1. Interés Superior debe ser considerado ante todas las medidas a tomar por las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, autoridades administrativas u órganos legislativos concernientes a los niños, niñas y adolescentes, es un principio de interpretación y aplicación de la LOPNNA
2. Objeto
2.1. regular los derechos y garantías, así como los deberes y responsabilidades relacionadas con la atención y protección de los niños, niñas y adolescente,
2.2. _
3. Antecedentes de la Lopna: Anexo. Ley tutelar del menor (derogada) CECODAP CNDNA
4. La LOPNNA considera a los niños, niñas y adolescentes como
4.1. personas, no como objetos
4.2. les permite opinar y participar en diferentes actividades de su interés
5. Órganos Administrativos de la LOPNNA
6. EL niño niña y adolescente son sujetos de derecho