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LA SENTENCIA por Mind Map: LA SENTENCIA

1. APELACION

1.1. El recurso mediante el cual la parte, o los terceros que han sufrido agravio por la sentencia del Juez de primer grado de jurisdicción, provocan un nuevo examen de la relación controvertida por el Juez Superior o de segundo grado que debe dictar la sentencia final

1.1.1. REVOCACION

1.1.1.1. Solamente los autos contra los cuales no se conceda por este Código el recurso de apelación, serán revocables por el tribunal que los dictó.

1.1.1.1.1. Denegada apelación El recurso de denegada apelación procede cuando ésta se haya negado, o cuando se conceda sólo en el efecto devolutivo siendo procedente en ambos. recurso Queja El recurso de queja procede contra las conductas omisivas de los Jueces de Distrito que no emitan las resoluciones o no señalen la práctica de diligencias dentro de los plazos y términos que señale la ley, o bien, que no cumplan las formalidades o no despachen los asuntos de acuerdo a lo establecido en el Código que se analiza.

2. CAUSAS DE INADMISIVILIDAD

2.1. Cuando la parte que lo interponga carezca de legitimación para hacerlo;

2.2. Cuando el recurso se interponga extemporáneamente;

2.3. Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable o irrecurrible por expresa disposición de este Código o de la ley.

3. TIPOS DE RECURSOS

4. El recurso de revocación. Procedencia

4.1. Es un recurso no devolutivo, porque se interpone y resuelve ante el mismo órgano que dictó la decisión impugnada, por lo cual no supone desplazamiento de la competencia recursoria; y recompositivo o perfeccionador porque su objetivo no es atacar el fondo del proceso, sino perfeccionar o recomponer la relación jurídico-procesal.

4.1.1. El recurso de revocación procederá contra los autos de mera sustanciación, a fin de que el tribunal que los dictó examine nuevamente la cuestión y dicte la decisión que corresponda

5. Es el hecho resultante de una actividad del hombre, como lo es la de administrar justicia.

6. PARTES

6.1. Narrativa: Una síntesis clara, precisa y lacónica de los términos en que ha quedado planteada la controversia, sin transcribir en ella los actos del proceso que constan de autos.

6.2. Motiva: Los motivos de hecho y de derecho de la decisión. (Art. 243 Ord. 4º).

6.3. Dispositiva: Decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia. (Art. 243 Ord. 5º).

7. TIPOS

7.1. Definitivas: Son las que ponen fin a la relación procesal en una determinada instancia.

7.1.1. POR SU CONTENIDO

7.1.1.1. 1) Merodeclarativas 2) De condena 3) Constitutivas

7.2. Interlocutorias: Son aquellas que sólo recaen sobre una parte de ella (instancia), para hacer posible el curso del proceso apartando inconvenientes o estorbos procesales

8. REQUISITOS FORMALES DE FONDO

8.1. La indicación del tribunal que la pronuncia.

8.1.1. REQUISITOS FORMALES INTRÍNSECOS

8.1.1.1. • Deliberación • Documentación • Publicación (246 – 247 cpc) • Se pronuncia “en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley

8.2. 2. La indicación de las partes y de sus apoderados.

8.3. 3. Una síntesis clara, precisa y lacónica de los términos en que ha quedado planteada la controversia, sin transcribir en ella los actos del proceso que constan en autos.

8.4. 4. Los motivos de hecho y de derecho de la decisión.

8.5. 5. Decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, La determinación de la cosa u objeto sobre que recaiga la decisión

9. LOS RECURSOS

9.1. Es el procedimiento y también el acto de parte que lo inicia, que tiene por objeto una decisión jurisdiccional a la que se imputa un defecto de forma o de fondo y tiene por finalidad la corrección de tal defecto