PROCEDIMIENTO ORDINARIO

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PROCEDIMIENTO ORDINARIO por Mind Map: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

1. SU INICIACION

1.1. De oficio (Notician criminis: La autoridad se entera del hecho punible) Art 265, 266 copp.

1.2. Por Denuncia (De persona que tenga conocimiento de la comisión de un hecho punible) Art 267 copp.

1.3. Por Querella (presentada por escrito por la persona con calidad de victima, con el fin de exhortar al Ministerio publico a que inicie el proceso) Art 274, 27, 276, 278 copp

1.4. Tiene como Finalidad establecer la verdad de los hechos (Art 13 copp)

1.5. Debate Oral y publico (art 14 y 15 copp)

1.6. Regido por el principio de Inmediación y concentración (art 16 y 17 copp)

1.7. Controlado por los órganos jurisdiccionales (tribunales)

1.8. A través de jueces naturales, independientes, autoritarios y autónomos, que tienen Obligación de decidir (Art 4, 5,6, 7 copp)

2. Fase de Investigacion

2.1. Prepara el juicio oral y publico (art 262 copp)

2.2. Recolecta elementos de convicción para fundar la acusación (art 262 copp)

2.3. El fiscal ordena iniciar la investigación sobre el hecho punible (art 282 copp)

2.4. Busca esclarecer la verdad de los hechos

2.5. El ministerio publico mediante la investigación debe dejar constancia de los elementos que sirvan para fundar la inculpación o exculpación del imputado (art 263 copp)

3. Ley del CICPC

3.1. OBJETO: regular la organización, funcionamiento y competencia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, así como la actuación de los órganos de competencia especial y de apoyo en materia de investigaciones penales.

3.2. PRINCIPIOS: principios fundamentales la disciplina, la obediencia, la cooperación y la subordinación, así como la estricta observancia de los derechos y garantías consagrados en la Constitución de la República, en los tratados internacionales suscritos por la República Bolivariana de Venezuela, en el Código Orgánico Procesal Penal, en la Ley Orgánica del Ministerio Público y en esta Ley.