La desaparición de la tensión entre la regulación y la emancipación en la modernidad. (1)

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La desaparición de la tensión entre la regulación y la emancipación en la modernidad. (1) por Mind Map: La desaparición de la tensión entre la regulación y la emancipación en la modernidad. (1)

1. "La eficacia de la transición de paradigmas consiste en crear un nuevo y amplio horizonte de futuros alternativos posibles, un horizonte que sea al menos tan nuevo y tan amplio como aquel que construyó la modernidad occidental y luego destruyó, o permitió que fuese destruido" p.32

2. "Vivimos en un periodo de transición de paradigmas y el paradigma sociocultural de la modernidad desaparecerá eventualmente" p.31

3. III. ¿Una transición de paradigmas?

3.1. "La colonización gradual de las diferentes racionalidades de la emancipación moderna por parte de la racionalidad cognitiva-instrumental de la ciencia lleva a la concentración de las energías emancipadoras y de las capacidades de la modernidad en la ciencia y la tecnológica" p.37

3.2. Promesas de la modernidad.

3.2.1. "La hipercientifización del pilar de la emancipación dio lugar a promesas brillantes y ambiciosas. no obstante, con el paso del tiempo, resulto evidente no sólo que muchas de estas promesas no se habían cumplido, sino también que la ciencia moderna, en lugar de eliminar los excesos y las insuficiencias, contribuía a recrearlas en moldes siempre nuevos y, ciertamente, a agravar al menos algunos de ellos" p.38

3.3. En principios de la regulación.

3.3.1. "En lugar de un armonioso desarrollo de los tres principios de regulación el Estado, el mercado y la comunidad hemos presenciado en general, el desarrollo excesivo del principio de mercado en detrimento tanto del principio del Estado como de la comunidad" p.39

3.3.2. "El pilar de la regulación ha sido objeto de un desarrollo desequilibrado, orientando al mercado" p.40

3.3.2.1. Conversión de la emancipación en la regulación.

3.3.2.1.1. "La reducción de la emancipación moderna a la racionalidad cognitivo-instrumental de la ciencia, y la reducción de la regulación moderna al principio de mercado, alimentado por la conversión de la ciencia en la fuerza de producción, (...). En este proceso, la emancipación ha dejado de ser el otro de la regulación para convertirse en su doble" p.40

3.3.2.1.2. "El colapso de la emancipación en la regulación indica que estamos presenciando una crisis de los paradigmas de la ciencia. Dado el papel desempeñado por el derecho durante los últimos docientos años, creo que estamos presenciando también una crisis de los paradigmas del derecho" p.41

3.4. Posmodernismo de oposición.

3.4.1. "Mi oposición posmoderna de oposición del derecho se distingue claramente de las posiciones modernistas y del papel que estas le atribuyen al derecho en el cambio social, sea el modernismo moderado de Twining o el modernismo maximalista de Unger. Pero difiere igualmente de las posiciones posmodernas celebratorias, sean el posmodernismo liquidador de Duncan Kennedy o de David Kennedy, o el posmodernismo escéptico (derrideano y freudiano) de Peter Fitzpatrick (2001)" p.50

4. II. El papel de la ciencia y del derecho en el manejo de los excesos e insuficiencias de la modernidad.

4.1. Excesos e insuficiencias.

4.1.1. "Los excesos fueron considerados como desviaciones contingentes, las insuficiencias como deficiencias transitorias, y ambos como problemas que habrían de solucionarse mediante un uso mejor y más amplio de los siempre crecientes recursos, materiales, intelectuales e institucionales de la modernidad" p. 34-35

4.2. Ciencia y Derecho.

4.2.1. "Según Saint-Simon, la crisis que había aquejado a Europa desde la Reforma, y la consiguiente separación entre el poder secular y el religioso, solo podía resolverse con una nueva religión, y aquella religión era la ciencia" p.35

4.2.1.1. "El manejo reconstructivo de los excesos e insuficiencias de la modernidad no podía ser realizado únicamente por la ciencia, (...) requería del derecho moderno" p.35

4.2.1.1.1. "El papel del derecho fue fundamental (...) la despolitización de la vida social a través de la ciencia se lograría mediante la despolitización del concflicto y de la rebelión social a través del derecho" p.35

4.2.2. "Foucault caracteriza las dos formas de poder social (...)" p.36

4.2.2.1. "El poder jurídico distingue entre el ejercicio legitimo e ilegitimo del poder" p.36

4.2.2.2. "El poder disciplinario no tiene centro. Se ejerce a través de la sociedad. es fragmentario y capilar" p.36

4.2.2.2.1. "En mi opinión, sin embargo, esta distinción sufre cambios cualitativos dentro del paradigma de la modernidad, y estos cambios se dan en una dirección opuesta a la que indica Foucault" p.36

4.2.2.2.2. "Foucault (...). Esta equivocado al suponer que el poder disciplinario y el poder jurídico son incompatibles" p.36

5. "La modernidad no presupone al capitalismo como su modo propio de producción, el socialismo marxista es parte de la modernidad tanto como el capitalismo" p.31

6. I. Regulación y emancipación en la modernidad.

6.1. Experiencias y expectativas.

6.1.1. "Las expectativas exceden a las experiencias, un exceso que se mide por la dimensión de las promesas de la modernidad, que se han vuelto creíbles por la idea de progreso. La discrepancia entre experiencias y expectativas es, por lo tanto, parte integral de la modernidad occidental" p.32

6.1.1.1. "La modernidad se fundamenta, entonces, en una tensión dinámica entre el pilar de la regulación y el pilar de la emancipación" p.32

6.1.1.1.1. La regulación.

6.1.1.1.2. La emancipación.

7. "El paradigma de la modernidad es un proyecto ambicioso y revolucionario, pero es también internamente contradictorio" p.34

7.1. "Este doble vínculo de un pilar con otro y de ambos con la práctica social debe asegurar presuntamente la armonía de valores sociales potencialmente incompatibles, tales como justicia y autonomía, solidaridad e identidad, igualdad y libertad" p.34