LAS PERSONAS JURIDICAS EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

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1. Codigo de Comercio

1.1. "las sociedades constituidas en país extranjero que tengan en la República el objeto principal de su explotación, comercio o industria, se reputaran sociedades nacionales"

1.2. "las sociedades que constituidas también en país extranjero solo tuviesen en la República sucursales o explotaciones que no constituyan su objeto principal, conservan su nacionalidad, pero se les considerara domiciliadas en Venezuela"

2. Son entes capaces de contraer derechos y obligaciones

3. TEORÍAS DEL CONTROL

3.1. Hacen depender la nacionalidad de la persona Jurídica, de la nacionalidad de los socios.

4. La principal dificultad que plantean las personas Jurídicas, estriba de la determinación de la Nacionalidad: puesto que de ella depende el Estatuto Personal

4.1. LA LEX SOCIETATIS

4.1.1. Esto es la ley aplicable a la Capacidad, la Constitución, representación, funcionamiento, Transformación, disolución,y extinción.

5. TEORIA DEL LUGAR DE CONSTITUCION

5.1. El hecho de que la ley del lugar donde se ha constituido, le reconozca la existencia juridica

6. Para determinar la nacionalidad de las PERSONAS JURÍDICAS la doctrina ha establecido:

6.1. LUGAR DONDE SE HA CONSTITUIDO

6.2. LUGAR DE LA EJECUCION DEL CONTRATO

6.2.1. This is a child idea

6.3. PRINCIPIO DE LA LEX LOCIS CELEBRATIONIS

7. Como: asociaciones, las corporaciones, las fundaciones licitas de carácter privado y las sociedades civiles y mercantiles.

8. TEORIA DE LA SEDE ESTATUTARIA

8.1. Deja al arbitrio los socios la concreción vía estatutos de la nacionalidad de la persona jurídica

9. LA PERSONALIDAD CIVIL DE LOS ESTADOS EXTRANJEROS

9.1. Art. 31 del Código Bustamante: cada estado contratante, en su carácter de persona jurídica, tiene capacidad para adquirir y ejercitar derechos civiles y contraer obligaciones de igual clase en el territorio de los demás , sin otras restricciones que las establecidas en el Derecho local

10. DETERMINACIÓN DE LA NACIONALIDAD DE LAS SOCIEDADES Y COMPAÑÍAS

10.1. SISTEMA OBJETIVO

10.1.1. La Ley donde se ha Constituido

10.1.1.1. La lex locis celebrationes

10.1.2. la nacionalidad del país que haya intervenido en su constitución

10.1.2.1. Resulta un hecho tangible como lo es el Registro

10.1.3. asiento social de la Compañia

10.1.3.1. Atribuida al hecho de tener su sede en un determinado pais

10.2. SISTEMA SUBJETIVO

10.2.1. Principio de la Autonomia de la Voluntad

10.2.2. País de Suscripción del Capital

11. Código Civil Venezolano

11.1. Silencio al respecto de la nacionalidad de los entes jurídicos de carácter civil

12. Las personas Jurídicas son sujetos de Derechos

13. Implica tres problemas a saber:

13.1. La Nacionalidad

13.2. El Reconocimiento

13.3. El Régimen Juridico Aplicable una vez que son reconocidas