CODIGO PROCESAL DEL TRABAJO/COMPETENCIA

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1. ART 5. COMPETENCIA POR RAZON DEL LUGAR

1.1. SE DETERMINA POR :el último lugar donde se haya prestado el servicio o el domicilio del demandado . esto queda a elección del demandante.

2. ART 6. RECLAMACION ADMINISTRATIVA

2.1. en las acciones contenciosas contra la nacion , se debe agotar primero la reclamación administrativa , para poder iniciar un proceso

2.2. consiste en un reclamo escrito del servidor público o trabajador sobre el derecho que pretenda, esta reclamación después de transcurrir un mes sin reibir respuesta.

3. ART 7. COMPETENCIA EN LOS PROCESOS CONTRA LA NACION: el último lugar donde se haya prestado el servicio o el domicilio del demandante, ya que la nacion tiene competencia en todo el pais.

4. ART 9. COMPETENCIA EN LOS PROCESOS CONTRA LOS MUNICIPIOS : el lugar donde se haya prestado el servicio

4.1. Channel

4.2. Channel

4.3. Channel

5. ART 8. COMPETENCIA EN LOS PROCESOS CONTRA LOS DEPARTAMENTOS: el último lugar donde se haya prestado el servicio, o el departamento o el de su capital esto queda a elección del demandante.

6. ART 10. COMPETENCIA EN LOS PROCESOS CONTRA LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS

6.1. El del lugar del domicilio del demandado

6.2. o el lugar donde se haya prestado el servicio.

7. ART 11. COMPETENCIA EN LOS PROCESOS CONTRA LAS ENTIDADES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL.

7.1. el lugar del domicilio de la entidad de seguridad social demandada.

7.2. O el lugar donde se haya surtido la reclamación del derecho

7.3. SI NO HAY JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO , ENTONCES CONOCE EL JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO

8. ART 12 . COMPETENCIA POR RAZON DE LA CUANTÍA

8.1. Los jueces municipales de pequeñas causas y competencia múltiple conocen en unica instancia los procesos que NO excedan los 20 SMLMV

8.2. Los jueces laborales conocen los procesos de primera instancia que excedan los 20 SMLMV

9. ART 14. PLURALIDAD DE JUECES COMPETENTES.

9.1. si la demanda se dirige simultáneamente contra 2 o más personas, y, por tanto, tengan competencia para conocer de ella dos o más Jueces, el demandante elegirá entre éstos.

10. ART 13 .COMPETENCIA EN PROCESOS SIN CUANTIA.

10.1. aquellos procesos sin cuantía , los conoce en primera instancia el juez laboral del circuito , si no hay, entonces conoce el juez civil del circuito, un ejemplo de un proceso sin cuantía podría ser : un proceso de acoso laboral

11. ART 15. COMPETENCIA DE LA SALA DE CASACIÓN LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y DE LAS SALAS LABORALES DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE DISTRITO JUDICIAL

11.1. A- La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia conoce: 1. Del recurso de casación, Del recurso de anulación de los laudos proferidos por tribunales de arbitramento, Del recurso de queja contra los autos que nieguen el recurso de casación o el de anulación, De los conflictos de competencia que se susciten entre tribunales de dos o más distritos judiciales, Del recurso de revisión.

11.2. B- Las Salas Laborales de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial conocen: 1. Del recurso de apelación, Del recurso de anulación de los laudos proferidos por tribunales de arbitramento, Del grado de consulta en los casos previstos en este código, Del recurso de queja contra los autos que nieguen el recurso de apelación o el de anulación, De los conflictos de competencia que se susciten entre dos juzgados del mismo distrito judicial, Del recurso de revisión.