CIRCULACIÓN DE MODELOS Y CENTRALIDAD DE LOS CÓDIGOS CIVILES EN EL DERECHO PRIVADO LATINOAMERICANO...

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CIRCULACIÓN DE MODELOS Y CENTRALIDAD DE LOS CÓDIGOS CIVILES EN EL DERECHO PRIVADO LATINOAMERICANO - Carlos SORIANO CIENFUEGOS por Mind Map: CIRCULACIÓN DE MODELOS Y CENTRALIDAD DE LOS CÓDIGOS CIVILES EN EL DERECHO PRIVADO LATINOAMERICANO - Carlos SORIANO CIENFUEGOS

1. PERIODO CLÁSICO (1884- 1916)

1.1. I. Presencia del modelo napoleónico (el elemento central es el Code Napoleón)

1.1.1. 1. Haití (primer código civil de América Latina)

1.1.1.1. Promulgado: 1825

1.1.1.2. Entró en vigor: 1826

1.1.2. 2. República Dominicana

1.1.2.1. Código haitiano rigió en toda la isla hasta 1844, fecha que marca la independencia

1.1.2.2. En 1862 se creó primer código de la República Dominicana

1.1.2.3. En 1884 se promulgó Código civil con nuevas traducciones y adaptaciones

1.1.3. 3. Oaxaca

1.1.3.1. Promulgado: entre 1827 y 1829

1.1.3.1.1. 1827

1.1.3.1.2. 1829

1.1.3.2. Vigencia: 1836

1.1.3.3. En 1847, el restablecimiento de la Federación trajo consigo una nueva vigencia

1.1.4. 4. Bolivia

1.1.4.1. Promulgado: 1830

1.1.4.2. Entró en vigor: 1831

1.1.4.3. En 1834, el texto sustantivo fue secundado por uno mercantil (basado en el español de 1829)

1.1.4.3.1. Derogado: 1845

1.1.4.3.2. Vigencia restablecida: 1846 (para regir hasta 1976)

1.1.5. 5. Costa Rica

1.1.5.1. Código General del Estado: 1841-1888. Comprendía las materias:

1.1.5.1.1. 1. Civil

1.1.5.1.2. 2. Penal

1.1.5.1.3. 3. Procesal

1.2. II. Codificaciones Endógenas

1.2.1. 1. Perú- Guatemala

1.2.1.1. Mención del Proyecto de Código Civil peruano: 1834- 1836 (no se convirtió en ley)

1.2.1.2. Retomó su curso: 1845

1.2.1.3. Promulgado: 1852

1.2.1.4. Proyecto de Justo Arosemena: 1853 (no fue aprobado)

1.2.1.4.1. Retomado por el estado de Magdalena

1.2.2. 2. Chile y su influencia

1.2.2.1. a) Chile

1.2.2.1.1. Primera codificación endógena americana

1.2.2.1.2. O' Higgins enalteció el valor de los modelos franceses, pronto se optó por proceder a la codificación con base en la tradición castellana

1.2.2.1.3. Fin a la obra de don Andrés Bello: 1852 publicándola en 1853

1.2.2.1.4. Relación con el orden previsto por las Instituciones de Justiniano, se divide en un título preliminar, los libros de personas; bienes, propiedad, posesión, uso y disfrute; sucesiones; obligaciones y contratos.

1.2.2.1.5. Código Civil de la República de Chile 1855 (a la fecha se encuentra en vigor)

1.2.2.2. b) Ecuador

1.2.2.2.1. Independencia de Ecuador 1830, su texto constitucional previa la codificación

1.2.2.2.2. Basado en el código de Santa Cruz de 1831

1.2.2.2.3. Código Civil de la República del Ecuador

1.2.2.3. c) Colombia- Panamá

1.2.2.3.1. Constitución de 1853 dotó autonomía a las provincias

1.2.2.3.2. Proyecto de Justo Arosemena en 1853 (basado en el modelo peruano)

1.2.2.3.3. Modelo chileno de Santander 1858

1.2.2.3.4. El abandono de la forma federal en 1886 condujo a la sanción oficial de un código sustantivo civil para toda la nación (1887- presente)

1.2.2.4. d) Venezuela

1.2.2.4.1. Influencia del modelo de Bello

1.2.2.4.2. En 1830, tras la disolución de su alianza con Gran Colombia se retomó la codificación

1.2.2.4.3. En 1855, se propuso la creación de una comisión permanente que asumiera la obra codificadora

1.2.2.4.4. Bajo la presidencia de Páez en 1862 se creó código mercantil

1.2.2.5. e) El Salvador- Nicaragua- Honduras

1.2.2.5.1. En 1824 se formó la Confederación de Centroamérica

1.2.2.5.2. El Salvador

1.3. III. Superposición de modelos de codificación

1.3.1. 1. Garcia Goyena y su influencia - 1843 Comisión General de Codificación, autor del proyecto de 1851

1.3.1.1. a) Venezuela

1.3.1.1.1. Proyecto definitivo

1.3.1.2. b) México (integraron diversos ordenamientos para configurar su propio texto)

1.3.1.2.1. Código Civil de Oaxaca

1.3.1.2.2. Formación de códigos civiles atribuida a los estados

1.3.1.2.3. Primer Código de Comercio

1.3.1.2.4. Nueva Constitución federal 1857

1.3.1.2.5. Código Civil mexicano 1861

1.3.1.2.6. Título preliminar y dos primeros libros de un Código Civil del Imperio Mejicano 1866

1.3.1.2.7. Código Civil del Distrito Federal y Baja California 1871

1.3.1.2.8. Código de 1884- 1932

1.3.2. 2. Argentina y su influencia

1.3.2.1. a) Argentina

1.3.2.1.1. Código de Vélez Sarsfield

1.3.2.2. b) Paraguay

1.3.2.2.1. Régimen dictatorial influyó para postergar el proceso de codificación

1.3.2.2.2. 1844 Paraguay optó por el presidencialismo moderno

1.3.3. 3. Otros modelos

1.3.3.1. a) Uruguay

1.3.3.1.1. En 1827 Uruguay se emancipó de Argentina

1.3.3.1.2. Proyecto de código civil por el jurista uruguayo Eduardo Acevedo 1852

1.3.3.1.3. En 1865 promulgación de un código de comercio

1.3.3.1.4. En 1868 fue promulgado y comenzó a regir código civil

1.3.3.2. b) Costa Rica- Nicaragua- Panamá

1.3.3.2.1. En Costa Rica, hasta 1880 se logró promulgar código penal

1.3.3.3. c) Cuba- Puerto Rico

1.3.3.3.1. Se estaba al derecho indiano hasta promulgarse Código Civil Español de 1889

1.4. IV. Brasil, última codificación civil del periodo clásico

1.4.1. El emperador Pedro I. obtuvo la redacción del texto sustantivo criminal 1830

1.4.1.1. Siguió el código adjetivo un par de años después

1.4.2. 1850 se logró codificar la materia mercantil

1.4.3. 1858 se publicó la obra Consolidação das leis civis, acompañada de una rica y erudita Introdução por Teixeira de Freitas soslaya. Comprende:

1.4.3.1. Parte general con dos títulos:

1.4.3.1.1. 1. De las personas

1.4.3.1.2. 2. De las cosas

1.4.3.2. Parte especial:

1.4.3.2.1. Primer libro (de los derechos personales) Con dos secciones:

1.4.3.2.2. Segundo libro (de los derechos reales)

1.4.4. 1867 se planteó la necesidad de un código general y un código civil que compendiara todo el derecho privado (no fue puesto en práctica)

1.4.4.1. Influyó en la codificación uruguaya

1.4.4.2. Influyó en el pensamiento de Sarsfield

1.4.4.3. El código brasileño de 1916 aprovechó este material

1.4.5. Estructura del código brasileño inspirado en la pandectista (entra en vigor en 1917) Comprende:

1.4.5.1. La ley introductoria

1.4.5.1.1. Normas de derecho público

1.4.5.1.2. Normas de derecho internacional privado

1.4.5.2. Parte general dividida en 3 libros:

1.4.5.2.1. 1. De las personas

1.4.5.2.2. 2. De los bienes

1.4.5.2.3. 3. De los hechos jurídicos

1.4.5.3. Parte especial dividida en 4 libros:

1.4.5.3.1. 1. Derecho de familia

1.4.5.3.2. 2. Derecho de las cosas

1.4.5.3.3. 3. Derecho de las obligaciones

1.4.5.3.4. 4. Derecho de las sucesiones

2. DESARROLLOS ULTERIORES

2.1. 1. México- Guatemala

2.1.1. 1917 la CPEUM sentó bases en una nueva estructura social (desfasado el contenido del Código Civil de 1884)

2.1.1.1. Modificación al código civil: introducción de una ley de relaciones familiares 1917

2.1.2. 1928 exposición de motivos Código Civil (entre en vigor 1932) Estructura:

2.1.2.1. Disposiciones preliminares

2.1.2.2. 4 libros subsecuentes

2.1.2.2.1. 1. Personas

2.1.2.2.2. 2. Bienes

2.1.2.2.3. 3. Sucesiones

2.1.2.2.4. 4. Obligaciones

2.1.2.3. 2000 publicado como Código Civil Federal

2.1.3. La materia mercantil es Federal (único código de comercio de 1889)

2.1.4. Código mexicano de 1928 sirvió de modelo al guatemalteco de 1963 (entra en vigor 1964)

2.2. 2. Perú

2.2.1. Código Civil (transformado) publicado y en vigor 1936

2.2.2. Publican código civil de Perú de 1984 (vigente en la actualidad) Estructura:

2.2.2.1. Título preliminar

2.2.2.2. 5 Libros subsecuentes

2.2.2.2.1. 1. Derecho de personas

2.2.2.2.2. 2. Derecho de familia

2.2.2.2.3. 3. Derecho de sucesión

2.2.2.2.4. 4. Derechos reales

2.2.2.2.5. 5. Derecho de obligaciones

2.3. 3. Bolivia

2.3.1. Se regía por el texto de 1830 hasta 1975

2.3.2. Código de la Familia promulgado en 1972, sustituido en 1978

2.3.3. Código en materia civil promulgado en 1975 y comienza vigencia en 1976. Estructura:

2.3.3.1. 5 libros:

2.3.3.1.1. 1. Personas

2.3.3.1.2. 2. Bienes

2.3.3.1.3. 3. Propiedad y derechos reales sobre cosas ajenas

2.3.3.1.4. 4. Obligaciones

2.3.3.1.5. 5. Sucesiones por causa de muerte

2.4. 4. Paraguay

2.4.1. 1959 se crea una Comisión Nacional de Codificación

2.4.1.1. Código civil promulgado en 1985 y entró en vigor en 1987. Estructura:

2.4.1.1.1. Título preliminar

2.4.1.1.2. 5 libros subsecuentes:

2.5. 5. Cuba

2.5.1. 1975 promulgado el código de la familia

2.5.1.1. 1981 modificaciones

2.5.1.2. 1987 se vuelve a publicar (última publicación)

2.5.1.3. 547 artículos y 13 disposiciones finales y transitorias

2.5.1.4. Estructura (inspirada en la pandectista):

2.5.1.4.1. Disposiciones preliminares

2.5.1.4.2. 4 libros:

2.6. 6. Brasil

2.6.1. 1968 se instala comisión coordinada por Miguel Reale, documento con:

2.6.1.1. Parte general

2.6.1.2. 5 partes especiales:

2.6.1.2.1. 1. Obligaciones

2.6.1.2.2. 2. Derecho de la empresa

2.6.1.2.3. 3. Derecho de las cosas

2.6.1.2.4. 4. Derecho de familia

2.6.1.2.5. 5. Sucesiones

2.6.2. 1997 lo anterior fue aprobado por el senado y en 2002 por los diputados e inició su vigencia en el 2003 (actualmente vigente)

2.6.2.1. Código civil Latinoamericano más reciente