DERECHO PROCESAL LABORAL

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DERECHO PROCESAL LABORAL por Mind Map: DERECHO PROCESAL LABORAL

1. Se dará por terminado el proceso

2. Será el demandante el que elija dentro de los jueces competentes

3. En los procesos contra la Nación, Departamentos, Municipios, Establecimientos o entidades Públicas

3.1. Reclamación Administrativa

4. Competencia

4.1. Capítulo II, artículo 5 y siguientes del Código Procesal del Trabajo

4.2. En razón del lugar

4.2.1. Fuero general de competencia: Último lugar donde se haya prestado el servicio ó en el domicilio del demandado, a elección del demandado

4.3. En razón de la Cuantía

4.3.1. Si es mayor a 20 SMLMV

4.3.1.1. JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO (Si en el lugar no hubiese laboral, será competente el juez civil del Circuito)

4.3.1.2. DOBLE INSTANCIA

4.3.2. Si es menor a 20 SMLMV

4.3.2.1. JUEZ LABORAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES Y COMPTENCIAS MÚLTIPLES

4.3.2.2. ÚNICA INTANCIA

4.3.3. Asuntos sin cuantía

4.3.3.1. JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO EN PRIMERA INSTANCIA (Si en el lugar no hubiese laboral, será competente el juez civil del Circuito).

4.4. En razón a la naturaleza del asunto

4.4.1. Temas concernientes a la Seguridad Social y a todo lo relacionado con la prestación personal de servicios y lo que derive de contratos laborales

4.5. Pluridad de jueces competentes

5. Tipos de Procesos

5.1. Proceso Ordinario

5.1.1. Declarativo

5.1.1.1. Declarar un derecho incierto y discutible

5.1.1.2. Caduca el derecho pasados los 3 años siguientes

5.1.2. Se inicia con la presentación de la demanda (debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 25 del Código Procesal del Trabajo)

5.1.2.1. Se podrá admitir

5.1.2.1.1. Corre traslado de la demanda al demando (De acuerdo el artículo 41 y siguientes del Código Procesal Laboral)

5.1.2.1.2. Juez emite auto de hora y fecha de la audiencia de conciliación, decisión de excepciones y saneamiento del litigio

5.1.2.2. Se podrá inadmitir, en dado caso, la parte actora tendrá 5 días hábiles para subsanarla

5.1.2.2.1. Si no se realiza la corrección debida en el tiempo correspondiente, se rechazará

5.1.2.3. Se podrá rechazar de plano

5.2. Proceso Especial

5.2.1. Ejecutivo

5.2.1.1. Artículo 100 del Código Procesal del Trabajo

5.2.1.2. Se tienden a reconocer derechos concretos mediante este proceso

5.2.1.3. Importancia de medidas cautelares previa denuncia de bienes hecha bajo juramento

5.2.1.3.1. En el auto que el juez decreta el embargo y secuestro de aquellos bienes para el aseguramiento de la Sentencia, también ordenará el valor correspondiente a pagar por parte del demandado

5.2.1.4. La notificación de este proceso será por estrados salvo aquellas excepciones que se dicten en la Ley

5.2.2. Fuero Sindical

5.2.2.1. Es competente el Juez Laboral del Circuito

5.2.2.1.1. Después de dos meses opera la prescripción

5.2.2.2. Permiso para despedir a un trabajador aforado por parte del empleador

5.2.2.2.1. Justa causa invocada por el empleador, cometida por el trabajador

5.2.2.3. Reintegro del trabajador

5.2.3. Acoso Laboral

5.2.3.1. Caduca el derecho de acción a los tres años.

5.2.3.2. Ley 1010 de 2006

5.2.3.2.1. Medidas correctivas y preventivas del acoso laboral

5.2.3.2.2. Ministerio Público aplica procedimiento del Código Único Disciplinario

5.2.4. Inspección y vigilancia

6. Pruebas

6.1. Se debe solicitar por las partes en un estanco procesal exclusivo

6.1.1. Audiencia del artículo 80 del Código Procesal del Trabajo

6.2. Libre apreciación

6.3. Inmediación

6.4. Carga de la prueba

6.5. Pruebas de oficio

6.5.1. Cuando el juez lo estime necesario, ya que versa sobre un tema esencial en el litigio

7. Garantiza todas las actuaciones judiciales tal como lo señala la Ley procesal

8. Artículo 26 del Código Procesal del Trabajo

8.1. El poder

8.1.1. Derecho de postulación

8.2. Copias de la demanda

8.2.1. Tantos demandados hayan será el numero de cantidad de copias

8.3. Pruebas documentales y/o anticipadas en poder del demandante

9. Prueba de la existencia y representación legal

9.1. Si hubiese una persona jurídica inmersa en el proceso, sin importar si es demandado o demandante

10. Principios Constitucionales

10.1. Libre acceso a la justicia

10.1.1. Materializado sobre el derecho de acción

10.2. Buena Fe

10.3. Prevalencia del derecho Sustancial sobre el derecho Formal

10.4. Igualdad y no discriminación (Artículo 13 de la Constitución)

10.4.1. Todas las personas son iguales ante la Ley y merecen ser llevadas con el mismo trato ante el aparato judicial

10.4.2. Todas las actuaciones dentro del proceso serán de carácter público y de manera oral, salvo los que se determine en la Ley

10.5. Publicidad

10.6. Convenios Internacionales (Artículo 53 y 93 de la Constitución Política)

10.7. Debido Proceso (Artículo 29 de la Constitución)

10.8. Auxiliaridad de los principios (Artículo 230 de la Constitución)

10.8.1. Se aplicarán los principios en el tema donde se presente un vacío jurídico cuando no haya una Ley que regule

11. Principios

11.1. Principios Procesales Laborales

11.1.1. Gratuidad (Artículo 39 del Código Procesal Laboral)

11.1.2. Libertad de las formas (Artículo 40 del Código Procesal Laboral)

11.1.2.1. El juez como máximo director del Proceso ajusta cada estanco procesal dentro del proceso con el fin de que se garantice todos los derechos sustanciales dentro del mismo

11.1.3. Oralidad

11.1.3.1. El proceso deberá llevarse de manera oral, donde no se practique de esta manera poseerá de vicios

11.1.4. De acuerdo a la Ley 712 de 2001

11.1.4.1. Conciliación

11.1.4.1.1. Audiencia del articulo 77 del Código Procesal Laboral

11.1.4.2. Aseguramiento de la sentencia

11.1.4.2.1. Título de depósito judicial como medida cautelar para asegurar el riesgo de insolvencia

11.1.4.3. Defensa ética del patriminio

11.1.4.3.1. Seguridad jurídica, recurso especial para revisar si hubo algo ilegal

11.1.4.4. Impugnación

11.1.4.4.1. Actos interlocutorios, sentencias, aquellos actos que se encuentren en el artículo 65 del Código Procesal del Trabajo.

11.1.4.5. Consonancia

11.1.4.5.1. Solo puede pronunciarse el superior jerárquico

11.1.4.6. Unidad de Jurisdicción y de especialidad

11.1.4.6.1. Juez del Trabajo conocerá de todos aquellos temas Laborales y de Seguridad Social

11.1.4.7. Concentración del proceso

11.1.4.7.1. Se busca la efectividad y eficacia del proceso en el menor desgaste procesal posible

11.1.4.8. Facultad inquisitiva del Juez

11.1.4.8.1. El juez es el máximo director del proceso (Artículo 48)

11.1.4.9. Impulsión oficiosa

11.1.4.9.1. A diferencia del derecho Civil donde la impulsión de los proceso corresponde a la partes, en el derecho laboral le corresponde al Juez.

11.1.4.10. Eventualidad y preclusión

11.1.4.10.1. Se debe garantizar todos los estancos procesales, pero una vez surtida la etapa, no se podrá regresar para causar efectos retroactivos.

11.1.4.11. Economía procesal y cerelidad

11.1.4.11.1. Carece de tarifa legal

12. Demanda y Anexos

12.1. Pretensiones que se formulen deben ser claras y por separado

12.1.1. Se permite la acumulación de pretensiones mientras que no se excluyan entre si

12.2. Artículo 25 del Código Procesal Laboral

12.2.1. Designación del juez competente

12.2.2. Nombre de las partes y sus representantes

12.2.3. Domicilio y dirección de las partes

12.2.4. Indicación de la clase de proceso

12.2.4.1. Indicación sobre lo que va a versar el proceso

12.2.5. Los hechos y omisiones que se pretendan hacer valer dentro del proceso

12.2.5.1. Deben enumerarse de manera organizada y por separado

12.2.6. Razones y fundamentos de derecho

12.2.7. Petición de los medios de prueba, debe hacerse de manera concreta