PROCEDIMIENTOS CONCILIATORIOS

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PROCEDIMIENTOS CONCILIATORIOS por Mind Map: PROCEDIMIENTOS CONCILIATORIOS

1. DURACION Y MANERAS DE TERMINAR EL ARBITRAJE

1.1. En principio, la Junta de Arbitraje dispone de treinta (30) días para dictar su respectivo laudo

1.2. sin embargo podrá prorrogar este lapso por treinta (30) días más

1.3. El laudo será publicado en Gaceta Oficial y no podrá ser dictado para menos de dos (2) años ni más de tres (3)

2. DURACION Y MANERAS DE TERMINAR LA CONCILIACION

2.1. La Ley no establece un termino para la conciliacion, permite reunirse las veces necesarias para llegar a una solucion, esta fase termina con la recomendación o un acta donde se deje constancia de la imposibilidad de la conciliación

2.2. no convienen en el arbitraje, que puede ser propuesto por el Inspector

2.3. la Junta de Conciliación o su presidente expedirán un informe fundado que contenga la enumeración de las causas del conflicto, un extracto de las deliberaciones y una síntesis de los argumentos expuestos por las partes

3. PROCEDIMIENTO DE CONCIALIACION

3.1. Luego de las 24 de haber sido entregado el pliego, el inspector debera transcribirlo y hacerlo llegar al patrono involucrado,

3.2. El Inspector de trabajo le exigira a los patronos que en 48 designen 2 representantes y un suplente

3.3. Esos representantes luego de 24 horas de la comunicacion de nombres al Inspector, junto con el inspector o un representante constituirán la junta de conciliacion

3.3.1. Los representantes deben pertenecer a la entidad contra la cual se produce el conflicto

3.3.2. Deben ser miembros del personal directivo de la empresa

3.3.3. El Inspector o su representante presidirá las sesiones de la Junta de Conciliación e intervendrá en sus deliberaciones, con el propósito de armonizar el criterio de las partes

4. PROCEDIMIENTO DE ARBITRAJE

4.1. para constituir la Junta de Arbitraje que resolverá el conflicto colectivo de trabajo, trabajadores y patronos presentarán sendas ternas, de la cual cada parte escoge un miembro de la lista presentada por la contraria

4.2. Estos dos miembros escogidos escogen el tercero que integrará y presidirá la Junta de Arbitraje

4.2.1. En caso de que una de las partes objete la terna presentada por la otra, el Inspector del Trabajo decidirá en forma sumaria

4.2.2. Los miembros de la Junta de Arbitraje no deben ser personas relacionadas con las partes en conflicto

4.2.3. La decisiones de la Junta de Arbitraje serán tomadas por mayoría de votos. En caso de no lograse la mayoría, prevalece el voto del presidente de la Junta

4.2.3.1. Books

4.2.3.2. News sources

4.2.3.3. Blogs

4.2.3.4. Supporting Data

4.2.3.4.1. Expert reports

4.2.3.4.2. Third party research

4.2.3.4.3. Survey data

4.2.3.4.4. Size of topic