
1. CAPÍCULO I FINALIDAD Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
1.1. ARTÍCULO 1º
1.1.1. Programar, Organizar, Ejecutar y Controlar la captación
1.1.2. Disponer de información útil, Oportuna y Confiable
1.1.3. Todo servidor público asume responsabilidad por el logro de objetivos, forma y resultados.
1.1.4. Desarrollar la capacidad administrativa
1.2. ARTÍCULO 2º
1.2.1. Para programar y organizar las actividades
1.2.1.1. Programación de Operaciones
1.2.1.2. organización Administrativa
1.2.1.3. Presupuesto
1.2.2. Para ejecutar las actividades programadas
1.2.2.1. Administración de Personal
1.2.2.2. Administración de Bienes y Servicios
1.2.2.3. Tesoría y Crédito Público
1.2.2.4. Contabilidad Integral
1.2.3. Para controlar la gestión del Sector Público
1.2.3.1. Control Gubernamental
1.3. ARTÍCULO 3º y ARTÍCULO 4º
1.3.1. Aplicada en todas las entidades públicas
1.3.2. Aplicada a todas personas naturales y jurídicas
1.3.3. Aplicada en unidades administrativas
1.3.3.1. Órgano judicial
1.3.3.2. Órgano electoral
1.3.3.3. Órgano legislativo
1.4. ARTÍCULO 5º
1.4.1. Todo persona no comprendida en los artículos 30 y 40 ç
1.4.2. Cualquiera sea su naturaleza jurídica
1.4.3. Que reciba recursos del Estado
2. Podrá exigirse opinión calificada e independiente sobre los sistemas de admiración y el control que utiliza
3. CAPÍCULO II SISTEMAS DE ADMINSTRACIÓN Y DE CONTROL
3.1. ARTÍCULO 6º
3.1.1. Objetivos
3.1.1.1. Traducir los objetivos y planes estratégicos de cada entidad
3.1.1.2. Asegurar la disponibilidad de de información
3.1.2. Programación de carácter integral
3.1.2.1. Funcionamiento como las de ejecución de preinversión e inversión
3.1.3. Programa de inversión
3.1.3.1. Conjunto de proyectos de inversión
3.1.3.1.1. Sectoriales
3.1.3.1.2. Regionales
3.2. ARTÍCULO 7º
3.2.1. Definirá y ajustará en función de Programación de Operaciones
3.2.1.1. Se centrará en los niveles de gobierno
3.2.1.1.1. Adoptar políticas
3.2.1.1.2. Emitir normas
3.2.1.1.3. Vigilar su ejecución y cumplimiento
3.2.1.2. Se desconcentrará en la ejecuciones
3.2.1.2.1. Políticas
3.2.1.2.2. Manejo de los sistemas de administración
3.2.1.3. Toda entidad Pública organizará
3.2.1.3.1. Función de sus objetivos
3.2.1.3.2. La naturaleza de sus actividades
3.3. ARTÍCULO 8º
3.3.1. Sistema de presupuesto
3.3.1.1. Objetivos
3.3.1.1.1. Proveer montos de los recursos financieros para cada gestión
3.3.1.1.2. Asignación de recursos
3.3.1.1.3. Gastos corrientes
3.3.1.1.4. Gastos de inversión
3.3.1.2. Conjunto ordenado y coherente de principios, políticas, normas y procedimientos para el logro de objetivos
3.3.1.3. Presupuesto anual
3.3.1.3.1. Presupuesto de recursos
3.3.1.3.2. Presupuesto de gastos
3.3.1.4. A través del reglamento especifico se implementa
3.3.1.4.1. El responsable de la MAE (Alcalde municipal)
3.3.1.5. Entidades Gubernamentales
3.3.1.5.1. Provenientes de tributación
3.3.1.5.2. Aportes a la seguridad social y otros.
3.3.1.5.3. Regalías o transferencia
3.4. ARTÍCULO 9º
3.4.1. Sistemas de Administración de Personal
3.4.1.1. Procura
3.4.1.1.1. Eficiencia en la función pública
3.4.1.1.2. Determinar los puestos de trabajo
3.4.1.1.3. los requisitos y mecanismos
3.4.1.2. Implicará
3.4.1.2.1. Evaluación
3.4.1.2.2. Retribución
3.4.1.3. Desarrollará
3.4.1.3.1. Capacidades
3.4.1.3.2. Aptitudes de los servidores
3.4.1.4. Establecerá
3.4.1.4.1. Procedimientos para el retiro de los mismos
3.5. ARTÍCULO 10º
3.5.1. Sistemas de Administración de Bienes y Servicios
3.5.1.1. Establecerá
3.5.1.1.1. Contratación
3.5.1.1.2. Manejo
3.5.1.1.3. Disposición de bienes y servicios
3.5.1.2. Definirá
3.5.1.2.1. Atribuciones de solicitar
3.5.1.2.2. Autorizar el inicio
3.5.1.2.3. Llevar a cabo proceso de contratación
3.5.1.3. Simplicará
3.5.1.3.1. Tramites e identificará la contratación
3.5.1.4. Emplearán los bienes y servicios que contraten
3.5.1.5. La reglamentación establecerá para la baja o venta oportuna de bienes
3.5.1.5.1. la venta de acciones de sociedades
3.6. ARTÍCULO 11º
3.6.1. Sistema de Tesoría y Crédito Público
3.6.1.1. Se encarga de manejar los ingresos, el financiamiento y programar las obligaciones y pagos
3.6.1.2. Objetivos
3.6.1.2.1. Manejar los recursos
3.6.1.2.2. proporcionar criterios técnico-administrativo de capacitación de recursos
3.6.1.2.3. Programar las cuotas, obligaciones y pagos
3.6.1.3. Se implementa a través de los reglamentos específicos
3.6.1.3.1. Municipalidades
3.6.1.3.2. Y demás entidades
3.7. ARTÍCULO 12ª
3.7.1. Sistema de Contabilidad Integral
3.7.1.1. Conjunto de principios, normas y procedimientos técnicos
3.7.1.1.1. Permiten registro sistemático de transacciones
3.7.1.2. Es un sistema
3.7.1.2.1. Comun
3.7.1.2.2. Oportuno
3.7.1.2.3. Confiable
3.7.1.3. Se implementa a través del reglamento especifico
3.7.1.3.1. Municipalidades
3.7.1.3.2. Demás entidades
3.7.1.4. Órgano rector
3.7.1.4.1. Ministerio de Hacienda
3.8. ARTÍCULO 13º
3.8.1. Sistema de Control Gubernamental
3.8.1.1. Conjunto de principios, normas, procesos y procedimientos
3.8.1.1.1. Promueven
3.8.1.2. Objetivos
3.8.1.2.1. Mejorar
3.8.1.2.2. Evaluar
3.8.1.3. Componentes
3.8.1.3.1. Sistema de control interno
3.8.1.3.2. Sistema de control externo posterior
3.8.1.4. Auditoria
3.8.1.4.1. Acumulación y evaluación objetiva de evidencia
3.9. ARTÍCULO 14º
3.9.1. Procedimientos de control interno
3.9.1.1. Se aplicarán
3.9.1.1.1. Unidades de la entidad de la ejecución
3.9.1.2. Comprede la verificación del cumplimiento de las normas
3.9.1.2.1. Conveniencia
3.9.1.2.2. Oportunidad
3.9.1.3. El control interno posterior será practicado
3.9.1.3.1. Responsables superiores y actividad bajo su directa competencia
3.9.1.3.2. Unidad de auditoria interna
3.10. ARTÍCULO 15º
3.10.1. Auditoria interna
3.10.1.1. Separada, combinada e integral
3.10.1.2. Información remitida inmediatamente
3.10.1.3. Evaluar
3.10.1.3.1. Grado de acumulación
3.10.1.3.2. Eficiencia
3.10.1.4. Determinar la confiabilidad
3.10.1.4.1. Registros
3.10.1.4.2. Estados Financieros
3.10.1.5. Analizar
3.10.1.5.1. Resultados
3.10.1.5.2. Eficiencia de las operaciones
3.11. ARTÍCULO 16º
3.11.1. Auditoria externa
3.11.1.1. Independiente e imparcial
3.11.1.2. Podrá examinar las operaciones o actividades
3.11.1.3. Calificar
3.11.1.3.1. Eficiencia de los sistemas de administración
3.11.1.3.2. Control interno
3.11.1.4. Actividades
3.11.1.4.1. Ejecutadas en forma separadas
3.11.1.4.2. Combinada o Integral
4. No existirá, cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada en procura de mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad
5. CAPITULO III RELACIÓN CON LOS SISTEMAS NACIONALES DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA
5.1. ARTÍCULO 17º
5.1.1. Definirán
5.1.1.1. Estrategias
5.1.1.2. Políticas Gubernamentales
5.1.1.2.1. Ejecutadas
5.2. ARTÍCULO 18º
5.2.1. Funcionamiento Anual
5.2.1.1. Sistema de Programación de Operación
5.2.1.2. Organización Administrativa
5.2.1.3. Presupuesto
5.2.1.4. Tesoría y Credito Publico
5.3. ARTÍCULO 19º
5.3.1. Sistemas de Control Interno y de Control Externo Posterior
5.3.1.1. Procurar la eficiencia de los sistemas de administración
5.3.1.2. Evaluará el resultado de la gestión
6. CAPITULO IV ATRIBUCIONES INSTITUCIONALES
6.1. Todos los sistemas de que trata la presente ley
6.1.1. Emitir las normas y reglamentos
6.1.2. Fijar los plazos y condiciones para evaluar
6.1.3. Compatilizar o evaluar
6.1.4. Vigilar el funcionamiento adecuado de los sistemas
6.2. ARTICULO 23º
6.2.1. La Contraloría General de la República
6.2.1.1. Órgano rector del Sistema de Control Gubernamental
6.2.1.2. Emitirá las normas bajo
6.2.1.2.1. Dirección
6.2.1.2.2. Supervisión
6.3. ARTICULO 26º
6.3.1. La superintendencia de Bancos
6.3.1.1. Órgano rector del sistema de control
6.3.1.1.1. Captación de recursos del público
6.3.1.1.2. Intermediación financiera del país
6.3.1.2. Efectuará
6.3.1.2.1. Control interno
6.3.1.2.2. Externo de las actividades
6.3.1.3. Podrá incorporar
6.3.1.3.1. Ámbito de competencia
6.3.1.3.2. Existentes o por crearse
6.4. ARTICULO 27º
6.4.1. Cada entidad del sector publico elaborara
6.4.1.1. Marco de las normas básicas
6.4.1.2. Reglamentos específicos para el funcionamiento
6.4.1.3. Corresponde máxima autoridad de la entidad
7. CAPITULO V RESPONSABILIDAD POR LA FUNCION PÚBICA
7.1. Responsabilidad
7.1.1. ARTICULO 29º
7.1.1.1. Administrativa, acción u omisión contraviene el ordenamiento
7.1.2. ARTICULO 30º
7.1.2.1. Ejecutiva, Deficiencia o negligencia de la gestión ejecutiva
7.1.3. ARTICULO 31º
7.1.3.1. Civil, Causa daño al Estado valuable en dinero
7.1.4. ARTICULO 34º
7.1.4.1. Penal, Se encuentra tipificada en el Código Penal
8. CAPITULO VI DEL FUNCIONAMIENTO DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
8.1. ARTICULO 41º
8.1.1. La contraloria general de la republica
8.1.1.1. ejercerá
8.1.1.1.1. Control esterno posterior
8.1.1.1.2. Tecnica y administrativa
8.2. ARTICULO 42º
8.2.1. ejercicio del control externo posterior
8.2.1.1. Podrá contratar los servicios de firmas o profesionales calificados
8.2.1.2. Todo informe de auditoria interna o esterna
8.2.1.3. Conocer programas, labores y papeles de trabajo
8.2.1.4. Podrá eximir en cualquier momento los registros
8.2.1.5. Responsabilidad ejecutiva por el contralor general de la republica
8.3. ARTICULO 43º
8.3.1. sin perjuicio de las acciones judiciales
8.3.1.1. Dictamen del contralor general de la republica
8.3.1.2. Dictamen de responsabilidad
8.4. ARTICULO 44º, 45º Y 46º
9. CAPITULO VII DE LA JURISDICCIÓN COACTIVA FISCAL
9.1. ARTICULO 47º
9.1.1. Conocimientos de todas las demandas que se interpongan con ocasión
9.2. ARTIULO 48º
9.2.1. No corresponden a la jurisdicción coactiva
9.3. ARTICULO 49º
9.3.1. Conflictos de competencia que se suscitaren entre la jurisdición
9.4. ARTICULO 50º
9.4.1. Jurisdicción coactiva fiscal es improrrogable