TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA UNION EUROPEA (TCE)

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TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA UNION EUROPEA (TCE) por Mind Map: TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA UNION EUROPEA (TCE)

1. El Tribunal de Cuentas es una Institución de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo.

2. HISTORIA

2.1. Fue creado por el Tratado de Bruselas, de 22 de julio de 1975, y entró en funcionamiento en octubre de 1977.

2.2. El Tratado de Maastricht (1992) lo elevó al rango de institución de pleno derecho.

2.3. El Tribunal de Cuentas no tiene competencias legales propias.

3. COMPOSICION

3.1. Los artículos 285 y 286 del Tratado de Funcionamiento de la UE establecen las normas sobre la composición del Tribunal de Cuentas.

3.2. EL COLEGIO

3.2.1. Principal órgano decisorio del Tribunal.

3.2.2. Lo compone un nacional de cada estado.

3.2.2.1. Son escogidos por el consejo y el parlamento Europeo.

3.2.2.2. Con mandato de 6 años renovables.

3.3. EL PRESIDENTE

3.3.1. es elegido mediante votación secreta.

3.3.1.1. Su mandato, renovable, es de tres años.

3.3.2. FUNCIONES:

3.3.2.1. - Preside la reunión y da el orden del día, vela por el desarrollo del debate.

3.3.2.2. - vigilar el cumplimiento de las decisiones del Tribunal y su buen funcionamiento.

3.3.2.3. - garantizar el buen funcionamiento de los servicios y la buena gestión de las distintas actividades del Tribunal.

3.3.2.4. - designar al agente responsable de representar al Tribunal en los procesos contenciosos.

3.3.2.5. - representar al Tribunal en sus relaciones con el exterior.

3.4. SECRETARIO GENERAL

3.4.1. Es elegido mediante votación secreta.

3.5. CAMARAS Y COMITES

3.5.1. Las cámaras preparan los dictámenes e informes aprobados por el Tribunal.

3.5.2. Los comités tratan las materias que no son abordadas por las cámaras.

4. FUNCIONES

4.1. el propio Tribunal de Cuentas elaborará su Reglamento Interno.

4.1.1. Habrá de recibir la aprobación del Consejo.

4.2. El Tribunal realiza a menudo controles in situ.

4.2.1. Los resultados de estos controles constituyen la base de informes que se presentan a la Comisión.

4.3. Proporciona al Consejo y al Parlamento una declaración de fiabilidad de las cuentas que constata el buen uso del presupuesto europeo.

4.4. Las sesiones del Tribunal no son públicas, salvo si el Tribunal decide lo contrario.

4.5. El control del Tribunal se realiza:

4.5.1. - sobre la base de la documentación contable.

4.5.2. - En las dependencias de cualquier órgano que gestione ingresos o gastos en nombre de la UE.

4.6. FUNCION FISCALIZADORA

4.6.1. Controla la legalidad de los ingresos y los gastos de la UE y de sus órganos.

4.6.2. Vigilar las cuentas de los organismos creados por la UE.

4.7. FUNCION CONSULTIVA

4.7.1. Presentar informe anual al parlamento y al consejo sobre el ejercicio anterior.

4.7.2. Emitir dictamen sobre la legislación y final y como luchar contra el fraude.

5. PARTICIPA EN:

5.1. Red de elaboración de informes por las EFS nacionales sobre gestión financiera de la UE.

5.2. Grupo de Trabajo sobre el impuesto sobre el valor añadido.

5.3. Red de auditoría de la política fiscal.

5.4. Red de auditoría de la Estrategia de Lisboa / Europa 2020.

6. DATOS IMPORTANTES

6.1. Dadas sus funciones de fiscalización y control, se hace especial hincapié en la independencia de los miembros que componen el Tribunal de Cuentas.

6.2. Los auditores se distribuyen en "grupos de fiscalización".

6.2.1. son quienes elaboran los proyectos de informe en los que el Tribunal de Cuentas basa sus decisiones.

6.3. El Tribunal de Cuentas tiene una plantilla de aproximadamente 800 personas, incluidos traductores, administradores y auditores.

7. GRACIAS!