REUNION NORMATIVA LABORAL

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REUNION NORMATIVA LABORAL por Mind Map: REUNION NORMATIVA LABORAL

1. ¿Cual es su naturaleza? Esta nace de la Convención laboral, y a partir de allí se establece una reunión laboral-amistosa con un grupo de sindicatos o patrones con la finalidad de lograr una mejor prestación de servicios, y se establecen en un escrito aquellas condiciones y obligaciones que deben de cumplir.

2. Fuentes Legales dentro de la LOTTT

2.1. - Artículos 452 (Este trata sobre el objeto de la reunión normativa laboral).

2.2. - 453 (Es como se debe de realizar la solicitud de la misma).

2.3. - 454 (Se establecen los requisitos).

2.4. - 455 (Lapso para la convocatoria).

2.5. - 456, 457, 458, 459 (Se refieren a la convocatoria, su publicación y los efectos de la misma).

2.6. - 465 (Se refiere a la mediación y arbitraje).

2.7. - Y el 468, 469, 470, 471 (Se refieren a la extensión, solicitud y requisitos).

3. Requisitos para la reunión normativa laboral

3.1. 1.- los patronos deben de solicitar la rama de actividad ya sea local, regional, o nacional.

3.2. 2.- Y las organizaciones sindicales deben de presentar la rama de actividad ya sea local, regional o nacional. Se encuentra en e articulo 454 de la LOTTT.

4. Convocatoria: es el aviso, o escrito que se realiza para la reunión normativa con la finalidad de que todos los involucrados dentro de la convención laboral asistan puntualmente a la misma.

4.1. 1.- Tendrá el Día y la Hora.

4.2. 2.- La lista de los patronos o sindicatos para la reunión.

4.3. 3.- Y el lapso correspondiente sera de 30 días. Se encuentra establecido en el articulo 455 de la LOTTT.

5. ¿Como se constituye la reunión normativa laboral?

5.1. * Por uno o mas sindicatos o patronos.

5.2. * Se debe de indicar la rama de actividad ya sea local, regional o nacional.

5.3. *Se debe de presentar la nomina de los afiliados y los trabajadores.

5.4. * Y se debe de presentar el proyecto de la convención de trabajo para luego negociarlo en la reunión. Se encuentra en el articulo 453 de la LOTTT.

6. La huelga y el arbitraje: en primer lugar la huelga es la manifestación de los individuos para presionar una determinada situación,y en segundo lugar el arbitraje es un procedimiento en el que las partes participan con la finalidad de que un arbitro maneje la situación para que exista un mutuo acuerdo entre ellas. Ahora bien, la reunión normativa evita que exista la huelga y el arbitraje ya que a través de ella se logran acordar las opiniones, soluciones, condiciones y obligaciones que cada una de las partes debe de cumplir.