Leyes para el trabajador.

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Leyes para el trabajador. par Mind Map: Leyes para el trabajador.

1. Ley del Seguro Social

1.1. Derechos

1.1.1. Artículo 2: La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado

1.1.2. Artículo 8: Los derecho habientes para recibir o, en su caso, seguir disfrutando de las prestaciones que esta Ley otorga, deberán cumplir con los requisitos establecidos en la misma y en sus reglamentos.

1.1.3. Artículo 18: Los trabajadores tienen el derecho de solicitar al Instituto su inscripción, comunicar las modificaciones de su salario y demás condiciones de trabajo y, en su caso, presentar la documentación que acredite dicha relación, demuestre el período laborado y los salarios percibidos.

1.1.4. Artículo 24: Los patrones tendrán el derecho a descontar del importe de las prestaciones contractuales que deben cubrir directamente, las cuantías correspondientes a las prestaciones de la misma naturaleza otorgadas por el Instituto.

1.2. Obligaciones

1.2.1. Artículo 10: Las prestaciones que corresponden a los asegurados y a sus beneficiarios son inembargables. Sólo en los casos de obligaciones alimenticias a su cargo, pueden embargarse por la autoridad judicial las pensiones y subsidios hasta por el cincuenta por ciento de su monto

1.2.2. Articulo 15 y Articulo 132: describe las obligaciones de los patrones

1.2.3. Artículo 22: Los documentos, datos e informes que los trabajadores, patrones y demás personas proporcionen al Instituto, en cumplimiento de las obligaciones que les impone esta Ley, serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer en forma nominativa e individual.

1.2.4. Artículo 39: Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo,

1.2.5. Artículo 74: Las empresas tendrán la obligación de revisar anualmente su siniestralidad, conforme al período y dentro del plazo que señale el reglamento, para determinar si permanecen en la misma prima, se disminuye o aumenta

1.2.6. Articulo 134: son obligaciones de los trabajadores

1.3. Topicos

1.3.1. Artículo 40 A: Cuando no se enteren las cuotas o los capitales constitutivos dentro del plazo establecido en las disposiciones respectivas, el patrón cubrirá a partir de la fecha en que los créditos se hicieran exigibles, la actualización y los recargos correspondientes en los términos del Código, sin perjuicio de las sanciones que procedan.

1.3.2. Artículo 41: Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

1.3.3. Artículo 59: La pensión que se otorgue en el caso de incapacidad permanente total, será siempre superior a la que le correspondería al asegurado por invalidez, y comprenderá en todos los casos, las asignaciones familiares y la ayuda asistencial, así como cualquier otra prestación en dinero a que tenga derecho en los términos de este capítulo.

2. Ley de los trabajadores

2.1. Derechos

2.1.1. Artículo 77: Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año

2.1.2. Artículo 83: El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera

2.1.3. Artículo 121: El derecho de los trabajadores para formular objeciones a la declaración que presente el patrón a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

2.1.4. Artículo 127: El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las normas

2.1.5. Artículo 131: El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no implica la facultad de intervenir en la dirección o administración de las empresas.

2.2. Obligaciones

2.2.1. Condiciones de trabajos: Capitulo III: Días de descanso: Habla sobre los días de descanso que la empresa les da a los trabajadores

2.2.2. Artículo 106: La obligación del patrón de pagar el salario no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en esta Ley.

2.2.3. Artículo 136: Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, está obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio.

2.2.4. Artículo 153-A: Los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores

2.3. Topicos

2.3.1. Artículo 122: El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores

2.3.2. Articulo 126: Quedan expuestas de las obligaciones de repartir utilidades

2.3.3. Artículo 145: Los créditos que se otorguen por el organismo que administre el Fondo Nacional de la Vivienda, estarán cubiertos por un seguro, para los casos de incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del citado organismo, derivadas de esos créditos.

2.3.4. Artículo 175 Bis: Para los efectos de este capítulo, no se considerará trabajo las actividades que bajo la supervisión, el cuidado y la responsabilidad de los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad, realicen los menores de quince años relacionadas con la creación artística, el desarrollo científico, deportivo o de talento, la ejecución musical o la interpretación artística en cualquiera de sus manifestaciones

3. Ley de Infonavit

3.1. Derechos

3.1.1. derecho en todo momento a solicitar información las administradoras de fondos para el retiro sobre el monto de las aportaciones registradas a su favor

3.1.2. Articulo 37: El derecho del trabajador y de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda en términos del Articulo 40

3.1.3. Articulo 38: El saldo de las subcuentas de vivienda causara intereses

3.1.4. Articulo 41: El trabajador tendrá el derecho de elegir la vivienda nueva o usada, a la que se implique el importe del crédito que reciba con cargo al Fondo nacional de la vivienda.

3.1.5. Artículo 59: Los trabajadores tendrán en todo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual, ya sea por conducto de su patrón al efectuarse el entero de las aportaciones o por si mismos

3.2. Obligaciones

3.2.1. Articulo 29: Obligaciones de los patrones

3.2.2. Articulo 30: Las obligaciones de efectuar aportaciones y enterar los descuentos

3.2.3. egistrar a los patrones e inscribir a los trabajadores y precisar su salario base de aportación, aun sin previa gestión de los interesados y sin que ello releve al patrón de su obligación y de las responsabilidades y sanciones por infracciones en que hubieren incurrido.

3.2.4. Articulo 51: Los créditos que el Instituto otorgue a los trabajadores estarán cubiertos por un seguro para los casos de incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto derivados de esos créditos.

3.3. Topicos

3.3.1. Articulo 42: Financiamiento de la construcción de conjuntos de habitaciones

3.3.2. Articulo 64: El instituto no podrá intervenir en la administración, operación o mantenimiento de conjuntos habitacionales, ni sufragar los gastos correspondientes a estos conceptos