NORMAS TECNICO-PEDAGOGICAS PARA EDUCANDOS CON TRASTORNOS MOTORES, segùn decreto 577/90

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NORMAS TECNICO-PEDAGOGICAS PARA EDUCANDOS CON TRASTORNOS MOTORES, segùn decreto 577/90 por Mind Map: NORMAS TECNICO-PEDAGOGICAS PARA EDUCANDOS CON TRASTORNOS MOTORES, segùn decreto 577/90

1. Procurar que se ofrezcan opciones educativas acordes a las reales necesidades de las personas que presentan trastornos motores y dificultades secundarias

2. Máximo de alumnos por curso establecido en la Ley de Subvenciones

2.1. Nivel parvulario - 8 Educandos

2.2. Nivel básico - 10 Educandos

2.3. Nivel laboral - 10 Educandos

3. Podrán cursar sus estudios a través de las siguientes formas (nivel de inteligencia y sus características individuales en relación al déficit predominante y, si lo hubiere, al déficit asociado)

4. Trastornos más frecuentes

4.1. -Parálisis Cerebral -Mielomeninoocele -Distrofia Muscular -Malformaciones Congénitas

5. Vigente en Santiago, desde el 21 de Junio de 1990