Ley Ceremonial Diplomatica

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Ley Ceremonial Diplomatica por Mind Map: Ley Ceremonial Diplomatica

1. Decreto 86-73 Congreso de la República. Decreto 07-2003 Congreso de la República ( reformas )

2. CONSIDERANDO: Que es necesario modificar, ampliar y adoptar las necesidades actuales y las modalidades de la Convencion de Viena, sobre relaciones diplomaticas (1961)

3. El agente diplomático y su familia no podrán ejercer en Guatemala actividades profesionales, comerciales o cualquiera del índole lucrativo.

4. Presentación de Credenciales: *Se llevara acabo en el Salon de Recepciones del Palacio Nacional. *El traje a usarse sera chaque o uniforme y se regirá por el Ceremonial Especial

5. La esposa del Jefe de Misión gestionara las visitas protocolares correspondientes por medio de la Dirección de Protocolo.

6. PRECEDENCIA DIPLOMÁTICA La fecha y la hora de presentación de credenciales determina la precedencia de cada categoría diplomática.

7. El cuerpo Diplomatico ocupara lugar especial en las solemnidades y fiestas a las que concurra o actos con los funcionarios del gobierno.

8. Cuando las ceremonias y actos oficiales fueren invitados altos dignatarios de caracter religioso.

9. El lugar del Cuerpo Diplomático en tales casos se regirá por las disposiciones del ceremonial especial que elabore la Dirección de Protocolo.

10. La Dirección de Protocolo tendrá a su cargo las relaciones Protocolarias entre el Ministerios de Relaciones Exteriores y el Cuerpo Diplomático acreditado en la Republica-

11. Llegada del Jefe de Misión: Misión diplomática el gobierno deberá comunicarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores con la debida anticipación la llegada del jefe de Misión.

12. POR TANTO: En uso a las atribuciones que le confiere el inciso 19 del articulo 170 de la Constitucion de la Republica.

13. Recepcion: Los jefes de Mision seran recibidos a la llegada a la capital, siendo presentados por el Ministerios de Relaciones Exteriores al presidente de la Republica.

14. Si al Jefe de Misión se le dificultare visitar al Ministro, el funcionario diplomático que envié sera quien realice la visita.

15. Para la Recepción de Misiones Especiales, la Dirección de Protocolo elaborara el Ceremonial correspondiente.

16. TRANSMISIÓN DE MANDO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA: Para el día señalado la Dirección de Protocolo elaborara un ceremonial especial y la Dirección hará las presentaciones del caso.