. protege derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho a la pensión, al salario, a la salud

12.1.1. sus características para protección por tutela son:

12.1.1.1. El incumplimiento en el pago de los salarios

12.1.1.1.1. con o sin justificación

12.1.1.2. La necesidad directa para la supervivencia del trabajador y su familia del salario o pensión de vejez

12.1.1.3. Ser el salario o pensión el único ingreso económico del trabajador

12.1.1.4. El nexo causal

12.1.1.4.1. entre el no pago de salarios o pensiones y la disminución de la calidad de vida del trabajador

12.1.1.5. La dependencia económica

12.1.1.5.1. de una familia respecto del trabajador o pensionado