No procede la devolución o compensación del crédito fiscalpor Censat en Linea
1. Cuando se detecte que la autorización para emisión de facturas que respalden el crédito fiscal fue realizada con base a documentación falsa o elaborada con información de documentos oficiales de identidad personal o direcciones falsas o inexistentes.
2. Que el contribuyente exportador no pueda documentar o demostrar ante la Administración Tributaria, que los pagos de las facturas fueron efectivamente realizados, en caso contrario debe adjuntar a su solicitud presentada ante la SAT, la documentación que demuestre el medio de forma de pago realizados: