Alimentos
por Alejandra Catun
1. Concepto
1.1. Artículo 278, Código Civil: Se designan alimentos a todos aquellos recursos indispensables para sobrevivir tales como: casa, vestuario, servicio médico, entre otros.
2. Nivel Fundamental
2.1. La Constitución Política de la República es tutelar de la persona, de la familia y especialmente en el caso de los menores. Por tal motivo crea los mecanismos necesarios para dicha protección, siendo la constitución ley suprema y de la cual emanan todas las leyes ordinarias.
3. Nivel Legal
3.1. Leyes ordinarias que por mandato legal, deben proteger a la persona, a los hijos y a la familia
3.1.1. Código Civil (Decreto Ley Número 106)
3.1.2. Código Procesal Civil y Mercantil (Decreto Ley Número 107)
3.1.3. Ley de Tribunales de Familia (Decreto Ley Número 206)