Contratos de software

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Contratos de software por Mind Map: Contratos de software

1. Se establecerán las causas de terminación del Contrato que las Partes acuerden: transcurso del tiempo, incumplimiento de las obligaciones de cada Parte, extinción de personalidad jurídica, etc. Se pueden establecer tantas como se deseen, intentando acotar al máximo cualquier contingencia por la que se desee resolver el Contrato. Normalmente la inclusión de este tipo de cláusulas de resolución se establecen para el supuesto de un uso fraudulento o incumpliendo las obligaciones establecidas en el propio Contrato.

2. El objetivo del Contrato de Licencia es la autorización por parte del titular de los derechos de explotación (Licenciatario) a un Licenciante o cliente, a utilizar un determinado software en los términos establecidos en la licencia de uso. En el caso del Contrato de Distribución es la cesión de uso de esos derechos para que a vez el Distribuidor los ceda a los usuarios finales (Licenciatarios) en un territorio determinado. Desde el punto de vista del cliente o Licenciatario es interesante incluir en un anexo la descripción del producto, así como los manuales o las instrucciones y requerimientos del software.

3. Contratos Web

3.1. Contrato de acceso a Internet

3.2. Contratos de alojamiento de sitios web (Hosting)

4. El contrato de desarrollo de software es aquel por el cual una de las partes (el desarrollador) se compromete a crear y entregar un programa de computador y la otra el cliente) se obliga a pagar un precio por el mismo, y produce, si el programa desarrollado es aceptado por el cliente, la adquisición del ejemplar del programa de computador por parte de este.

4.1. Existen 2 tipos de contratos

4.1.1. Contrato de Licencia de Software: en este contrato el propietario de los derechos de uso de un software (Licenciante) autoriza a un tercero (Licenciatario) a utilizarlos como usuario final, a cambio de un precio. Normalmente son contratos hechos desde la perspectiva del Licenciante en el que se incluyen unas condiciones generales, las cuales el Licenciatario tiene que aceptar y, apenas puede negociar con el licenciante, salvo que se realicen adaptaciones a su medida, lo cual puede ser habitual, cuando el contrato se realiza para una empresa que necesita una aplicación o uso concreto.

4.1.2. Contrato de Distribución de Software: en este contrato el propietario de un software (Licenciante) cede de forma exclusiva para un territorio determinado (normalmente una zona geográfica o país concreto), los derechos de explotación del software a un tercero (Distribuidor) que a su vez los vende a los usuarios finales (Licenciatarios). Como contraprestación, el Licenciante recibe una cantidad inicial por la cesión de los derechos y unos royalties sobre cada una de las licencias de software vendidas por el Distribuidor en el territorio asignado. Es la forma más habitual de comercialización de software en mercados internacionales.

5. Objetivo de contrato

6. Duración

6.1. Respecto a la duración del contrato, podrá incluirse una cláusula siempre que interese a las Partes por la naturaleza del software. Según el tipo de software, puede no tener sentido establecer un periodo de tiempo ya que la evolución de los programas informáticos es muy rápida y en pocos años ya quedan obsoletos o salen nuevas versiones. No obstante, si la intención de las partes es establecer una determinada duración, debería tenerse en cuenta la posibilidad de establecer prórrogas. En caso de establecerse una duración, normalmente es de 5 años, tanto en los contratos de Licencia como en los de Distribución.

7. Derechos de Propiedad Intelectual

7.1. La cláusula de propiedad intelectual determinará la propiedad del programa de software. Normalmente, se incluirá una cláusula en la que se establece que todos los Derechos de Propiedad Intelectual (incluyendo las marcas) son del Licenciante y no se transmiten al Licenciatario ni al Distribuidor. Con relación a las marcas, en el Contrato de Distribución de Software, hay que especificar que el Distribuidor no utilizará ninguna marca en ningún país, incluido en el territorio (zona geográfica o país) que se cede de forma exclusiva, hasta que dicha marca haya sido debidamente registrada por el Licenciante. Por otra parte, también es aconsejable establecer que en cualquier uso de una marca, dicha marca no se combinará con ninguna otra marca, nombre comercial o denominación del Distribuidor, a menos que el Licenciante autorice expresamente por escrito al Distribuidor.

8. Resolución del Contrato

9. Se establecerá la Ley aplicable al Contrato. La Jurisdicción competente determinará qué tribunales podrán conocer de las controversias derivadas del Contrato por cualquiera de las cláusulas anteriores o por violación de la normativa general que se ha determinado como ley aplicable. Esta última cláusula jurisdiccional se puede sustituir por el acuerdo de las Partes a someterse a arbitraje de un órgano determinado (Cámaras de Comercio, Tribunales Arbitrales u otros) que resolverá las controversias y tendrá fuerza vinculante entre las Partes.

10. En esta cláusula puede establecerse una garantía por parte del Licenciante en relación con el buen del funcionamiento del software, limitando a su vez su responsabilidad por posibles daños que pudieran derivarse de la utilización del software. La extensión de la garantía normalmente se limita para el caso que el cliente o Licenciatario, o un tercero bajo sus indicaciones, modifique el software. El Licenciante, no garantizará el buen funcionamiento del software para el caso de que un tercero o alguien bajo sus indicaciones, modifique el programa.

11. Interpretación de los contratos informáticos

11.1. En principio, para la interpretación de los contratos informáticos se siguen las reglas de interpretación contenidas tanto en el Código Civil como en el Código de Comercio para la contratación ordinaria.

12. Elementos de los contratos informáticos

12.1. Las partes implicadas en un contrato informático son, por un lado, el proveedor o suministrador que será quien se obligue a realizar la prestación de los bienes o servicios pactados, y, por el otro lado, el usuario, que es la persona, física o jurídica, que recibe esa prestación.

13. Cláusulas contractuales

13.1. * La duración del contrato: es necesario establecer en el propio contrato la vigencia del mismo

13.2. * La fijación del precio y la forma de pago: variarán en función del objeto del contrato

13.3. * La entrega y pruebas de recepción: es habitual que el propio contrato establezca un periodo de prueba para la comprobación de que las prestaciones realizadas satisfacen las necesidades del usuario.

13.4. * Otras cláusulas: es frecuente, y hasta conveniente, que se incluyan en los contratos informáticos, cláusulas de confidencialidad que garanticen la reserva de información por ambos contratantes.

14. Garantías

15. Ley Aplicable y Jurisdicción Competente