Los derechos reales Son las relaciones jurídicas inmediata entre una persona y una cosa.por cesar salas
1. teoría obligacionista: esta teoría opone totalmente a la teoría clásica, porque señala que una relación de orden jurídico no puede existir entre una persona y una cosa, ya que eso sería una contradicción al propio Derecho, debido que todo Derecho supone una relación entre personas.
2. teorias de los derechos reales.
2.1. teoría clásica: en esta teoría el Derecho Real supone una relación inmediata y directa entre una persona y una cosa potestad directa sobre la cosa que no necesita intermediario alguno para su realización
3. teoría armónica.
3.1. teoría armónica:esta teoría toma los aspectos que considera más importantes de la teoria Clásica y la teoria Obligacionista, y sostiene que están incompletas. Esta teoría expone que no puede prescindir del objeto para definir al Derecho Real, pero a su vez reconocen como cierta la existencia del sujeto pasivo universal. Definen los Derechos Reales como aquellos derechos privados que atribuyen un poder de inmediata dominación sobre una cosa frente a terceros
4. Es una relación inmediata, pues el uso y goce de las cosas es de manera directa sin necesidad de ningún acto de terceros.
5. caracteres de los derechos reales
5.1. caracteres de los derechos reales: Es un derecho absoluto: es decir no reconoce límites. Hoy día se reconocen más limites a favor de la sociedad
5.2. Es de contenido patrimonial: solo importa aquello que sea susceptible de valoración económica. Los derechos reales conjuntamente con los derechos de créditos e intelectuales constituyen los derechos patrimoniales en nuestra legislación.
5.3. Es un vínculo entre una persona y una cosa, y sólo a nivel subsidiario es un vínculo entre dos personas.
6. ubicación de los derechos reales.
6.1. Los derechos reales se ubicación dentro de la clasificación de los derechos subjetivos:A. Entre los derechos patrimoniales y extrapatrimoniales: los derechos reales sin dudas están ubicados dentro de los derechos patrimoniales; son pues derechos valorables en dinero.