LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

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LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS par Mind Map: LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

1. TÍTULO PRIMERO Capítulo I: Objeto, ámbito de aplicación y sujetos de la ley

1.1. De los Artículo 1° al 5°, se establece el objeto de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), principios y obligaciones de los servidores públicos y los sujetos obligados a la LGRA.

2. TÍTULO PRIMERO Capítulo II: Principios y directrices que rigen la actuación de los Servidores Públicos

2.1. Los Artículos 6 y 7, asientan que los entes públicos se obligan a mantener condiciones estructurales y normativas para propiciar una actuación de ética y principios por parte de los servidores públicos; además de establecer las directrices en su actuar.

3. TÍTULO PRIMERO Capítulo III: Autoridades competentes para aplicar la presente Ley

3.1. Del artículo 8 al 14, se informa de las autoridades de la Federación y demás organismos que serán competencia para aplicar la ley; como las Secretarías de Estado, sus Órganos Internos de Control, la Auditoría Superior, las Entidades de fiscalización de las entidades federativas, los tribunales, etcétera.

4. TÍTULO SEGUNDO: Mecanismos de Prevención e Instrumentos de rendición de cuentas Capítulo I: Mecanismos Generales de Prevención

4.1. Del Artículo 15 al 23, Se contempla que las Secretarías y Órganos de Control implementarán acciones y lineamientos para prevenir faltas administrativas y hechos de corrupción; como los códigos de ética que deben ser observados por los servidores públicos. Los Órganos interno de control deben subsanar las observaciones que haga el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (CCSNA) e informar a dicho Órganos sus avances.

5. TÍTULO SEGUNDO Capítulo II: De la integridad de las personas morales

5.1. Los Artículos 24 y 25, establecen las sanciones a las personas morales derivadas de actuaciones vinculadas con faltas administrativas graves realizadas por personas físicas en su representación; para ello se considerará sin cuentan con una política de integridad considerando elementos como Manual de Organización y Procedimientos, Código de Conducta, sistemas de control y auditoría, de denuncia, de capacitación y entrenamiento.

6. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III: De los instrumentos de rendición de cuentas SECCIÓN PRIMERA Del sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal

6.1. Del Artículo 26 al 31, Se establece que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, será responsable del sistema de evolución patrimonial, declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a través de la Plataforma digital; para en caso sea solicitada por el Ministerio Público, asimismo, las Secretaría y los Órganos de control interno están obligados a verificar las declaraciones patrimoniales y mantener actualizada esta información de los declarantes.

7. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III: De los instrumentos de rendición de cuentas SECCIÓN SEGUNDA: De los sujetos obligados a presentar declaración patrimonial y de intereses

7.1. En el Artículo 32 se establece que todos los servidores públicos están obligados a presentar sus declaraciones patrimoniales y de intereses bajo protesta de decir verdad.

8. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III: De los instrumentos de rendición de cuentas SECCIÓN TERCERA: Plazos y mecanismos de registro al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal

8.1. Del Artículo 33 al 42, se manifiestan los plazos y los mecanismos para presentar la declaración de situación patrimonial, a través de medios electrónicos que serán investigadas o auditadas para verificar la evolución del patrimonio de los declarantes; quienes también están obligados a proporcionar a las Secretarías y Órganos de control interno la información de sus cónyuges, concubinas y dependientes económicos directos.

9. TÍTULO SEGUNDO Sección Cuarta Capítulo III: De los instrumentos de rendición de cuentas Régimen de los servidores públicos que participan en contrataciones públicas

9.1. En el Artículo 43 se especifica que los servidores públicos que intervengan en contrataciones públicas, sus nombres serán incluidos en la Plataforma digital nacional y dicha información será pública.

10. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III: De los instrumentos de rendición de cuentas Sección quinta Del protocolo de actuación en contrataciones

10.1. En los Artículos 44 y 45 se establece que el Comité Coordinador expedirá el protocolo de actuación de los servidores públicos, para que los particulares manifiesten vínculos, relaciones de negocios y posibles Conflictos de Interés que pudieran existir, y estos sean reflejados en la Plataforma digital nacional. Estos procedimientos serán vigilados por los Órganos internos de Control.

11. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III: De los instrumentos de rendición de cuentas Sección sexta De la declaración de intereses

11.1. Los Artículos del 46 al 48, abordan el tema de la declaración de intereses que los servidores públicos deben presentar junto con la declaración patrimonial, para determinar cuando éstos entran en conflicto con su función, conforme a los plazos establecidos en el Artículo 33 o cuando pueda actualizar un posible Conflicto de Interés.

12. TÍTULO TERCERO Capítulo I De las Faltas administrativas no graves de los Servidores Públicos

12.1. En los Artículos 49 y 50, se establecen las faltas administrativas consideradas no graves que de manera negligente un servidor público haya recibo recursos públicos sin demostrar derecho a ello, deberán reintegrar los recursos en un plazo de 90 días a la SHCP, en caso de que el daño haya sido resarcido, la autoridad podrá abstenerse de imponer sanción.

13. TÍTULO TERCERO Capítulo II De las faltas administrativas graves de los Servidores Públicos

13.1. Del Artículo 51 al 64, se establecen las faltas administrativas consideradas graves en la que puede incurrir un servidor público, como puede ser el cohecho, peculado, desvío de recursos, utilización indebida de la información, abuso de funciones, conflicto de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto, tráfico de influencias, encubrimiento y desacato.

14. TÍTULO TERCERO Capítulo III De los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves

14.1. Del Artículo 65 al , se mencionan los actor particulares que tienen que ver con faltas administrativas graves, como lo es el soborno, participación ilícita en procedimientos administrativos, tráfico de influencias, utilización de información falsa, colusión, uso indebido de recursos públicos y contratación indebida de ex Servidores Públicos.

15. TÍTULO TERCERO Capítulo IV De las Faltas de particulares en situación especial

15.1. En el Articulo 73, los candidatos a ocupar cargos en el servicio público que exijan soliciten, acepten o reciban recursos con la promesa de ofrecer ventaja una vez que se obtenga el cargo de servidor público, pueden ser sancionados por incurrir en faltas administrativas graves.

16. TÍTULO TERCERO Capítulo V De la prescripción de la responsabilidad administrativa

16.1. En el Artículo 74, se establece que las faltas administrativas no graves prescriben en 3 años, mientras que las faltas administrativas graves o faltas de particulares tienen un plazo de 7 años.

17. LIBRO PRIMERO DISPOSICIONES SUSTANTIVAS

18. TÍTULO CUARTO Capítulo I Sanciones por faltas administrativas no graves

18.1. En el Artículo 75 se plasman el tipo de sanciones que impondrán por faltas administrativas no graves, la Secretaría o los Órganos de control interno; que van desde una amonestación pública o privada, hasta una inhabilitación temporal, dependiendo del empleo, cargo o comisión del servidor público, si es o no reincidente.

19. TÍTULO CUARTO Capítulo II Sanciones para los Servidores Públicos por Faltas Graves

19.1. Los Artículos 78 y 80, se exponen las sanciones que se impondrán por faltas consideradas graves, y van desde la suspensión del empleo, cargo o comisión, de 30 a 90 días, inhabilitación de uno a veinte años, dependiendo el monto de la afectación; sanciones económicas, indemnización por daños y perjuicios.

20. TÍTULO CUARTO Capítulo III Sanciones por Faltas de particulares

20.1. Del Artículo 81 al 83, se exponen las sanciones administrativas que se pueden imponer por faltas de particulares por comisión; las personas físicas pueden recibir una sanción económica, inhabilitación temporal y/o indemnización por daños y perjuicios, a las personas morales se suma la suspensión de actividades y la disolución de la sociedad respectiva; para ello, se considerarán elementos como el grado de participación y el monto del beneficio.

21. TÍTULO CUARTO Capítulo IV Disposiciones comunes para la imposición de sanciones por faltas administrativas graves y Faltas de particulares

21.1. Del Artículo 85 al 89, se exponen las reglas para la imposición de sanciones económicas, de embargo precautorio o reducción, por faltas graves y faltas de particulares.

22. TÍTULO PRIMERO Capítulo I Inicio de la investigación

22.1. Del Artículo 90 al 93, se establecen los mecanismos para la investigación que puede iniciarse por oficio o denuncia, facilidades para que cualquier persona pueda presentar su denuncia y que datos o indicios debe contener esta última.

23. TÍTULO PRIMERO Capítulo II De la Investigación

23.1. De los Artículos 94 al 99, se establece que las autoridades deberán iniciar auditorías o investigaciones de oficio independientemente de las denuncias, teniendo acceso a toda la información necesaria y las personas físicas o morales deben atender cualquier tipo de requerimientos que formulen las autoridades investigadoras, quienes tienen la autoridad de establecer multas, solicitar apoyo de la fuerza pública y un arresto de hasta por 36 horas.

24. TÍTULO PRIMERO Capítulo III De la calificación de Faltas administrativas

24.1. En el Artículo 100 y 101, se determina la existencia o inexistencia de hechos para calificar las faltas como graves o no graves; en caso de que no existan pruebas que determinen algún daño o perjuicio a la Hacienda Pública Federal, la autoridad se abstendrá de iniciar cualquier procedimiento.

25. TÍTULO PRIMERO Capítulo IV Impugnación de la calificación de faltas no graves

25.1. Del Artículo 102 al 110, se establece que las faltas calificadas como No Graves podrán ser impugnadas por el denunciante, mediante un escrito que contenga el nombre, domicilio, fecha, razones y fundamentos por lo que se considere una calificación como indebida y la firma autógrafa del denunciante; en caso de que el escrito presente deficiencias, este deberá ser subsanado por el recurrente.

26. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Primera Principios, interrupción de la prescripción, partes y autorizaciones

26.1. Del Artículo 111 al 119, se establecen los principios de legalidad, presunción de inocencia, imparcialidad, objetividad, congruencia, etcétera; que la autoridad que realice la investigación deberá ser diferente a la que se encomiende la substanciación y que las partes pueden autorizar a personas con capacidad legal para oír y recibir notificaciones, interponer recursos y cualquier acto necesario para su defensa; asimismo, se establecen los días y horas hábiles para los procedimientos de responsabilidad administrativa.

27. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Segunda Medios de apremio

27.1. En el Artículo 120, 121 y 122, se determina que se aplicará una multa de 100 a 150 veces el UMA hasta podría alcanzar los 2000 UMA; arresto por 36 horas y solicitar auxilio de fuerza pública para imponer la orden; no necesariamente se seguirá ese orden.

28. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Tercera Medidas cautelares

28.1. Del Artículo 123 al 129, se determina que en la investigación se puede solicitar a la autoridad resolutora que decrete medidas cautelares para evitar efectos perjudiciales y que obstaculicen del adecuado procedimiento, mediante escrito fundamentado y documentado, dando vista a todos los directamente afectados; se puede decretar la suspensión temporal del servidor público, exhibición de documentos oficiales relacionados con la falta administrativa, apercibimiento de multa de 100 a 150 UMA para conminar a los presuntos responsables, embargo precautorio de bienes y las que sean necesarias para evitar el daño.

29. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Cuarta De las pruebas

29.1. De los Artículos 130 al 143, se informa la forma en que deben presentarse y ser valoradas las pruebas, deben ser obtenidas lícitamente y con respeto a los derechos humanos, su valoración debe ser lógica, crítica y con estricta responsabilidad; asimismo, el silencio de los imputados no se debe considerar como prueba.

30. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Quinta De las pruebas en particular

30.1. Del Artículo 144 al 181, se especifica que las pruebas pueden ser testimonios responsabilidad de las partes, si se trata de servidores públicos de nombramiento o elección popular pueden presentar su testimonio por escrito. Las pruebas documentales pueden ser escritas, visuales o auditivas, públicas o privadas y deben presentarse en original, pudiendo ser evaluados por peritos expertos.

31. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Sexta De los incidentes

31.1. Los Artículos 182, 183 y 184, hablan de los incidentes que tengan relación con las pruebas, tachar testigos o para reclamar la nulidad del emplazamiento.

32. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Octava De las notificaciones

32.1. Del Artículo 187 al 193, se establece el procedimiento para las notificaciones que en caso de que sean personales surtirán efectos al día hábil siguiente en que se realicen; en el caso de las notificaciones por estrados surtirán efecto dentro de los 3 días hábiles de colocados en el lugar.

33. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Novena De los Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa

33.1. En los Artículos 194 y 195, se informa de la forma de emisión del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, con los elementos que debe contener y en caso de que adolezca de alguno de esos elementos la Autoridad substanciadora prevendrá a la Autoridad investigadora que se subsane en un término de 3 días.

34. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Décima De la improcedencia y el sobreseimiento

34.1. En los Artículos 196 y 197, se establecen las causas de improcedencia o sobreseimiento del procedimiento de responsabilidad administrativa.

35. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Décimo Primera De las audiencias

35.1. En los Artículos 198 y 199, se establece que las audiencias serán públicas, sin interrupción, en orden y con respeto; se sancionará cualquier acto contrario a ello, pudiendo pedir apoyo a la fuerza pública.

36. TÍTULO SEGUNDO Capítulo I Sección Décimo Segunda De las actuaciones y resoluciones

36.1. Del Artículo 200 al 207, se establece las reglas para la elaboración de expedientes por parte de las autoridades; asimismo, como las resoluciones deben estar debidamente firmadas por las autoridades y estos no podrán ser modificados después de firmados.

37. TÍTULO SEGUNDO Capítulo II Del procedimiento de responsabilidad administrativa ante las Secretarías y Órganos internos de control

37.1. En el Artículo 208, se establece todo el procedimiento que deberán realizar la Autoridad substanciadora e investigadora respecto a las Faltas administrativas no graves

38. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III Del procedimiento de responsabilidad administrativa cuya resolución corresponda a los Tribunales

38.1. El Artículo 209 dispone el procedimiento que deberán realizar los Tribunales tendientes a la resolución de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares.

39. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III Sección Primera De la revocación

39.1. Del Artículo 210 al 212, se refiere a la forma en que los Servidores Públicos que resulten responsables de Faltas administrativas no graves, pueden interponer recurso de revocación por escrito que pueda suspender la ejecución de la resolución en caso de que no se siga perjuicio al interés social ni contravengan disposiciones de orden público.

40. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III Sección Segunda De la Reclamación

40.1. Los Artículos 213 y 214, previenen la forma en que pueden proceder los recursos de reclamación en contra de las resoluciones de las autoridades substanciadoras o resolutoras; este recurso se interpondrá ante dichas autoridades y su resolución no admitirá recurso legal alguno.

41. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III Sección Tercera De la Apelación

41.1. Del Artículo 215 al 219, los responsables o terceros pueden impugnar las resoluciones emitidas por los Tribunales con forme a sus leyes orgánicas, el cual será resuelto en un plazo de 3 días hábiles y solo en caso de que se revoque la sentencia, se pueden restituir los derechos a los que fue privado.

42. TÍTULO SEGUNDO Capítulo III Sección Cuarta De la Revisión

42.1. En los Artículos 220 y 221, se establece que las resoluciones de los Tribunales pueden ser impugnadas por la Secretaría de la Función Pública, Órganos de control interno o la Auditoría Superior de la Federación, mediante el recurso de revisión por escrito dentro de los 10 días hábiles en que surta efecto la notificación; lo mismo que las sentencias de los Tribunales de entidades federativas, conforme a sus leyes locales.

43. TÍTULO SEGUNDO Capítulo IV De la Ejecución Sección Primera Cumplimiento y ejecución de sanciones por Faltas administrativas no graves

43.1. En los Artículos 222 y 223, se establece que las sanciones por Faltas administrativas no graves se ejecutarán de inmediato, en el caso de los Servidores Públicos de base la suspensión y destitución será ejecutada por el titular del Ente público correspondiente.

44. TÍTULO SEGUNDO Capítulo IV Sección Segunda Cumplimiento y ejecución de sanciones por Faltas administrativas graves y Faltas de particulares

44.1. En los Artículos 224 y 225 , se establece que las sanciones económicas constituirán créditos fiscales a favor de Hacienda Pública Federal, local o municipal o del patrimonio de los entes públicos; el Magistrado comunicará la sentencia para su cumplimiento. Si el titular del Ente público o cualquier autoridad obligada a cumplir las disposiciones causará responsabilidad administrativa.

45. LIBRO SEGUNDO DISPOSICIONES ADJETIVAS