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1. Efectos

1.1. En actos de imposible reparación

1.1.1. mantener las cosas en el estado en que se encuentran

1.1.2. proceder a poner quejoso en libertad o

1.1.3. poner al quejoso a disposición del M.P.

1.2. En actos materialmente administrativos

1.2.1. No se ejecuten

1.2.2. el quejoso quedará en el lugar donde se encuentre

1.2.3. a disposición del órgano jurisdiccional de amparo

1.3. En actos que se imputen a la autoridad administrativa y a la autoridad judicial

1.3.1. No se ejecutarán, pero tomando las medidas que aseguren que el quejoso no evada la acción de la justicia

2. PROCEDENCIA Art. 107

2.1. Fracción I.- Contra normas generales

2.2. Fracción VI.-Contra actos de tribunales judiciales

2.3. Fracción V.- Contra actos en juicio cuyos efectos sean de imposible reparación

2.4. Fracción VI.- Contra actos dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas

2.5. Fracción VII.- Contra actos u omisiones del Ministerio Público

2.6. Fracción VIII.- Contra actos de autoridad que determinen inhibir o declinar la competencia o el conocimiento de un asunto

3. REQUISITOS DE LA DEMANDA ART. 108

3.1. 1.-El nombre y domicilio del quejoso

3.2. 2. El nombre y domicilio del tercero interesado

3.3. 3.-La autoridad responsable.

3.4. 4.- La norma general, acto u omisión que se reclame.

3.5. 5.- Bajo protesta de decir verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación.

3.6. 6.- Los preceptos que, conforme al artículo 1o de esta Ley, contengan los derechos humanos y las garantías cuya violación se reclame.

3.7. 7.- Los conceptos de violación

4. SUBSTANCIACIÓN Art. 112-124

4.1. Recibida la demanda tiene un un termino de 24 horas (En los supuestos de los art. 15 y 20 LA se proveerá de inmediato) para

4.1.1. emitir un acuerdo de:

4.1.1.1. Desechamiento

4.1.1.1.1. improcedencia indudable y manifiesta

4.1.1.2. Prevención al quejoso

4.1.1.2.1. subsane requisitos formales o aclare puntos de su demanda

4.1.1.2.2. en un término de 5 días hábiles

4.1.1.2.3. si no lo hace, la demanda se tendrá por no presentada

4.1.1.3. Admisión

4.1.1.3.1. requerir de las autoridades su informe justificado (término de 15 días hábiles)

4.1.1.3.2. emplazar a los terceros y al Ministerio Público

4.1.1.3.3. Señalar fecha y hora de audiencia constitucional (término de 30 días hábiles)

4.1.1.3.4. Ordenar la apertura del incidente de suspensión

5. SUSPENSIÓN ARTS. 159-169