MODALIDADES DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO

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MODALIDADES DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO por Mind Map: MODALIDADES DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO

1. A JORNAL: Cuando se estipula el pago de la remuneración por días, en labores no permanentes o cuando se trata de tareas periódicas o estacionales.

1.1. EN PARTICIPACIÓN: Cuando el trabajador tiene parte en las utilidades del negocio del empleador como contra prestación de su trabajo.

2. Por la forma de remuneración.

2.1. A SUELDO: Cuando la contraprestación por el servicio estable y continuo del empleado se pacta tomando como base cierta unidad de tiempo.

2.1.1. MIXTO: Cuando a más de un salario fijo el trabajador participa del producto del negocio del empleador en concepto de remuneración.

3. Por el número de trabajadores

3.1. UNIPERSONAL: El contrato de trabajo se da entre un trabajador y uno a más empleadores.

3.2. PLURIPERSONAL: Estos contratos se dan en casos excepcionales y no se trata simplemente de un conjunto de trabajadores , ya que se regulan las relaciones del determinado número de trabajadores.

3.3. CONTRATO DE EQUIPO: Es cuando un equipo de trabajadores organizado jurídicamente o no celebra un contrato de trabajo, ya sea con uno a más empleadores.

4. Clasificación del contrato individual de trabajo

4.1. Por la forma de celebración

4.2. Por la forma de ejecución

4.3. Por el número de trabajadores

4.4. Por la forma de remuneración

4.5. Por el tiempo de duración

4.6. Otras modalidades contractuales

5. Por la forma de celebración

5.1. Tácito: Es aquel en el que no existe una estipulación expresa sobre las condiciones de la prestación del servicio o la ejecución de la obra.

5.2. Expreso : en contraposición del tácito, éste es aquel en el que las partes acuerdan las condiciones en que se prestará el servicio o se ejecutará la obra y bien puede ser verbal o escrito.

6. Por la forma de ejecución

6.1. OBRA CIERTA :es cuando el trabajador toma a su cargo la ejecución de una labor determinada por una remuneración que comprende la totalidad de la misma, sin tomar en cuenta el tiempo que se invierta en ejecutarla.

6.2. POR TAREA: Este contrato se da cuando el trabajador se compromete a ejecutar una determinada cantidad de obra o trabajo en la jornada previamente establecida. En este contrato el trabajador tendrá derecho a que cada semana se le reciba el trabajo y se le abone su valor.

6.3. A DESTAJO: Es un contrato que se lo realiza por piezas, trozos o medidas de superficie y en general por unidades de obra, y la remuneración se pacta para cada una de ellas sin tomar en cuenta el tiempo invertido.

7. Por el tiempo de Duración

7.1. PLAZO FIJO: Es aquel en que las partes fijan un plazo de duración, el mismo que no puede ser inferior a un año ni mayor a dos, en este contrato cabe la estipulación de un período de prueba que será de 90 días y en el caso del servicio doméstico de hasta 15 días.

7.2. INDEFINIDO: Se da cuando el contrato de trabajo no se ha fijado plazo, cuando se ha excedido el plazo fijo de un año, cuando se ha fijado una duración mayor a dos años y cuando expresamente se ha acordado que el contrato tenga una duración indefinida.

7.3. CONTRATOS PRECARIOS: Son aquellos que no tienen la garantía de la estabilidad mínima, sino que la ley los ha previsto para atender circunstancias especiales tales como : Contratos de obra cierta, Contrato Eventual, Ocasional y de Temporada.