Culpabilidad

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Culpabilidad por Mind Map: Culpabilidad

1. Consecuencia Jurídica de la Preterintencionalidad:

1.1. Lleva consigo una atenuante genérica que esta estipulada en el Código Penal Venezolano.

2. Delito Preterintencional:

2.1. La persona que comete un delito no tiene la intención de causar un mal de tanta gravedad como el que produjo.

2.1.1. Para que exista este delito debe existir:

2.1.2. 1.- Acción u Omisión del sujeto.

2.1.3. 2.- Intención de querer hacer daño.

2.1.4. 3.- Que se realice un hecho mas grave que el causo.

2.1.5. 4.- Que el hecho dañoso derive del comportamiento intencional del culpable.

3. Dolos de acuerdo a otras doctrinas:

3.1. Dolo Determinado: Es el que ha sido dirigido a un preciso fin criminoso.

3.2. Dolo Indeterminado: Es en el que la persona se dirige simplemente a cometer una acción prohibida por la ley penal.

3.3. Dolo Inicial: Proviene de la intención que surge en el sujeto desde el principio.

3.4. Dolo de Daño y Dolo de Peligro: **De Daño: Consiste en la voluntad consciente de producir un daño en los bienes e intereses o en la persona misma. **De Peligro: Es poner en peligro los bienes e intereses de la persona.

3.5. Dolo de Ímpetu y Dolo de Propósito: Se dividen en distintos grados:

3.6. 1.- Dolo de primer grado: Se halla en la premeditación en la cual concurren la frialdad del calculo y la perseverancia en la voluntad malvada.

3.7. 2.- Dolo de segundo grado: Concurre la perseverancia en el querer malvado, pero no la frialdad del animo.

3.8. 3.- Dolo de tercer grado: Se halla en la resolución imprevista.

3.9. 4.- Dolo de cuarto grado: Es el predominio y choque instantáneo de una pasión ciega, donde no concurre ni la calma del espíritu, ni el intervalo entre la determinación y la acción.

4. 5.- Dolo Subsiguiente: Es aquel que surge en el contexto ya iniciado en el que el sujeto no crea la situación.

5. 6.- Dolo Alternativo: Es aquel donde existe una cierta selección por parte del sujeto.

6. Clasificación de la Culpa:

6.1. 1) Culpa Grave: Es el resultado antijurídico ha podido ser previsto por cualquier persona.

6.2. 2) Culpa Leve: Es el resultado antijurídico solo puede ser previsto por personas de prudencia normal diligentes.

6.3. 3) Culpa Levisima: Es el resultado antijurídico solo puede ser previsto por una persona de excepcional prudencia o extraordinariamente diligente.

7. 1.- Elemento Cognitivo o Intelectual: Es el conocimiento que se tiene sobre la antijuricidad del hecho y que ocurre en la mente del sujeto.

8. 2.- Elemento Volitivo: Son los deseos del sujeto, aquí actúa la voluntad y el querer hacer del sujeto.

8.1. Clasificación del Dolo:

8.2. Dolo Directo: La persona actua seguro y quiere realizar ese resultado antijurídico.

8.3. Dolo de Consecuencias Necesarias: El agente activo del delito se representa como seguro y cierto ante un resultado antijurídico.

8.4. Dolo Eventual: El sujeto activo se representa ya no como cierto y seguro, sino como posible o probable.

9. Es el quinto elemento del Delito

9.1. Son presupuestos que fundamentan la reprochabilidad antijuridica de una persona.

9.2. Toda persona culpable tiene que ser necesariamente imputable.

9.3. Para ser imputable debe cumplir con: ser mayor de edad, mentalmente sano, civilmente hábil, con todas sus facultades físicas y psíquicas

10. Se presenta bajo dos formas:

10.1. El Dolo:

10.2. Intención de realizar un hecho delictivo o antijurídico.

10.2.1. La Culpa:

10.2.2. Es cuando el sujeto activo de la relación jurídica actúa sin intención o sin mala fe ante el hecho ocurrido.

10.2.3. La Culpa es causada por:

10.2.4. 1.- Imprudencia.

10.2.5. 2.- Negligencia.

10.2.6. 3.- Impericia.

10.3. Elementos del Dolo:

11. Causas de inculpabilidad

11.1. Error de Derecho: Si esto fuese una causa de inculpabilidad o un eximente de responsabilidad todas las personas delincuentes o no la invocarían.

11.2. Error de Hecho: Nadie puede ser castigado como reo de delito no habiendo tenido la intención de realizar el hecho que lo constituye, excepto cuando la ley se lo atribuye como consecuencia de su acción u omisión.