Derecho Individual del Trabajo

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Derecho Individual del Trabajo par Mind Map: Derecho Individual del Trabajo

1. Naturaleza jurídica del derecho del trabajo

1.1. Corriente privatista

1.1.1. Si la empresa es de naturaleza PRIVADA, serán PRIVADAS también las relaciones laborales que surjan de ella.

1.1.2. Considera que las normas del trabajo protectoras de los obreros son exageradas, y desalientan la inversión como la generación de más negocios.

1.2. Corriente publicista

1.2.1. Derivado a que implica la imposición de normas jurídicas inderogables por voluntad de los particulares, imperativas e impiden la renuncia de derechos.

1.3. Derecho social

1.3.1. El derecho del trabajo es un conjunto heterogéneo de normas, que lo vuelven de naturaleza mixta.

2. Objeto, autonomía, fuentes e interpretación del derecho del trabajo

2.1. Objeto

2.1.1. Reconocer una serie de prerrogativas a la clase trabajadora.

2.2. Autonomía

2.2.1. Legislativa

2.2.2. Jurisprudencial

2.2.3. Didáctica

2.2.4. Científica

2.3. Fuentes

2.3.1. Formales

2.3.1.1. Sistema de fases sucesivas para promulgar las normas jurídicas.

2.3.2. Reales o materiales

2.3.2.1. Elementos o factores que integran el contenido de las normas de derecho, como aspiraciones o inquietudes que palpitan en la sociedad.

2.3.3. Históricas

2.3.3.1. Son los documentos que comprenden el contenido de las normas jurídicas que estuvieron en vigor en el pasado

2.3.4. Ley

2.3.4.1. Norma jurídica obligatoria, general, abstracta y resultado de un proceso legislativo.

2.4. Interpretación

2.4.1. Analogía

2.4.1.1. Consiste en inspirarse en una norma jurídica existente, para luego desprender de la misma, consecuencias diferentes de las expresadas en la norma. Busca la aplicación de la justicia.

2.4.2. Equidad

2.4.2.1. Consiste en la moderación del rigor de las leyes, atendiendo a la intención del legislador, mas que a la letra de las leyes.

3. Caracteres del derecho del trabajo

3.1. Especialidad

3.1.1. Es una ciencia homogénea, integrado por un cuerpo de normas originales, que le dan un contenido, principios e instituciones propias.

3.2. Derecho de clase

3.2.1. Es un derecho protector del proletariado, que se extiende a grandes sectores de la sociedad media profesional, que viven en dependencia económica con sus empleadores.

3.3. Carácter imperativo

3.3.1. Esta sustentado en la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, los que no pueden cederse, negociarse o retenerse.

3.4. Carácter expansivo

3.4.1. Constituye una universalidad, toda vez que su desarrollo local o nacional se ha ido ensanchando a todos los niveles y sectores de la producción económica.

4. Relación de trabajo y el contrato de trabajo

4.1. Concepto

4.1.1. La relación de trabajo es un vinculo de naturaleza legal, cualquiera que sea el acto que le de origen, mediante la prestación de un trabajo personal, subordinado, a una persona, a través del pago de un salario.

4.2. Tipos de contratación

4.2.1. Escrito

4.2.2. Verbal

4.2.3. Tácito

4.3. Modalidades

4.3.1. Tiempo indeterminado

4.3.1.1. Puede estar sujeto a prueba o a capacitación inicial.

4.3.2. Obra determinada o tiempo determinado

4.3.2.1. Artículo 36 LFT

4.3.2.1.1. El señalamiento de una obra determinada puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza.

4.3.2.2. Artículo 37 LFT

4.3.2.2.1. El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los casos siguientes.

4.3.2.3. Artículo 39

4.3.2.3.1. En las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan de ciento ochenta días, podrá establecerse un periodo a prueba, el cual no podrá exceder de treinta días, con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que se solicita. (A)

4.3.2.3.2. Se entiende por relación de trabajo para capacitación inicial, aquella por virtud de la cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios subordinados, bajo la dirección y mando del patrón, con el fin de que adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que vaya a ser contratado. (B)

4.3.3. Periodo de prueba

4.3.4. Capacitación inicial

4.4. Suspensión de la relación de trabajo

4.4.1. Art.42 LFT: Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón

4.4.1.1. 1. La enfermedad contagiosa del trabajador

4.4.1.2. 2. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo

4.4.1.3. 3. La prisión preventiva del trabajador

4.4.1.4. 4. El arresto del trabajador

4.4.1.5. 5. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los campos mencionados en el artículo 5º de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31, fracción III de la misma Constitución;

4.4.1.6. 6. La designación de los trabajadores como representante antes los organismos estatales.

4.4.1.7. 7. La falta de documentos que exijan las Leyes y reglamentos

4.4.1.8. 8. La conclusión de la temporada en el caso de los trabajadores contratados bajo esta modalidad.

4.5. Terminación de la relación de trabajo

4.5.1. Art. 53 LFT: son causas de terminación de las relaciones de trabajo

4.5.1.1. 1. El mutuo consentimiento de las partes

4.5.1.2. 2. La muerte del trabajador

4.5.1.3. 3. La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36,37 y 38

4.5.1.4. 4. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo

4.5.1.5. 5. Los casos a que se refiere el artículo 434

4.6. Rescisión

4.6.1. Extinción de la relación de trabajo por voluntad de alguna de las partes, sin responsabilidad, en virtud del incumplimiento intencional y grave de las obligaciones laborales de su contraparte.

4.7. Despido

4.7.1. Finiquito

4.7.1.1. Derechos adquiridos que generó el trabajador.

4.7.2. Liquidación

4.7.2.1. Sanciones detonadas por incumplimiento

4.7.3. Derechos del trabajador

4.7.3.1. Renunciar (finiquito)

4.7.3.2. Rescindir (liquidación)

4.7.4. Derechos del patrón

4.7.4.1. Despedir injustificadamente

4.7.4.1.1. Si existe juicio y gana el trabajador

4.7.4.2. Rescindir

4.7.4.2.1. Despido justificado (finiquito)

5. Prestaciones laborales

5.1. Prestaciones legales

5.1.1. Prima vacacional

5.1.1.1. 25% extra sobre el total del salario recibido en el periodo vacacional

5.1.2. Vacaciones

5.1.2.1. A partir del primer año completo, un trabajador tendrá derecho a 6 días de vacaciones

5.1.2.2. Se le conceden dentro de los 6 meses que sigan al cumplimiento del año de trabajo laborado

5.2. Aguinaldo

5.2.1. Anual

5.2.2. A más tardar el 20 de diciembre

5.2.3. Equivalente a 15 días de sueldo

5.3. Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU)

5.3.1. Se integra por comisión tripartita

5.3.2. Se reparte un 10% de las utilidades

5.3.2.1. El 50% tomando en cuenta los días trabajados en el año fiscal

5.3.2.2. El otro 50% tomando en cuenta el monto de los salarios devengados durante el año

5.3.3. Se pagan dentro de los 60 días siguiente a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual

5.3.4. Valoraciones para fijar el % de reparto

5.3.4.1. 1. Condiciones generales de la economía nacional

5.3.4.2. 2. Derecho de la clase empresarial de obtener una ganancia razonable

5.3.4.3. 3. Necesidad de fomentar el desarrollo industrial

5.3.5. Empresas exentas a pagar PTU

5.3.5.1. De nueva creación (1er año)

5.3.5.2. De nueva creación que elaboren producto nuevo (2 años)

5.3.5.3. De industria extractiva en el periodo de exploración

5.3.5.4. Instituciones de asistencia privada

5.3.5.5. Instituciones publicas descentralizadas

5.4. Habitación

5.4.1. Cómodas e higiénicas

5.4.2. Se cumple esta obligación aportando al INFONAVIT

5.4.2.1. Como se integra el salario base

5.4.2.1.1. Sueldo

5.4.2.1.2. Gratificaciones

5.4.2.1.3. Percepciones

5.4.2.1.4. Alimentación y habitación

5.4.2.1.5. Primas

5.4.2.1.6. Comisiones

5.4.2.1.7. Especie

5.4.2.2. Prestaciones salariales que no integran el salario base

5.4.2.2.1. Instrumentos de trabajo

5.4.2.2.2. Ahorro

5.4.2.2.3. Premios por asistencia

5.4.2.2.4. Pagos por horas extras

5.4.2.2.5. Cuotas del IMSS

5.4.3. 5% de los salarios de los trabajadores

5.4.4. Prohibiciones

5.4.4.1. Usar la habitación para fines distintos a los estipulados

5.4.4.2. Subarrendar las habitaciones

5.5. Capacitación (a) y adiestramiento (b)

5.5.1. a. Aprender desde cero

5.5.2. b. aumentar la capacidad en el rubro

5.5.3. Objeto

5.5.3.1. Actualizar conocimientos y habilidades de los trabajadores

5.5.3.2. Preparalo para un puesto vacante

5.5.3.3. Prevenir riesgos de trabajo

5.5.3.4. Incrementar la productividad

5.5.3.5. Mejorar la aptitud del trabajador

5.6. Prima de antigüedad

5.6.1. Importe de doce días de salario, por cada año de servicios

5.6.1.1. Si gana más del doble del salario mínimo, se le pagara hasta el doble del salario mínimo

5.6.1.2. En caso de despido injustificado se le dará la prima de antigüedad

6. Riesgos de trabajo

6.1. Tipos

6.1.1. Enfermedad profesional (Acción continuada)

6.1.1.1. Todo estado patologico dericado de la accion continuada de una causa que tenfa su origen o mtico en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

6.1.2. Accidentes de trabajo (ejecución instantanea)

6.1.2.1. Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio

6.1.3. Accidente de trayecto

6.1.3.1. Se produce al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de este aquel

6.2. Incapacidades

6.2.1. Temporal

6.2.1.1. Perdida de facultades o aptitudes que imposibilitad a una persona para desempeñar su trabajo por algún motivo

6.2.1.2. La indemnización consistirá en el pago integro del salario que deje de percibir mientras subsista la imposibilidad de trabajar

6.2.1.2.1. Desde el primer día de incapacidad y hasta 3 eses, con posibilidad de prorrogarse 3 meses más

6.2.2. Permanente parcial

6.2.2.1. Disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajador

6.2.2.2. La indemnización consistirá en el pago del tanto porcino, que diga la tabla de valuación de incapacidades, calculado sobre el importe que debería pagarse si la incapacidad hubiese sido permanente total

6.2.3. Permanente total

6.2.3.1. Perdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita

6.3. Murte profesional

6.3.1. Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios

6.3.2. Cantidad equivalente al importe de 5000 días de salario

7. Sindicatos

7.1. Asociación constituida, que legalmente constituida es una persona moral para adquirir bienes muebles e inmuebles.

7.1.1. Sindicato de trabajadores (20)

7.1.1.1. De empresa

7.1.1.1.1. Formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa.

7.1.1.2. Gremiales

7.1.1.2.1. Formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad

7.1.1.3. De industria

7.1.1.3.1. Formados por trabajadores que presten sus servicios dos o más empresas de la misma rama industrial

7.1.1.4. Nacionales de industria

7.1.1.4.1. Formados por trabajadores que presten sus servicios en una o varias empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o más entidades federativas

7.1.1.5. De oficios validos

7.1.1.5.1. Formados por trabajadores de diversas profesiones. Estos sindicatos sólo podrán constituirse cuando en el municipio de que se trate, el número de trabajadores de una misma profesión se menor de veinte.

7.1.2. Sindicato de patrones (3)

7.1.2.1. Nacionales

7.1.2.2. No nacionales

7.2. Como se registran

7.2.1. En la secretaria de trabajo y prevención social, una vez que se haya registrado un sindicato, enviará copia de la resolución a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje

8. Evolución del derecho del trabajo

8.1. Evolución internacional

8.1.1. Mundo antiguo

8.1.1.1. Código Hammurabi

8.1.1.1.1. Facultaba a quien prestaba un servicio a cobrar un salario por él.

8.1.1.2. Pueblo hebreo

8.1.1.2.1. Descanso semanal obligatorio.

8.1.2. Mundo clásico

8.1.2.1. Locatio conductio operarum

8.1.2.1.1. Convenio por el cual un hombre libre presta sus servicios a otro, por un cierto tiempo y a cambio de una remuneración.

8.1.2.2. Locatio conductio rei

8.1.2.2.1. Arrendamiento de cosas, animales o esclavos.

8.1.2.3. Locatio conductio operis

8.1.2.3.1. Una persona encarga a otra la ejecución de una obra con sus propios dependientes y bajo su responsabilidad.

8.1.3. Mundo medievo

8.1.3.1. Gremios

8.1.3.1.1. Asociaciones profesionales por ramas para defender sus intereses y mantener un equilibrio en el mercado.

8.1.4. Surgimiento al capitalismo

8.1.4.1. Época de represión

8.1.4.1.1. Ley chapalier de 1791 (prohibió la coalición profesional y la huelga considerada como delito).

8.1.4.2. Época de tolerancia

8.1.4.2.1. Avances con las tradeunions en Inglaterra, y creación del seguro social en Alemania por Otto Von Bismarck.

8.1.4.3. Época de institucionalización

8.1.4.3.1. Abolición de la esclavitud, manifiesto comunista de Marx y revolución rusa.

8.2. Evolución en México

8.2.1. Pueblo azteca

8.2.1.1. Se reguló el trabajo libre en forma privada.

8.2.2. Colonia

8.2.2.1. Leyes de indias (apoyo a los indígenas)

8.2.3. México independiente

8.2.3.1. Abolición de la esclavitud e independencia de España

8.2.3.2. Constitución de apatzingán (regulo por primera vez la libertad de trabajo, industria y comercio)

8.2.4. Porfiriato

8.2.4.1. Huelgas de Cananea y Río Blanco (1906)

8.2.5. Revolución mexicana

8.2.5.1. Constitución Política de 1917 (Arts. 5 y 123)

8.2.5.1.1. Jornada de trabajo

8.2.5.1.2. Aguinaldo

8.2.5.1.3. Sindicatos

8.2.5.1.4. Trabajo de las mujeres

8.2.5.1.5. Vivienda

8.2.5.1.6. Vacaciones

8.2.5.1.7. Despidos

8.2.5.1.8. Huelgas

8.2.5.1.9. Trabajo de los menores

8.2.5.1.10. Contrato colectivo de trabajo

9. Principios formativos del derecho del trabajo

9.1. Libertad de trabajo

9.1.1. Derecho para dedicarse a la profesión, industria, comercio o actividad de su preferencia siempre que sea efectivamente como lo han dicho.

9.2. Libertad sindical

9.2.1. Derecho de asociarse profesionalmente en sindicatos que defiendan sus intereses

9.3. Dignificación del trabajo

9.3.1. Deber del patron de procurar la integridad de sus trabajadores y el respecto cabal de su persona.

9.4. Estabilidad en el empleo

9.4.1. Total certidumbre respecto a la permanencia del trabajo, ya que la relación solo podrá quebrantarse por causas graves (rescisión) y por voluntad del trabajador (renuncia)

9.5. Progresión racional

9.5.1. Deber del legislador de crear un sistema de normas jurídicas que se encuentre en constante revisión y mejoría para adecuarlo a las necesidades actuales del obrero.

9.6. El trabajo no es una mercancía

9.6.1. El trabajo no puede considerarse un bien en el mercado

9.7. ¿Libertad contractual?

9.7.1. Existe pero no de manera absoluta porque es mutua (libertad para contratar y ser contratado)

9.8. In dubio pro-operario

9.8.1. En caso de duda prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador. (no aplica en lo procesal, solo en lo sustantivo)

9.9. Igualdad salarial

9.9.1. A trabajo igual, corresponde salario igual

10. Derecho individual del trabajo

10.1. Sujetos de la relación de trabajo

10.1.1. Patrones

10.1.1.1. Tipos

10.1.1.1.1. Directo

10.1.1.1.2. Beneficiario o solidario

10.1.1.1.3. Sustituto

10.1.1.1.4. Comunal

10.1.1.1.5. Intermediario (contratista)

10.1.1.1.6. Subcontratista

10.1.1.2. Obligaciones

10.1.1.2.1. 1. Cumplir con normas de trabajo

10.1.1.2.2. 2. Pagar sueldos e indemnizaciones

10.1.1.2.3. Proporcionar instrumentos de trabajo

10.1.2. Trabajadores

10.1.2.1. Elementos esenciales

10.1.2.1.1. Persona física

10.1.2.1.2. Alteridad

10.1.2.1.3. Prestación de un trabajo

10.1.2.1.4. Que esta prestación sea de índole personal

10.1.2.1.5. Subordinación

10.1.2.1.6. Remuneración (salario)

10.1.2.1.7. Disponibilidad (jornada)

10.1.2.2. Clasificación

10.1.2.2.1. Ordinarios

10.1.2.2.2. De confianza

10.1.2.2.3. Especiales

10.1.2.2.4. Muy especiales

10.1.2.3. Derechos esenciales

10.1.2.3.1. Sindicales

10.1.2.3.2. Personales

10.1.2.3.3. Retributivos

10.1.2.4. Obligaciones

10.1.2.4.1. Observar medidas preventivas

10.1.2.4.2. Desempeñar el trabajo contratado

10.1.2.4.3. Ejecutar el trabajo con intensidad y esmero

10.1.2.4.4. Dar aviso al patrón de sus faltas

10.1.2.4.5. Observar buenas costumbres

10.1.2.4.6. Guardar secretos de fabricación o comercialización

11. Condiciones de trabajo

11.1. Puesto

11.1.1. Precisar en forma amplia la actividad que realizara

11.2. Lugar

11.2.1. Donde trabajará y donde será necesario que se le envié y así mismo donde el patrón lo necesite

11.3. Jornada

11.3.1. Diurna

11.3.1.1. 8 horas max (6:00 am - 20:00 pm)

11.3.2. Nocturna

11.3.2.1. 7 horas max (20:00 pm - 6:00 am)

11.3.3. Mixta

11.3.3.1. 7 horas y media max (nocturnas no mayor a 3 horas sino se convierte en nocturna)

11.3.4. Jornada continua

11.3.4.1. 8 horas seguidas con 30 minutos de descanso (7:30 horas efectivas)

11.3.5. Jornada discontinua

11.3.5.1. 4 horas y 4 horas (8 horas efectivas)

11.4. Horas extras

11.4.1. Primera regla

11.4.1.1. Siniestro, peligro de vida o existencia, prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable.

11.4.1.1.1. Nos se pagan como sanción, sino solo como hora normal

11.4.2. Segunda regla

11.4.2.1. Demás circunstancias extraordinarias

11.4.2.1.1. No excede de 3 horas diarias

11.4.2.1.2. No excede de 3 veces por semana

11.4.2.1.3. Se pagan al doble

11.4.3. Tercera regla

11.4.3.1. Cuando se labore por más de 9 horas

11.4.3.1.1. Se pagan al 200%

11.5. Días de descanso

11.5.1. Por cada 6 días de trabajo disfrutara de 1 día de descanso obligatorio

11.5.1.1. Prima dominical por trabajar el domingo

11.5.1.1.1. 25% del salario

11.5.1.2. Si su día de descanso es el domingo y trabajo el domingo se le paga el triple más su prima dominical más lo que cobra por un día de trabajo

11.5.1.3. Si es un día normal el día de descanso y lo trabajo se le paga lo que cobra por día más el doble de su día

11.5.1.4. Es una prestación y una condición el día de descanso

11.6. Salario

11.6.1. Retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo

11.6.1.1. Tipos de acuerdos para el pago

11.6.1.1.1. Unidad de tiempo

11.6.1.1.2. Unidad de obra

11.6.1.1.3. Por comisión

11.6.1.1.4. A precio alzado

11.6.1.2. Prestaciones

11.6.1.2.1. Cuota diaria

11.6.1.2.2. Gratificaciones

11.6.1.2.3. Percepciones

11.6.1.2.4. Habitación

11.6.1.2.5. Comisiones

11.6.1.2.6. Primas

11.6.1.3. Plazo de pago

11.6.1.3.1. Por semana

11.6.1.3.2. Por quincena

11.6.1.4. Salario variable

11.6.1.4.1. cuando el salario es variable se promediarán las percepciones obtenidas en los 30 días efectivamente trabajados o en el promedio del año.

11.6.1.5. Clases

11.6.1.5.1. Mínimo general

11.6.1.5.2. Mínimo profesional

12. Trabajos especiales

12.1. Muy especiales

12.1.1. Embarazadas

12.1.1.1. Trabajos prohibidos

12.1.1.1.1. labores insalubres o peligrosos

12.1.1.1.2. Trabajo nocturno industrial

12.1.1.1.3. Establecimientos comerciales o de servicio después de las 10:00 pm

12.1.1.1.4. Horas extras, contingencia sanitaria

12.1.1.2. Derechos

12.1.1.2.1. Preparto 6 semanas

12.1.1.2.2. Posparto 6 semanas

12.1.1.2.3. Lactancia 6 semanas, 2 reposos de media hora

12.1.1.2.4. No realizar trabajos de fuerza

12.1.1.2.5. Guarderías proporcionadas por el IMSS

12.1.1.2.6. Disfrutar el salario integro durante periodos de descanso

12.1.2. Menores de 18 años

12.1.2.1. Edad mínima

12.1.2.1.1. de 15 a 18 con certificado médico

12.1.2.1.2. menores de 16 con autorización de padres

12.1.2.2. Prohibiciones

12.1.2.2.1. Menores de 18

12.1.2.2.2. Menores de 16

12.1.2.3. Derechos

12.1.2.3.1. Jornada de trabajo no podrá exceder de 6 horas diarias, dividirse en periodos máximos de tres horas

12.1.2.3.2. Gozarán de reposos de 1 hora en la jornada de trabajo

12.1.2.3.3. Periodo anual de vacaciones de 18 días laborables

12.1.2.3.4. Capacitación y adiestramiento

12.2. Especiales

12.2.1. De confianza

12.2.2. Buques

12.2.3. Tripulaciones aeronáuticas

12.2.4. Ferrocarrilero

12.2.5. Autotransportes

12.2.6. Maniobras de servicio publico en zona federal

12.2.7. Campo

12.2.8. Agentes de comercio y otros semejantes

12.2.9. Deportistas profesionales

12.2.10. Actores y músicos

12.2.11. A domicilio

12.2.12. Domésticos

12.2.13. Minas

12.2.14. Hoteles, restaurantes y bares

12.2.15. Industria familiar

12.2.16. Médicos residentes

12.2.17. Universidades

13. Calculo

13.1. Puntos finos

13.1.1. Siempre que el salario es variable, es necesario obtener el salario mensual, para a su vez conocer el salario diario

13.1.2. Unicamente las indemnizaciones se pagan conforme salario integrado (despido injustificado, rescisión, riesgos de trabajo)

13.1.3. Las prestaciones laborales se pagan conforme salario percibido (vacaciones, prima vacacional, aguinaldo)

13.1.4. En los casos de calculo de proporcionales es recomendable efectuarlo según la regla de tres

13.1.5. Utilizar todos los dígitos para que sea exacto

13.2. Formulario

13.2.1. Indemnización constitucional

13.2.1.1. 90 días

13.2.2. Prima de antiguedad

13.2.2.1. 12 días de salario por numero de años laborados (con tope salarial)

13.2.2.2. 20 días por cada año cuando pasa de los 15 años

13.2.3. Aguinaldo proporcional

13.2.3.1. 15 / 365 x S.C.D. x # días desde el 1ero de enero al dia del despido

13.2.4. Vacaciones

13.2.4.1. # días de vacaciones / 365 x S.C.D. x # días trabajados desde que se cumplio un año de periodo vacacional

13.2.5. Prima vacacional

13.2.5.1. # de vacaciones x 25%

13.2.6. Salarios caidos

13.2.6.1. Primer año de juicio

13.2.6.1.1. 365 x S.C.D. o # de días desde el despido

13.2.6.2. Después del primer año de juicio

13.2.6.2.1. 450 x S.C.D. x .02 / 30 x días que sobrepase el 1er año desde el despido

13.3. Indemnizaciones

13.3.1. Fijo

13.3.1.1. Siempre sabes lo que vas a ganar

13.3.2. Variable

13.3.2.1. Destajo, unidad de obra y comisionistas

13.3.2.1.1. Promedio de las percepciones obtenidas en el periodo de los últimos 30 días efectivamente laborados

13.3.2.2. Agentes de comercio o semejantes

13.3.2.2.1. Promedio de los últimos 30 días laborados

14. Huelga

14.1. Concepto

14.1.1. Suspensión de labores, llevada a cabo por una coalición de trabajadores, que son los sindicatos.

14.1.2. Debe limitarse al mero acto de la suspensión del trabajo.

14.2. Derecho de huelga

14.2.1. Exclusivamente para los trabajadores y para ejercitarlo es indispensable un mecanismo que son los sindicatos de trabajadores

14.3. Clasificación

14.3.1. Licitas

14.3.2. Justificadas

14.3.3. Legalmente existentes