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DERECHOS REALES por Mind Map: DERECHOS REALES

1. Son las relaciones jurídicas e inmediatas entre una persona y una cosa

1.1. José Luis Aguilar Gorrondona, considera que el derecho real es el producto de la elaboración doctrinaria mediante la abstracción.

1.2. Roca Sastre, considera que es un derecho subjetivo que confiere a su titular poder o señorío directo e inmediato sobre una cosa determinada.

2. Derechos Reales Discutidos

2.1. Arrendaticio:  contrato suscrito entre dos partes, donde el "arrendador" se obliga a transferir el uso y goce de una cosa inmueble o mueble, a otra llamada "arrendador" por un precio cierto y determinado.

2.2. Retención: medida especial de garantía conferida por la ley a ciertos acreedores, mediante la cual conserva la cosa del deudor, hasta satisfacer ciertos créditos relacionados con la cosa misma.

2.3. Opción de Compra: contrato mediante el cual dos personas se obligan entre sí a celebrar un contrato de venta.

2.4. Tanteo: exigencia de una persona a otra de la venta de un bien concreto al precio convenido con otra.

2.5. Retracto: modo de ejercer la resolución de un contrato de venta convencional o legalmente, de acuerdo a la forma del contrato mismo o a lo establecido en la ley.

2.6. In Faciendo:  vínculo jurídico entre dos personas, donde el titular tiene el derecho de obtener del sujeto pasivo una conducta o prestación determinada.

2.7. Obligaciones Propter Rem: en ellas el obligado no se encuentra determinado sino por la cosa misma.

3. Derechos de Crédito (Personales): son los que pueden reclamarse de ciertas personas, las cuales por sí o por disposición de la Ley, han asumido obligaciones correlativas

4. Diferencias con los Derechos de Crédito

4.1. En el Derecho Real, sólo se encuentra el sujeto activo titular del derecho y una cosa objeto del mismo.  En el de Crédito, existe el sujeto activo (acreedor) y el pasivo (deudor) y el objeto del derecho (prestación debida).

4.2. En el Real, el objeto inmediato siempre es una cosa específica y presente. En el de Crédito, siempre es una conducta (prestación) del sujeto pasivo.

4.3. El Real es un derecho de exclusión frente a las demás personas.  En el de Crédito, exige la cooperación de otra persona.

4.4. E Real, es un derecho absoluto.  El de Crédito, es un derecho relativo.

4.5. En el Real, la autonomía de voluntad es menor.  En el de Crédito, es mayor.

4.6. El Real es un derecho perpetuo, su ejercicio no se extingue sino que lo perpetua.  El de Crédito es transitorio porque se extingue cuando se satisface la prestación.

4.7. El Real, goza de protección registral.  El de Crédito,no

5. Ubicación

5.1. a) Dentro de los derechos patrimoniales, en la clasificación de los derechos subjetivos.

5.2. b) Dentro de los derechos absolutos y relativos, en la clasificación de los derechos absolutos.

6. Caracteres o Atributos

6.1. Confiere a su titular facultades o poderes valorados en dinero por ser derechos subjetivos patrimoniales.

6.2. No forman parte de la "prenda común" que poseen los acreedores.

6.3. Es excluyente de otro poder igual o concurrente.

6.4. Son derechos absolutos porque pueden hacerse valer ante todos (erga omnes).

6.5. Son considerados derechos "in re"(un derecho en la cosa o sobre la cosa).

6.6. Tienen por objeto cosas determinadas, específicas o cuerpos ciertos o presentes.

7. Teorías

7.1. a) Clásica: Basada en la idea de la existencia de una relación inmediata y directa entre una persona y una cosa.

7.2. b) Obligacionista: Sostiene que todo derecho de un sujeto, supone necesariamente la obligación de otro u otros sujetos.

7.3. c) Armónica: Consiste en la relación del titular y la cosa aunado a la sanción o garantía del derecho.

8. Clasificación

8.1. Derechos Reales sobre cosa propia (la propiedad)

8.2. Derechos Reales de goce sobre cosa ajena (usufructo)

8.3. Derechos Reales de Garantía (Hipoteca, prenda, anticresis)

9. Naturaleza Jurídica

9.1. Teoría Monista (un solo tipo de derecho:reales o personales) Se subdivide en la teoría Monista Personalista y la Monista Objetivista.

9.2. Teoría Ecléctica, conformada por dos elementos : Interno (relación persona-cosa) y Externo (abstención de todos).