TEMA 11 Y 12

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TEMA 11 Y 12 por Mind Map: TEMA 11 Y 12

1. La Prueba de los Actos

1.1. Es el aseguramiento de medidas probatorias idóneas, que puedan hacerse valer en los casos litigiosos en que la validez de un acto este controvertida.

2. Articulo 37. LDIP

2.1. Los actos jurídicos son válidos en cuanto a la forma, si cumplen los requisitos exigidos en cualquiera de los siguientes ordenamientos jurídicos: 1) El del lugar de celebración del acto. 2) El que rige el contenido del acto, o 3) El del domicilio de su otorgante o del domicilio común de sus otorgantes

3. Manifestaciones de voluntad a las que un determinado Derecho atribuye relevancia

3.1. 1) Formas Habilitantes: Son aquellas referidas a requisitos de fondo en contacto con problemas de capacidad. 2) Formas Solemnes: Constituyen elementos sustanciales de determinados actos, por lo que su inobservancia acarrea la inexistencia o nulidad ab initiodel acto. 3) Formas Probatorias o de Publicidad: Son aquellas requeridas para la prueba del acto y su oponibilidad a terceros.

4. La Regla Locus Regit Actum

5. La Regla Locus Regit Actum

5.1. Un acto o negocio jurídico es válido, en cuanto a sus formas y solemnidades, si se ajusta a las pertinentes prescripciones del Derecho del lugar donde se ha celebrado

6. LAS PERSONAS JURIDICAS EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

6.1. La doctrina francesa ha establecido la "sede social" de las personas como el elemento vinculante de la nacionalidad

6.2. Determinar que nacionalidad tiene una sociedad o compañía de esta clase, se han formulado dos sistemas jurídicos

6.3. Sistema Objetivo: Consiste en la determinación de ciertos elementos ostensibles que dan lugar a una cierta presunción de nacionalidad y esta se establece sobre esa base

6.4. Este criterio en la práctica ha tenido series inconvenientes debido a la posibilidad de fraude a la Ley que puede cometerse con la constitución de una compañía en territorio extranjero

6.5. Otro criterio, dentro de este sistema, es el de la determinación de la nacionalidad por el país de sede o asiento social de la compañía

6.6. Sistema Subjetivo: Por el carácter subjetivo que tiene esta teoría en la práctica se hace impracticable en muchos casos

6.7. Igualmente, existe una segunda clase de sociedades extranjeras, las cuales, constituidas en el extranjero, no tienen explotación, comercio o industrias secundarias en Venezuela

6.8. El Código Bustamante, establece en su Artículo 9 que cada Estado contratante aplicara su propio derecho para la determinación de la nacionalidad de origen de toda persona individual o jurídica cuando una de las nacionalidades sujetas a controversia sea la de dicho Estado

7. De Derecho Privado, se mencionan a las asociaciones, las corporaciones, las fundaciones licitas de carácter privado y las sociedades civiles y mercantiles