Recurso de Casación

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Recurso de Casación por Mind Map: Recurso de Casación

1. Solo puede fundarse en que la decisión impugnada incurrió en violación de ley, por falta de aplicación, o por errónea interpretación... La casación es parte del proceso, porque en su tramitación interviene, en todos los casos, un órgano jurisdiccional que realiza una verdadera actividad procesal; y es un acto procesal de impugnación, porque se dirige contra una resolución judicial.

1.1. Con Respecto a sus Características; es extraordinario, predominantemente público y dirigido a mantener la recta interpretación de la ley.

1.1.1. Además de ser un recurso extraordinario, la casación es un recurso extraordinario supremo que, por razones de esencia, tiene que ser atribuido a un órgano jurisdiccional único y último, es decir, de carácter singular para todo un territorio jurídico y de carácter postrero para toda una ordenación jurídica formal, como lo es, en Venezuela, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, compuesta por cinco Magistrados, de cuyas decisiones se oirá ni admitirá recurso alguno.

2. Su finalidad es corregir los vicios o errores de derecho en que hubiera podido incurrir la sentencia accionada con el objeto de asegurar la recta aplicación de la Ley y preservar la uniformidad de la jurisprudencia.

2.1. José Gabriel Sarmiento Núñez expresa que “…la casación es un recurso extraordinario y supremo, circunscrito fundamentalmente a resolver cuestiones de derecho, sin entrar directamente al fondo de la controversia. Se trata, pues, de un recurso, porque es un acto de impugnación que se ejerce contra decisiones pronunciadas en un proceso…”.

3. Interposición y Trámite

3.1. El recurso de casación debe ser interpuesto ante la Corte de Apelaciones, dentro del plazo de quince días después de publicada la sentencia

3.2. Presentado el recurso, las otras partes disponen un plazo de ocho días siguientes al vencimiento del lapso para su interposición para contestarlo y, en su caso, promover pruebas.

3.3. Dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al vencimiento de ese plazo la Corte de Apelaciones, remitirá las actuaciones al Tribunal Supremo de Justicia para que esta decida.

3.4. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dispone de un plazo de quince días siguientes al recibo de las actuaciones para pronunciarse.

3.5. Si declara por la mayoría, inadmisible el recurso manifiestamente infundado, devolverá las actuaciones da la Corte de Apelaciones de origen.

3.5.1. En caso de que se declare admisible, la sala de casación penal deberá convocar a una audiencia oral y publica que se realizara dentro de un plazo no menor de quince días ni mayor de treinta, oportunidad en la que quien haya promovido prueba tendrá la carga de su presentación, salvo que se trate del medio de preproducción previsto en el art. 334 CPC

3.6. El secretario, a solicitud del promovente, deberá expedir las citaciones u ordenes que sean necesarias, las cuales será diligenciadas por este.

3.7. La audiencia debe celebrarse con las partes que comparezcan. La palabra, para las conclusiones, será concedida primero al abogado recurrente. Se admitirá replica y contrarréplica. El tribunal supremo de justicia resolverá sobre el defecto de procedimiento, en su caso, únicamente con la prueba que incorpore en la audiencia.

3.7.1. El tribunal supremo de justicia deberá decidir al concluir la audiencia o, en caso de imposibilidad por la importancia y la complejidad de las cuestiones planteadas, dentro de los veinte días siguientes.

4. Características

4.1. Es Público

4.2. Es Extraordinario

4.3. Es Limitado

4.4. Es Formal

4.5. Es un Recurso de Impugnación

5. Naturaleza Jurídica

5.1. En cuanto al recurso de casación, la restricción en su ejercicio no es contraria al derecho a la defensa, toda vez que el citado recurso presupone, como regla, el agotamiento de la doble instancia, aparte de que constituye un recurso extraordinario, limitado legalmente, en el caso del procedimiento especial de tránsito, por razón de la cuantía. Además, si bien la ley procesal restringe el acceso a la casación, el ordenamiento constitucional consagra la acción de amparo constitucional en protección del goce y ejercicio de derechos fundamentales susceptibles de lesión o menoscabo por parte de una decisión judicial irrecurrible.

6. Efectos de la Decisión con Lugar

6.1. Decisión propia: Si estima la Sala Penal que no es necesario un nuevo debate sobre los hechos por exigencia de la inmediación y la contradicción, ante un tribunal distinto del que realizo el juicio, puede dictar una decisión propia cuando declare con lugar el recurso fundado en la inobservancia o errónea aplicación de un precepto legal.

6.2. Anulación de la sentencia impugnada y orden de celebrar nuevamente el juicio oral ante un tribunal distinto, o repones el proceso a una etapa anterior: Tiene lugar cuando la sala de casación penal de tribunal supremo de justicia declare con lugar el recurso por considerar que se incurrió en un vicio del procedimiento.

7. Efectos de la Desición sin Lugar

7.1. Si la decisión declara sin lugar el recurso, el Tribunal Supremo de Justicia deberá devolver las actuaciones a la corte de apelaciones de origen. Incorpora el legislador venezolano el principio de la doble conformidad, es decir, la inadmisibilidad de recurso alguno, si concurrieren dos sentencias absolutorias; tal prohibición se concreta en caso de que se ordene la apertura de un nuevo juicio en contra de un acuerdo que haya sido absuelto por la sentencia de primera instancia, y se dicte nuevamente a su favor una sentencia absolutoria. Si por efecto de la decisión del tribunal supremo de justicia debe cesar la privación de libertad que sufriera el acusado y este se encontrare presente en la audiencia, el tribunal deberá ordenarla de inmediato.