inhabilidades de la contratación

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inhabilidades de la contratación par Mind Map: inhabilidades de la contratación

1. se encuentran varios tipos

1.1. El contrato de compra - venta

1.1.1. Por el cual el vendedor se obliga a entregar una cosa, a cambio del pago de un precio por el comprador.

1.1.2. Este modelo sirve para formalizar en documento privado la venta de todo tipo de bienes.

1.2. El contrato mutuo

1.2.1. donde intervienen

1.2.1.1. Mutuante: quien presta o transfiere una suma de dinero o de otras cosas fungibles

1.2.1.1.1. tiene la obligacion de

1.2.1.2. Mutuatario: persona que recibe una suma de dinero u otras cosas fungibles.

1.2.1.2.1. tiene la obligacion de

2. CONTRATACIÓN PRIVADA

2.1. Acuerdo entre dos partes jurídicas o naturales diferentes.

2.1.1. donde mediante

2.1.1.1. Un documento registran.

2.1.1.1.1. Los datos de la negociación.

2.1.1.1.2. Las condiciones.

2.1.1.1.3. El pago.

2.1.2. El contrato de arrendamiento

2.1.2.1. modelo

2.1.2.1.1. Contrato de arriendo de vivienda en propiedad horizontal.

2.1.2.1.2. Contrato de arriendo de vivienda (fuera de propiedad horizontal).

2.1.2.1.3. Contrato de arriendo de local comercial en propiedad horizontal.

2.1.2.1.4. Contrato de arriendo de oficina en propiedad horizontal.

2.1.2.1.5. Contrato de arriendo de local comercial (fuera de propiedad horizontal).

2.1.2.1.6. Contrato de arriendo de oficina (fuera de propiedad horizontal).

2.2. Básicamente es un acuerdo formal entre las partes involucradas.

2.2.1. donde puede haber

2.2.1.1. Flexibilización de términos.

2.2.1.2. Condiciones acordadas en común.

3. B. Como los valores determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades públicas expresados en SMLM.

4. 4.2. Propósito y consecuencias. Las consecuencias sobrevivientes inhabilidades o incompatibilidades son: para el contratista ceder o renunciar al contrato, para el proponerte renunciar a la participación en el proceso y a los derechos surgidos en el mismo y para el miembro del consorcio o de la unión temporal la cesión a un tercero.

5. Definición:En términos generales, las inhabilidades e incompatibilidades son aquellas circunstancias creadas por la Constitución o la ley que constituyen limitaciones a la capacidad para contratar con las entidades estatales y obedecen a la falta de aptitud o a la carencia de una cualidad, calidad o requisito del sujeto que lo incapacita para poder ser parte en una relación contractual con dichas entidades, por razones vinculadas con los altos intereses públicos envueltos en las operaciones contractuales que exigen que éstas se realicen con arreglo a criterios de imparcialidad, eficacia, eficiencia, moralidad y transparencia.

6. Este es el caso de: 1) Quienes hayan ejercido cargos directivos en las entidades del Estado -inhabilidad que se extiende a sus parientes dentro del primer grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil y a las sociedades en las cuales dichos ex directivos (o sus parientes próximos) hagan parte o estén vinculados a cualquier título a esa sociedad- cuando el objeto a desarrollar tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios

7. REQUISITOS FORMALES DE LA ACTUACIÓN: ° Escrito ° Magnético

8. CONTRATACIÓN ESTATAL

8.1. CONTRATACIÓN ESTATAL

9. CONTRATACIÓN ESTATAL

9.1. Artículo 32 de la Ley 80 de 1993: “actos jurídicos generadores de obligaciones celebrados por las entidades estatales, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales o derivados de la autonomía de la voluntad”.

9.2. Las sociedades distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de una sociedad que formalmente haya presentado propuesta, para una misma licitación o concurso.

9.3. todos los demás que intervengan en su elaboración

9.4. cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente. Si una parte incumple, la otra está exonerada de hacerlo y si ya cumplió tiene derecho a la restitución.

9.5. RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN ESTATAL EN COLOMBIA

9.5.1. Ley 80 de 1993

9.5.2. Ley 1150 de 2007

9.5.3. D.R. 066 de 2008

9.6. QUÉ ES CONTRATACIÓN ESTATAL

9.6.1. Es cualquier contrato que se celebra con el estado para prestar un servicio o vender un bien sea entre personas jurídicas o naturales.

9.7. TIPOS DE CONTRATOS ESTATALES

9.7.1. OBRA

9.7.1.1. Su objeto es la construcción, mantenimiento, instalación o cualquier otro trabajo material sobre un inmueble.

9.7.2. CONSULTORIA

9.7.2.1. Su objeto es la realización de estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, diagnóstico, pre factibilidad o factibilidad de proyectos específicos, asesorías técnicas, interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y ejecución de diseños, planos anteproyectos o proyectos.

9.7.3. Prestación de servicios

9.7.3.1. Su objeto es desarrollar actividades relacionadas con la administración y funcionamiento de una entidad. Solo se pueden celebrar con personas naturales cuando la planta no tenga el personal especializado y no generan relación laboral con la Entidad.

9.7.4. Concesión

9.7.4.1. Su objeto es otorgar a un concesionario la prestación, operación, explotación u operación total o parcial de un servicio público, o la construcción, explotación y conservación de una obra o bien destinados al servicio o uso público, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tasa, tarifas, valorización o participación en la explotación.

9.7.5. Encargos fiduciarios y fiducia pública

9.7.5.1. Su objeto es la transferencia a una Entidad Fiduciaria vigilada por la SFC de recursos vinculados a los contratos estatales para su administración y manejo. Tiene reglas especiales respecto de la fiducia mercantil y control especial.

9.8. CARACTERÍSTICAS DE UN CONTRATO ESTATAL

9.8.1. Contrato Bilateral

9.8.2. Contrato Oneroso

9.8.2.1. cuando tiene por objeto la utilidad ambos contratantes gravándose cada uno a beneficio del otro.

9.8.3. Contrato Oneroso

9.8.3.1. cuando tiene por objeto la utilidad ambos contratantes gravándose cada uno a beneficio del otro.

9.8.4. Contrato Conmutativo

9.8.4.1. cada una de las partes se obliga a dar o a hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez.

9.8.5. Contrato Solemne

9.8.5.1. cuando está sujeto a ciertas formalidades especiales de manera que sin ella no produce ningún efecto civil

9.8.6. Contratos Típicos y atípicos

9.8.6.1. se da por sentado la validez de los contratos atípicos junto a los típicos. Los típicos se deben considerar como estatales no sólo los previstos en el estatuto sino también los regulados por los códigos de comercio y civil.

9.8.7. Contratos de ejecución instantánea y de ejecución sucesiva: l

9.8.7.1. os estatales pertenecen a ambas categorías. Los de ejecución instantánea son susceptibles de ser cumplidos en un instante a diferencia de los de ejecución sucesiva que por su misma naturaleza requieren ser cumplidos en el tiempo.

9.9. POSIBILIDADES DE CONTRATAR

9.9.1. CONSORCIO

9.9.1.1. Presentación conjunta de la propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato. Responsabilidad solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. Sanciones afectan por igual .

9.9.2. UNION TEMPORAL

9.9.2.1. Presentación conjunta de la propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato. Responsabilidad solidaria por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. Sanciones afectan según participación en la ejecución del contrato. Se debe indicar en que modalidad se participa, en caso de U.T. se señalan los términos y extensión de participación. Se deben designar representantes legales.

9.10. INHABILIDADES PARA CONTRATAR

9.10.1. Las personas que se hallen inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes.

9.10.2. Quienes participaron en las licitaciones o concursos o celebraron los contratos de que trata el literal anterior estando inhabilitados.

9.10.3. Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad.

9.10.4. Quienes en sentencia judicial hayan sido condenados a la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionados disciplinariamente con destitución.

9.10.5. Quienes sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado.

9.10.6. Los servidores públicos

9.10.7. Los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado la caducidad, así como las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria.

9.11. ETAPAS DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

9.11.1. ETAPA DE PLANEACIÓN

9.11.1.1. Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta

9.11.2. Relacionada en forma directa y específica con el contrato a celebrar.

9.11.2.1. exigencias legales

9.11.2.1.1. Las entidades estatales abrirán licitaciones o concursos e iniciarán procesos de suscripción de contratos, cuando existan las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales,según el caso, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de condiciones o términos de referencia.

9.11.2.2. ETAPA CONTRACTUAL

9.11.2.2.1. Desarrollo del objeto contractual, por parte del Contratista, y de la contraprestación por parte del Contratante; en las condiciones forma plazos pactados. La guía es el texto mismo del contrato, y las normas que están tácitamente incorporadas.

9.11.2.2.2. requerimientos

9.11.2.3. Es el proceso de diseño y selección de objetivos, metas y acciones acordes a la visión para el logro de resultados. Su producto es un PLAN que contiene políticas, programas, cronogramas, presupuestos.Es una proyección realista y vitrificable.

9.11.2.4. ETAPA POST CONTRACTUAL

9.11.2.4.1. Actuaciones posteriores al vencimiento del término establecido en el contrato o en el acto que lo da por terminado de manera anticipada.

9.11.3. ETAPA PRECONTRACTUAL

9.12. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

9.12.1. Según la ley 80 de 1993 se ha regulado expresamente principios que rigen la contratación estatal que son:

9.12.1.1. Principio de Transparencia

9.12.1.1.1. se ataca la corrupción y se garantiza la moralidad en la contratación, la imparcialidad de la administración en la escogencia del contratista al exigir que se haga de acuerdo con las reglas precisas, claras, completas y objetivas.

9.12.1.2. Principio de Responsabilidad

9.12.1.2.1. Principio de Responsabilidad: somete a todos los que intervienen en la actividad contractual a sufrir las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones de su cargo sancionado disciplinaria, penal, y patrimonialmente a las personas que afecten cualquiera de las partes de la contratación.

9.12.1.3. Principio de la buena fe

9.12.1.3.1. creencia de estar actuando conforme a la ley en tono moral y ético.

9.13. QUIENES SON RESPONSABLES

9.13.1. ordenador del gasto

9.13.2. Principio del equilibrio económico del contrato

9.13.2.1. inspira el desarrollo de las prestaciones a cargo de las partes, para mantener su equivalencia en cada momento de la ejecución del contrato.

9.13.3. oficina juridica

9.13.4. dependencia de origen

10. Antes de la adjudicación, los participantes en la subasta no identifican las ofertas y los alcances.

11. Historia: el Secop se creó como un incentivo para el uso del comercio electrónico, cuyo desarrollo se realizará a futuro una vez se de inicio a la Fase transaccional la cual permitirá “llevar a cabo la gestión pública contractual a través de medios electrónicos”

12. SELECCIÓN ABREVUADA

12.1. MODALIDADES DE SELECCIÓN

12.1.1. CONTRATO SELECCIÓN ABREVIADA

12.1.1.1. ¿QUÉ ES?

12.1.1.1.1. Es la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos característicos del objeto a contratar.

12.1.1.2. MODALIDADES DE SELECCIÓN

12.1.1.2.1. A. La adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes.

12.1.1.3. PROCESOS DONDE ACUDE LA SELECCIÓN ABREVIADA

12.1.1.3.1. 1. ADQUISICIÓN O SUMINISTRO DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES

12.1.1.3.2. DECRETO 1510 de 2013. ARTÍCULO 40. PLIEGOS DE CONDICIONES.

12.1.1.3.3. 2.SUBASTA INVERSA

12.1.1.3.4. DEC. 1082/2015.- Artículo 2.2.1.2.1.2.3. - DECRETO 1510 de 2013.- ARTÍCULO 42. INFORMACIÓN DE LOS PARTICIPANTES EN LA SUBASTA INVERSA.

12.1.1.3.5. DEC. 1082/2015.- Artículo 2.2.1.2.1.2.4. - DECRETO 1510 de 2013.- ARTÍCULO 43. TERMINACIÓN DE LA SUBASTA Y ADJUDICACIÓN.

12.1.1.3.6. 3. ACUERDO MARCO DE PRECIOS

12.1.1.3.7. 4. BOLSAS DE PRODUCTOS

12.1.1.3.8. 5. LA CONTRATACIÓN DE MENOR CUANTÍA.

12.1.1.3.9. 6. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD

12.1.1.3.10. 7. POR DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

12.1.1.3.11. 8. ENAJENACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

12.1.1.3.12. 9. CONTRATOS SOBRE PRODUCTOS AGROPECUARIOS OFRECIDOS EN BOLSAS

12.1.1.3.13. 10. CONTRATACIÓN DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO Y DE SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA

12.1.1.3.14. 11. PROGRAMAS DE PROTECCIÓN Y ATENCIÓN A CIERTOS SECTORES SOCIALES

12.1.1.3.15. 12. BIENES Y SERVICIOS PARA LA DEFENSA Y SEGURIDAD NACIONAL

12.1.1.4. DEC. 1082/2015.- Artículo 2.2.1.2.1.2.5. - DECRETO 1510 de 2013.- ARTÍCULO 44. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA O PRESENCIAL.

12.1.1.5. DEC. 1082/2015.- Artículo 2.2.1.2.1.2.21. - DECRETO 1510 de 2013.- ARTÍCULO 60. CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.

12.1.1.5.1. La entidad estatal que requiera de servicios de salud utilizara el procedimiento de selección abreviada de menor cuantía.

12.1.1.6. DEC. 1082/2015.- Artículo 2.2.1.2.1.2.23. - DECRETO 1510 DE 2013.- ARTÍCULO 62. ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN O DESTINACIÓN AGROPECUARIA

12.1.1.7. Proceso de la Entidad Estatal de Adquisición en Bolsas de Productos

12.1.1.8. DEC. 1082/2015.- Artículo 2.2.1.2.1.2.26.- DECRETO 1510 DE 2013.- ARTÍCULO 65. SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA LA DEFENSA Y SEGURIDAD NACIONAL.

12.1.2. No son objeto de publicación en el Secop los siguientes documentos:

12.1.2.1. Los asuntos expresamente sometidos a reserva.

12.1.2.2. Los documentos expedidos en los procesos de selección de adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas.

12.2. Se debe tener en cuenta que el Sistema Electrónico para la Contratación Pública actualmente es administrado por la Agencia Nacional de Contratación Pública

13. SECOP

13.1. ¿QUÉ ES?

13.2. SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: Es un sistema electrónico que entre otras funcionalidades, permite a las entidades estatales cumplir con las obligaciones de publicidad de los diferentes actos expedidos en los procesos contractuales y permite a los interesados en participar en los procesos de contratación, proponentes, veedurías y a la ciudadanía en general, consultar el estado de los mismos.

13.2.1. Es la plataforma en la cual las Entidades Estatales deben publicar los Documentos del Proceso, desde la planeación del contrato hasta su liquidación. También permite a las Entidades Estatales y al sector privado tener una comunicación abierta y reglada sobre los Procesos de Contratación.

14. SECOP-Wilmer Serrano

14.1. ¿qué es?

14.2. ¿Cómo surge?

14.2.1. “alcanzar dos objetivos: pulcritud en la selección de contratistas y condiciones de contratación más favorables para el Estado” 4 Para ello desde marzo de 2003 entró en funcionamiento el Portal Único de Contratación

14.3. ¿Cómo acceder al SECOP?

14.3.1. ¿Cómo buscar información de procesos de contratación en el SECOP?

14.3.1.1. www.contratos.gov.co o www.colombiacompra.gov.co

14.3.2. La operación que se realice a través de las bolsas de productos para la adquisición y suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades.

14.3.3. Acceder al SECOP es muy fácil, desde cualquier conexión a internet se puede acceder al Portal Único de Contratación

14.4. ¿Qué normas rigen el SECOP?

14.4.1. artículo 3º del Decreto 4170 de 2011.

14.4.1.1. Secop. Este desarrollo y administración está a cargo de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente

14.4.2. artículo 19 del Decreto 1510 de 2013

14.4.2.1. Establece la responsabilidad de las entidades contratantes de garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados a los procesos de contratación, dicha publicidad se realizará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública

14.5. artículo 3 de la Ley 1150 de 2007

14.5.1. Los documentos enunciados en el artículo 3 Definiciones del Decreto 1510 de 2013 como documentos del proceso obligatorios de publicación en el SECOP

14.5.1.1. Estudios y documentos previos

14.5.1.2. El aviso de convocatoria

14.5.1.3. los pliegos de condiciones o la invitación

14.5.1.4. las adendas

14.5.1.5. La oferta (adjudicataria)

14.5.1.6. El contrato

14.5.2. Acultó al Gobierno Nacional para implementar los mecanismos e instrumentos por medio de los cuales las entidades del Estado sometidas al Estatuto General de la Contratación cumplirían con las obligaciones de publicidad

14.6. ¿Qué tipos de actos deben publicarse en el SECOP?

14.7. ¿Cuáles son los actos que están exceptuados de publicación en el SECOP?

14.7.1. Los asuntos expresamente sometidos a reserva

14.7.2. Los documentos expedidos en los procesos de selección de adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas.

14.7.3. La operación que se realice a través de las bolsas de productos para la adquisición y suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades.

14.8. ¿Cuáles son los actos que están exceptuados de publicación en el SECOP?

15. Contratos de Concesión: se utiliza en el sector público y algunos privados de su naturaleza, es la mejor manera oara gestionar un proyecto

15.1. REQUISITOS FORMALES DE LA ACTUACIÓN: ° Escrito ° Magnético

16. MODELOS DE LA CONTRATACIÓN

16.1. LICITACIÓN PÚBLICA

16.1.1. QUÉ ES?

16.1.2. Es un procedimiento en el cual se postulan personas naturales o jurídicas para prestar un determinado servicio

16.1.3. OBJETIVO

16.1.4. desarrollar proyectos de acuerdo a la elección de la propuesta más adecuada dentro de las propuestas postuladas.

16.1.5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

16.1.5.1. Se ponderan aspectos tanto técnicos como económicos ,para poder elegir la propuesta más adecuada

16.1.6. CÓMO PARTICIPAR?

16.1.6.1. en la pagina web del SECOP se encuentran en aviso todos los avisos para posibles licitaciones , de acuerdo a esto ,se deben cumplir los requisitos económicos y jurídicos para ofertar

16.1.7. OFERTA

16.1.7.1. ya inscrito para ofertar ,se pide el pliego de condiciones en el que se estipulan los paramentos a tener en cuenta para poder formular una propuesta ,cumpliendo con los requisitos tales como: polizas,cedulas de ciudadania,targetas profesionales,soportes economicos,RUT

16.2. CONCURSO DE MÉRITOS

16.3. CONTRATACIÓN DIRECTA

16.4. CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA

17. Es la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos característicos del objeto a contratar.

18. Contrato de obras publicas

19. CONTRATACIÓN ESTATAL