El Amparo En El Salvador. Marco Histórico Constitucional.

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El Amparo En El Salvador. Marco Histórico Constitucional. por Mind Map: El Amparo En El Salvador. Marco Histórico Constitucional.

1. Constitución 1841

1.1. Artículo 93. Ni el Poder Legislativo ni el ejecutivo, en ningún tribunal o autoridad podrá restringir, alterar ó violar ninguna de las garantías enunciadas y cualquier poder ó autoridad que las infrinja, será responsable individualmente al perjuicio inferido y juzgado con arreglo al título 12 de responsabilidad de la Constitución, y además, será reputado como usurpador.

1.1.1. Employee

1.1.2. Employee

2. Constitución 1939

2.1. Artículo 57. Toda persona tiene derecho de pedir y obtener el amparo de la Corte Suprema de Justicia o de las Cámaras de Segunda Instancia en su caso, cuando cualquiera autoridad o individuo restrinja la libertad personal o el ejercicio de los derechos que garantiza la presente Constitución. Una ley especial reglamentará la manera de hacer efectivo este derecho.

3. Constitución 1883

3.1. Artículo 9. Todo salvadoreño está autorizado para entablar reclamaciones ante el Congreso, ante el Poder Ejecutivo, y ante cualquier autoridad competente, por infracciones de la Constitución.

4. Constitución 1885

4.1. Art. 38.- Cualquier autoridad o individuo que les restrinja su libertad personalo el ejercicio de cualquiera de los otros derechos individuales que garantiza la presente constitucion.

5. Constitución 1944

5.1. Artículo 56 (Correspondiente al 57 de la numeración anterior). Se reforma así: “Toda persona tiene derecho de pedir y obtener el amparo de la Corte Suprema de Justicia o de las Cámaras de Segunda Instancia en su caso, cuando se restrinja la libertad personal o el ejercicio de los derechos que garantiza la presente Constitución. “Una ley especial determinará los casos y forma de hacer efectivo este derecho”.

6. Constitución 1950

6.1. Artículo 222. Toda persona puede pedir amparo ante la Corte Suprema de Justicia por violación de los derechos que le otorga la presente Constitución.

7. Constitución 1886

7.1. Artículo 37. Toda persona tiene derecho de pedir y obtener el amparo de laSuprema Corte de Justicia o Cámara de Segunda Instancia, cuando cualquiera autoridado individuo restrinja la libertad personal o el ejercicio de cualquiera de los otrosderechos individuales que garantiza la presente Constitución. Una ley especialreglamentará la manera de hacer efectivo este derecho.

7.2. Primera Regulacion Procesal Para Garantizar El Regimende Garantias Individuales De La Constitucion.

7.2.1. Artículo 149. Son leyes constitutivas, las de Imprenta, la de Estado de Sitio, la de Amparo y la Electoral.Estas leyes pueden reformarse por una Asamblea constituyente, o bien por la Legislatura ordinaria, con los dos tercios de votos; pero en este caso las reformas no tendrán fuerza de ley si no fuesen ratificadas por la Legislatura ordinaria del año siguiente, con igual número de votos.

7.3. Competencia.

7.3.1. Artículo 102. Son atribuciones de la Suprema Corte de Justicia:  "11. Decretar y hacer efectivo el recurso de amparo establecido por el artículo 37 de esta Constitución, en los casos y de la manera prevenida por la ley". Artículo 103. Las atribuciones contenidas en los números 9, 10, 11 y 12 del artículo anterior, son comunes a las Cámaras de 2a. Instancia que no tengan su asiento en la capital...

8. Constitución 1945

9. Constitución 1960

9.1. Fue decretada la vigente ley de procedimientos constitucionales, la cual acomodo el amparo al texto constitucional, de tal manera que solo puede ser solicitado por el agraviado, su representante legal o mandatario.

10. Constitución 1983

10.1. Competencia

10.1.1. Art. 174.- La Corte Suprema de Justicia tendrá una Sala de lo Constitucional, a la cual corresponderá conocer y resolver las demandas de inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos, los procesos de amparo, el habeas corpus, las controversias entre el Organo Legislativo y el Organo Ejecutivo a que se refiere el Art. 138 y las causas mencionadas en la atribución 7ª del Art. 182 de esta Constitución.

10.1.2. Art. 182.- Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:

10.1.3. 1ª.-Conocer de los procesos de amparo....

11. Constitución 1962

11.1. No Vario En Nada La Disposición Constitucional Relativa Al Amparo Que Aparecía En La Constitución De 1950.