1. Determinación del tipo de opinión modificada.
2. Estructura y contenido del informe de auditoría cuando se expresa una opinión modificada.
3. Requerimientos
3.1. Situaciones en las que se requiere una opinión modificada
3.1.1. Concluya, sobre una incorrección material en los estados financieros puede surgir en relación con:
3.1.1.1. Lo adecuado de las políticas contables seleccionadas.
3.1.1.2. La aplicación de las políticas contables seleccionadas
3.1.1.3. La adecuación o idoneidad de la información revelada en los estados financieros.
3.1.2. Limitación en el alcance de la auditoria. Puede tener su origen en:
3.1.2.1. Circunstancias ajenas al control de la entidad.
3.1.2.2. Los registros contables de la entidad han sido destruidos.
3.1.2.3. Cuando los registros contables han sido incautados por tiempo indefinido por las autoridades públicas.
3.1.2.4. Circunstancias relacionadas con la naturaleza.
3.1.2.5. Debido a la fecha en la que el auditor ha sido nombrado.
3.1.2.6. Cuando no es suficiente aplicar únicamente procedimientos sustantivos, y los controles de la entidad no son efectivos.
3.1.2.7. Limitaciones impuestas por la dirección.
3.1.2.8. La dirección impide al auditor que presencie el recuento físico de las existencias.
3.1.2.9. La dirección impide al auditor que solicite confirmaciones de terceros de determinados saldos contables.
3.2. Consecuencia de la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada debido a una limitación impuesta por la dirección después de que el auditor haya aceptado el encargo.
3.2.1. Si concluye que los posibles efectos de incorrecciones no detectadas en los estados financieros, el auditor expresará una opinión con salvedades.
3.2.2. Si el auditor concluye que los posibles efectos de incorrecciones no detectadas en los estados financieros, el auditor:
3.2.2.1. Renunciará a la auditoría.
3.2.2.2. Denegará la opinión (se abstendrá de opinar) sobre los estados financieros.
3.3. Otras consideraciones en relación con una opinión desfavorable (adversa) o con la denegación (abstención) de opinión.
3.3.1. La inclusión en el mismo informe de dicha opinión no modificada (favorable) en estas circunstancias sería contradictoria con la opinión desfavorable (adversa) o con la denegación (abstención) de opinión sobre los estados financieros en su conjunto.
4. Definiciones
4.1. Generalizado
4.1.1. Son efectos generalizados sobre los estados financieros aquellos que, a juicio del auditor
4.1.1.1. No se limitan a elementos, cuentas o partidas específicos de los estados financieros.
4.1.1.2. En caso de limitarse a elementos, representar una parte sustancial de los estados financieros.
4.1.1.3. Las revelaciones de información, son fundamentales para que los usuarios comprendan los estados financieros.
4.2. Opinión modificada
4.2.1. opinión con salvedades, opinión desfavorable (adversa) o denegación (abstención) de opinión sobre los estados financieros.
5. depende de:
5.1. La naturaleza de la cuestión que origina la opinión modificada
5.2. El juicio del auditor sobre la generalización de los efectos o posibles efectos de la cuestión en los estados financieros.
6. Denominadas. Fundamento de la:
6.1. Opinión con salvedades.
6.1.1. Habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada, son materiales, pero no generalizadas, para los estados financieros.
6.1.2. El auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar su opinión, si las hubiera, podrían ser materiales, aunque no generalizados.
6.2. Opinión desfavorable (adversa).
6.2.1. Cuando habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada, son materiales y generalizadas en los estados financieros.
6.3. Denegación (abstención) de opinión.
6.3.1. cuando no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar su opinión