DERECHO TRIBUTARIO

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1. PRINCIPIOS TRIBUTARIOS

1.1. GENERALIDAD

1.1.1. Las leyes tributarias están expedidas para todos los casos

1.2. PROGRESIVIDAD

1.2.1. Conforme aumenta la capacidad económica del contribuyente, aumenta de forma progresiva el gravamen

1.3. EQUIDAD

1.3.1. Se deben distribuir las cargas y los beneficios de la imposición en base a la capacidad contributiva

1.4. SUFICIENCIA RECAUDATORIA

1.4.1. Los tributos recaudados deberán siempre financiar el gasto publico.

1.5. EFICIENCIA

1.5.1. Se deben optimizar los recursos públicos para obtener el máximo ingreso al mínimo costo.

1.6. SIMPLICIDAD ADMINISTRATIVA

1.6.1. La administración tributaria debe establecer mecanismos accesibles y fácil comprensión,

1.7. IRRETROACTIVIDAD

1.7.1. Se debe considerar que en el ámbito penal tributario se aplicaran de forma retroactiva si son mas favorables para los contribuyentes.

1.8. TRANSPARENCIA

1.8.1. La información de la gestión realizada por la AT debe ser transparente y publica.

2. CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUTOS

2.1. DIRECTOS

2.2. INDIRECTOS

2.3. REALES

2.4. PERSONALES

2.5. INTERNOS

2.6. EXTERNOS

2.7. ORDINARIOS

2.8. EXTRAORDINARIOS

2.9. PROPORCIONALES

2.10. PROGRESIVOS

3. TASAS

3.1. Se genera por la prestación de un servicio efectivo o potencial, entregado por el estado o ente recaudador del mismo.

4. CONTRIBUCIONES ESPECIALES O DE MEJORAS

4.1. Su hecho imponible consiste en obtener un beneficio o aumento de valor en sus bienes a causa de la realización de obras publicas, este ingreso no tendrá otro destino que el de financiar directamente esta obra

5. DEBERES FORMALES DE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS

5.1. Ejercer sus potestades.

5.2. Expedir los actos determinativos de obligación tributaria.

5.3. Recibir toda petición o reclamo, inclusive el de pago indebido, que presenten los contribuyentes.

5.4. Recibir, investigar y tramitar las denuncias.

5.5. Expedir resolución motivada en el tiempo que corresponda, en las peticiones, reclamos, recursos.

5.6. Notificar los actos y las resoluciones que expida.

5.7. Fundamentar y defender ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal la legalidad y validez de las resoluciones.

5.8. Revisar de oficio sus propios actos o resoluciones, dentro del tiempo y en los casos que el Código Tributario prevé.

5.9. Fundamentar y defender ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal la legalidad y validez de las resoluciones .

5.10. Revisar de oficio sus propios actos o resoluciones.

5.11. Cumplir sus propias decisiones ejecutoriadas.

5.12. Acatar y hacer cumplir por los funcionarios respectivos, los decretos, autos y sentencias, expedidos por el Tribunal Distrital de lo Fiscal.

5.13. Los demás que la ley establezca.

6. EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

6.1. Solución o pago.

6.2. Compensación.

6.3. Confusión.

6.4. Remisión.

7. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES

7.1. Por no inscribirse en el RUC.

7.2. Por no actualizar los datos del RUC.

7.3. Por no suspender oportunamente el RUC.

7.4. Por ocultar la existencia de sucursales.

7.5. Por utilizar un número no autorizado por el SRI, como número de RUC.

7.6. Por seguir utilizando un número de RUC cancelado.

8. REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTE

8.1. Es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y como objeto proporcionar información a la Administración Tributaria.

9. RISE

9.1. Es un sistema impositivo cuyo objetivo es facilitar y simplificar el pago de impuestos de un determinado sector de contribuyentes.

9.2. Se pueden acoger las personas que mo superen ingresos $60000 anuales y no posean mas de 10 trabajadores.

10. Cuotas RISE

10.1. Cuota a la fecha.

10.2. Cuota Global.

11. SANCIONES RISE

11.1. No actualizar la información del RUC .

11.2. Encontrarse atrasados en el pago de tres o más cuotas.

11.3. Registrarse en una categoría inferior.

11.4. No mantener los comprobantes que sustenten las operaciones de ventas y compras de la actividad.

12. FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO

12.1. LEY

12.1.1. no hay tributo sin ley

12.2. JURISPRUDENCIA

12.2.1. uniforme, no contradictoria y ajustada a la ley

12.3. DOCTRINA

12.3.1. criterios u opiniones que emiten los juristas respecto de un punto de derecho

13. CODIGO TRIBUTARIO

13.1. LIBRO I

13.1.1. Contiene las disposiciones relativas al tributo, obligación tributaria y sujetos de la relación

13.2. LIBRO II Y III

13.2.1. Contempla el procedimiento administrativo y contencioso tributario

13.3. LIBRO IV

13.3.1. Régimen sancionatorio

14. NORMATIVA

14.1. LEY DE REGIMEN TRIBUTARIO INTERNO (LRTI)

14.1.1. IVA

14.1.2. RENTA

14.1.3. ICE

14.1.4. RISE

14.2. LEY REFORMATORIA A LA EQUIDAD TRIBUTARIA EN EL ECUADOR

14.2.1. A los ingresos extraordinarios

14.2.2. ISD

14.2.3. Impuesto a Tierras Rurales

14.3. LEY DE FOMENTO AMBIENTAL Y OPTIMIZACION DE INGRESOS DEL ESTADO

14.3.1. LRTI

14.3.2. LRPET

14.3.3. Imp. a la comtaminacion ambiental

14.4. LEY DEL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES

14.4.1. RUC

14.5. LEY PARA LA REFORMA DE LAS FINANZAS PUBLICAS (LOEP)

14.5.1. LEYES TRIBUTARIAS

14.6. LEY DE CREACION DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

14.6.1. SRI

14.7. LEY ORGANICA REFORMATORIA E INTERPRETATIVA A LA LORTI

14.8. DECRETOS, MANDATOS, RESOLUCIONES Y CIRCULARES DE CARÁCTER GENERAL

14.8.1. Reformas

14.8.2. disposiciones

14.8.3. decretos

15. DEBERES FORMALES DEL CONTRIBUYENTE

15.1. Inscribirse en los registros pertinentes.

15.2. Emitir y entregar Comprobantes de Venta, y de Retención.

15.3. Llevar libros contables.

15.4. Presentar las declaraciones y pagar los impuestos.

15.5. Facilitar a los funcionarios autorizados las inspecciones o verificaciones, tendientes al control o a la determinación del tributo.

15.6. Exhibir a los funcionarios respectivos, las declaraciones, informes, libros y documentos y formular las aclaraciones que les fueren solicitadas.

15.7. Acudir a las Oficinas del Servicio de Rentas Internas cuando su presencia sea requerida.

16. ELEMENTOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

16.1. Hecho Generador

16.1.1. Es el presupuesto establecido en la Ley para la configuración del tributo.

16.2. Sujeto Activo

16.2.1. Es el ente acreedor de los tributos (el Estado), que son administrados a través del Servicio de Rentas Internas.

16.3. Sujeto Pasivo

16.3.1. Es la persona natural o jurídica que está obligada al pago de los tributos.

16.4. Contribuyente

16.4.1. Es toda persona natural o jurídica sobre quien recae la obligación tributaria.

16.5. Responsable

16.5.1. Es la persona natural que sin tener el carácter de contribuyente, debe cumplir con las obligaciones tributarias de este.

17. ESTADOS DEL CONTRIBUYENTE ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

17.1. Activo

17.1.1. Cuando el contribuyente está desarrollando alguna actividad económica.

17.2. Suspenso

17.2.1. Cuando el contribuyente ha suspendido su actividad económica, de manera temporal o definitiva.

17.3. Pasivo

17.3.1. Cuando el RUC del contribuyente es cancelado definitivamente, y por lo tanto no puede ser reactivado.

18. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE PERSONAS NATURALES REQUISITOS GENERALES

18.1. Planilla de servicios básicos (agua, luz o teléfono)

18.2. Estado de cuenta bancario, o de servicio de televisión pagada, o de telefonía celular o de tarjeta de crédito, o servicio de internet.

18.3. Original y copia de documentos emitidos por una Instituciones Públicas que detalle la dirección exacta del contribuyente.

18.4. Original y copia del contrato de arrendamiento a nombre del contribuyente.

18.5. Original y Copia de la escritura de compra venta del inmueble.

18.6. Original y Copia de la Certificación de la Junta Parroquial más cercana al lugar del domicilio.

19. DOCUMENTOS AUTORIZADOS POR EL SRI

19.1. Facturas

19.2. Nota de Venta. (RISE)

19.3. Liquidacion de compras.

19.4. Tiquete de Máquinas Registradoras.

19.5. Boletas y entradas a espectáculos públicos.

19.6. Nota de débito.

19.7. Nota de Crédito.

19.8. Guías de Remisión.

19.9. Comprobantes de Retención.

20. BENEFICIOS RISE

20.1. No tienen que presentar formularios de impuestos .

20.2. No tienen la obligación de llevar contabilidad.

20.3. Están exentos de retenciones.

20.4. Deducción de cuotas por nuevos trabajadores.

20.5. Facturación Simplificada.

21. Se pueden acoger al RISE actividades como:

21.1. Comerciantes minoristas.

21.2. Microindustrias

21.3. Transportistas

21.4. Agricultores.

21.5. Trabajadores autónomos.

21.6. Restaurantes y Hoteles.

21.7. Pescadores

21.8. Ganaderos.

21.9. Mineros

21.10. Avicultores

21.11. Servicios de construcción.

22. ACTUALIZACIÓN DEL RUC

22.1. Cambio de denominación o razón social.

22.2. Cambio de actividad económica.

22.3. Cambio de domicilio.

22.4. Transferencia de bienes o derechos a cualquier título.

22.5. Cese de actividades.

22.6. Aumento o disminución de capitales.

22.7. Establecimiento o supresión de sucursales.

22.8. Cambio de representante legal.

22.9. Cambio de tipo de empresa.

22.10. La obtención, extinción o cancelación de beneficios derivados de las leyes de fomento.